Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2003 (03/05/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 243592

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2003

visoras y reguladoras de las instituciones financieras y tienen por finalidad dotar a los participantes de una estrategia sistemica para el analisis del riesgo de MORDAZA a traves de la comprension de riesgos inherentes a ciertos instrumentos de deuda y derivados, el uso de instrumentos fuera de balance para el control de los componentes de riesgo de MORDAZA, el conocimiento de tecnicas de identificacion, medida, seguimiento y control de riesgos de tasa de interes, entre otros; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2003, estableciendose en el numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobadas para el ejercicio 2003; Que, por ser de interes para la institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Riesgo de MORDAZA y Liquidez de la Gerencia de Riesgos, para que participe en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 6987-2003 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM085-03; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Riesgo de MORDAZA y Liquidez de la Gerencia de Riesgos, a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Brasil, del 4 al 10 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OCPE, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) Tarifa CORPAC US$ 124,98 28,00

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA
Designan responsable de brindar informacion en concordancia con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 065-2003-CNI Chorrillos, 25 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º numeral 5. de la Constitucion Politica del Peru, consagra el derecho fundamental de acceso a la informacion, con excepcion de la informacion que afecta la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por Ley o por razones de seguridad nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuya finalidad es promover la transparencia de actos del Estado y regular el derecho de acceso a la informacion de la ciudadania; Que, el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la precitada Ley, establece que el Estado adoptara las medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica, y tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad; Que, el articulo 5º del mismo, a efectos de delimitar la informacion que se sujeta al MORDAZA de publicidad, establece que las entidades de la Administracion Publica difundiran a traves de Internet, informacion sobre datos generales de la entidad de la administracion publica, la informacion presupuestal, las adquisiciones de los bienes y servicios que se realicen, las actividades oficiales que desarrollara, la informacion sobre finanzas publicas previstas en el Titulo IV de la Ley y la informacion adicional que la entidad considere pertinente; Que, mediante Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA), se establece el MORDAZA juridico que regula la naturaleza, estructura, funciones, atribuciones y responsabilidades, control y fiscalizacion, asi como las relaciones y ambito de la competencia del Consejo Nacional de Inteligencia y de la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica dentro del Sistema de Inteligencia Nacional; Que el articulo 10º de la Ley Nº 27479 senala que por la naturaleza especial de sus actividades relacionadas a la Defensa Nacional, el SINA protege y compartimenta las informaciones de inteligencia que produce; Que, el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, regulando las excepciones contempladas en el texto constitucional, dispone que el derecho de acceso a la informacion publica no podra ser ejercido respecto a la informacion expresamente clasificada como secreta, que se sustente en razones de seguridad nacional, que ademas tenga como base fundamental garantizar la seguridad de las personas y cuya revelacion originaria riesgo para la integridad territorial y/o subsistencia del sistema democratico, asi como respecto a las actividades de inteligencia y contrainteligencia del CNI dentro del MORDAZA que establece el Estado de Derecho en funcion de las situaciones expresamente contempladas;

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 08213

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.