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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2003 (14/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 240789 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de marzo de 2003 puesto sectorial en un marco de austeridad. Dichas ac- ciones serán conciliadas con el cumplimiento de metas y objetivos previstos en el Plan Operativo y el Presu- puesto Institucional Aprobado. Asimismo, deberán efectuar un proceso de racionaliza- ción y optimización de los gastos corrientes en un contexto de eficiencia y eficacia, evitando la duplicidad de funcionesen el nivel sectorial e identificando los recursos sobrantes y los escasos, con la finalidad de asignarlos eficientemente al interior de cada presupuesto. Las dependencias de VIVIENDA que cuenten con oficinas o sucursales en el interior del país deberán apo- yar y colaborar de manera efectiva con las actividadesdesarrolladas por las Oficinas Sectoriales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3º.- Racionalización en materia de viajes Queda prohibido efectuar viajes al exterior con cargo a los recursos de las dependencias de VIVIENDA. Se en-cuentran exceptuados de esta disposición los integrantes de la Alta Dirección de las dependencias de VIVIENDA, pre- via justificación del viaje y autorización del titular del sector. Los viajes al interior del país en comisión de servi- cios deberán ser los estrictamente necesarios para el cumplimiento de las metas y objetivos de las dependen-cias de VIVIENDA. Los viáticos y cualquier otra asignación de naturale- za similar, en dinero o en especie que perciba elComisionado por cualquier concepto o fuente de finan- ciamiento no podrá superar, de acuerdo a Ley, los S/. 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES)diarios, independientemente de la categoría ocupacional del trabajador, de su relación laboral con VIVIENDA o del motivo de la comisión de servicios. Artículo 4º.- Racionalización en materia de servi- cios no personales Los Contratos de Servicios No Personales o Loca- ción de Servicios se sujetarán a los establecido en elD.S. Nº 012-2001-PCM que aprueba el T.U.O de la Ley Nº 26850 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013- 2001-PCM, normas modificatorias y demás aplicables. El pago de los honorarios por Servicios No Persona- les, sólo corresponde como contraprestación por los servicios efectivamente prestados. Las Oficinas de Administración de las dependencias y entidades de VIVIENDA, o la que haga sus veces, presentará a la Secretaría General del Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento, un informe de Al- tas y Bajas de los contratos por Servicios No Persona- les celebrados con personas naturales, dentro de losdiez (10) días siguientes al cierre del mes en que se produzcan las nuevas contrataciones. Los honorarios de los contratos de servicios no perso- nales se sujetarán a la tabla de topes mínimos y máxi- mos que, en un plazo de quince (15) días hábiles, elabo- rará cada Oficina de Administración de las dependen-cias de VIVIENDA. Dicha tabla será sustentada ante la Secretaría General de VIVIENDA. Queda prohibido la celebración de nuevos contratos de servicios no personales para la prestación de asesoría, asis- tencia o apoyo administrativo en las dependencias de VI- VIENDA, salvo los casos en que el nuevo contratado reem-place a otro cuyo contrato haya sido resuelto. Artículo 5º.- Racionalización en materia admi- nistrativa y presupuestal Los gastos de la Administración Central en las de- pendencias y entidades de VIVIENDA no deberán cons-tituir más del quince por ciento (15%) del total del presu- puesto asignado. En el caso de los proyectos de inversión, los progra- mas de las dependencias y entidades de VIVIENDA y actividades que pudieran contar con administración dis- tinta de la central, los gastos de administración y apoyode los mismos, no deberán constituir más del ocho por ciento (8%) del total del presupuesto asignado. Para tales efectos, las dependencias y entidades de VIVIENDA deberán realizar las siguientes acciones: 5.1. En un plazo de treinta (30) días hábiles, sobre la base de las normas dictadas en la presente Resolución Ministerial y las normas de gestión y ejecución presu- puestaria, identificarán e implementarán acciones deoptimización de los gastos, debiendo emitir un informe mensual que será dirigido al Titular del Sector de los resultados alcanzados.5.2. En un plazo de treinta (30) días hábiles, en coordi- nación con la Oficina General de Presupuesto y Planifi- cación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, deberán presentar una propuesta de Com-promiso de Contribución al Producto Bruto Interno Na- cional. Dicha información será difundida a través del Boletín "Vivienda en Cifras". 5.3. En un plazo de treinta (30) días hábiles, deberán aprobar los Planes de Evaluación del Personal mediante la elaboración de un Sistema de Evaluación del Desem-peño sobre la base de metas y objetivos determinados, que mida resultados a nivel interno y externo, por unida- des, oficinas o equipos y personalmente. La Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento será la encargada de homogenizar el Sistema indicado en el Sector VIVIENDA. 5.4. En un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábi- les, deberán efectuar un estudio que determine las rea- les posibilidades de ejecución de proyectos a su cargo,determinando los proyectos factibles de ser realizados en el presente ejercicio. 5.5. En un plazo de treinta (30) días hábiles, las Ofici- nas Generales de Administración y similares deberán plantear en forma conjunta un Plan de Capacitación Corporativo orientado a promover, difundir e implementaruna Cultura de Ahorro en el Sector VIVIENDA. 5.6. La Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecerá el procedimientopara efectuar compras corporativas en el Sector VIVIENDA, en un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, de acuer- do a la definición establecida en el artículo 17º de la Ley Nº27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, considerando dicho mecanismo para los siguien- tes grupos de bienes y servicios: Bienes - Suministro de Combustible.- Suministro de material de limpieza. - Suministro de útiles de oficina. - Suministro de Material para procesamiento automá- tico de datos. Servicios - Mantenimiento de Vehículos. - Contratación de Publicaciones, Publicidad y Medios de Comunicación. - Suministro de pasajes aéreos. - Mantenimiento y Reparación de equipos de cómpu- to e impresoras. - Mantenimiento y Reparación de equipos de Fotoco- piadoras. - Servicio de Legalizaciones Notariales.- Servicio de Telefonía móvil. - Servicio de Internet. - Servicios de alojamiento y alimentación en las capi- tales de departamento del país. Artículo 6º.- Racionalización en materia de tele- fonía y comunicaciones En materia de servicio de telefonía, las dependencias y entidades de VIVIENDA observarán los siguientes li- neamientos: 6.1. Las llamadas a teléfonos móviles y fijos realizadas a través de las centrales telefónicas, tendrán un máximo detres (3) minutos cada una. En el caso de la Alta Dirección de las dependencias de VIVIENDA la duración máxima de cada llamada alcanzará los diez (10) minutos. 6.2. Las Oficinas Generales de Administración, de- berán pactar prestaciones económicas ventajosas que impliquen el ahorro real de recursos en un mínimo dequince por ciento (15%), por concepto de los servicios de telefonía mediante modalidades tales como el blo- queo y restricción en el uso de llamadas, tanto naciona-les como internacionales, así como otras opciones de tecnología existentes en el mercado. 6.3. El Titular del Pliego, Institución o Dependencia de VIVIENDA determinará la relación de funcionarios que ha- cen uso de telefonía celular. En ningún caso esta relación implicará la asignación de dicho servicio a nuevos usuarios. 6.4. El gasto máximo por persona en materia de telefo- nía celular deberá ser de ciento cincuenta con 00/100 dólares (US$ 150.00) americanos o su equivalente enmoneda nacional. Cualquier exceso a este monto debe- rá ser asumido personalmente por el propio funcionario. 6.5. Las Oficinas Generales de Administración o simila- res serán las responsables de la implementación de los