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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2003 (22/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 2 ANTEPROYECTO Lima, jueves 22 de mayo de 2003 Antecedentes: Mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 548-2002-SUNARP/SN, se nombró una comisión encargada de la revisión del Re- glamento del Registro Público de Minería, aprobado porDecreto Supremo Nº 027-82-EM/RPM y de proponer un Reglamento sustitutorio a fin de adecuarlo al Sistema Nacional de los Registros Públicos. En cumplimiento del encargo encomendado, se presen- ta el Anteproyecto del Reglamento del Registro de Dere-chos Mineros (en adelante el Anteproyecto), que se sus- tenta en la siguiente exposición de motivos. 1. En el Anteproyecto propuesto se ha tenido en cuenta especialmente las disposiciones referidas al Sistema Nacional de los Registros Públicos y a la legislaciónminera vigente. 2. En el Anteproyecto no se han considerado disposi- ciones referidas a Prenda Minera, Mandatos y So- ciedades Legales, teniendo en consideración que dichos registros deberán ser incorporados al Re-gistro de Bienes Muebles el primero, al Registro de Personas el segundo y al Registro de Sociedades el tercero, en cumplimiento de lo señalado por laLey Nº 26366, de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos. Sin embargo de lo seña- lado como Anexos 2 y 3, respectivamente, seacompaña una propuesta de contenido del regla- mento que correspondería a las inscripciones de contratos de Prenda Minera y de actos relativos aSociedades Legales. En las inscripciones de man- datos se aplicarán las normas vigentes en el Re- gistro de Personas. 3. Tampoco se ha considerado disposiciones referidas a los Principios registrales, Presentación de Títulos,Calificación, Duplicidad de Partidas, entre otros, en el entendido que el Registro de Derechos Mineros for- ma parte del Sistema Nacional de los Registros Pú-blicos, por lo que el Reglamento General de los Re- gistros Públicos le es aplicable en todo aquello no normado expresamente en el Anteproyecto. En estesentido en los artículos 3 y 4 del Anteproyecto se hace la remisión respectiva. 4. El Anteproyecto contiene Tres Títulos referidos a: Disposiciones Generales, Títulos e Inscripciones, además de disposiciones Transitorias y Complemen-tarias y Finales. 5. En el Título I: Disposiciones Generales se define el Registro de Derechos Mineros, así como la naturale- za de las inscripciones, y otras disposiciones de ca- rácter general. También se legisla sobre los actosinscribibles como son: - Las concesiones a que se refiere la Ley General de Minería; - Los contratos mineros de que tratan los Capítulos II al IX del Título Décimo Tercero de la Ley Gene-ral de Minería; - Los contratos o acuerdos de explotación regula- dos en la Ley de Promoción y Formalización de laPequeña Minería y Minería Artesanal; - Los contratos que se celebren con el Estado vin- culados con concesiones; - Los contratos que se celebren con empresas bancarias, financieras, de arrendamiento finan- ciero o de servicios fiduciarios reguladas porLey General del Sistema Financiero y del Siste- ma Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, vinculados con concesio-nes; - Otros actos y contratos que declaren, transmi- tan, modifiquen, limiten o extingan obligaciones,derechos y atributos establecidos en la Ley Ge- neral de Minería, Código del Medio Ambiente y disposiciones complementarias que correspon-dan a las concesiones; - Las resoluciones administrativas y judiciales que tengan incidencia en el título de concesión, lasobligaciones, los derechos y los atributos que corresponden a esas concesiones; - La resolución de otorgamiento de Areas de No Admisión de Denuncios. 6. En relación a los actos susceptibles de anotación preventiva, que tendrá una vigencia de 180 días, prorrogables, se ha considerado los siguientes: - La solicitud de Áreas de No Admisión de Denun- cios; - Los contratos, demandas y otras medidas caute- lares, resoluciones judiciales, así como otros ac- tos que se refieran a petitorios y que sean sus- ceptibles de inscripción de acuerdo al presentereglamento; - Las demandas y demás medidas cautelares, así como las resoluciones judiciales que no den méri-to a una inscripción definitiva que se refieran a concesiones inscritas; - Los actos que en cualquier otro caso, deben ano- tarse conforme a las disposiciones pertinentes. Cabe señalar que en el caso de petitorios mineros, será susceptible de anotación preventiva cualquier acto o contrato que podría ser inscrito y no sólo los contratos de transferencia como hasta ahora. Se ha considerado que las observaciones y tachas pueden ser notificadas por correo electrónico, si losolicita el interesado. 7. En el Título II: Títulos se define los títulos que dan mérito a las inscripciones. Estableciéndose como re- gla general que éstas se efectuarán en mérito de ins- trumento público salvo que, por ley expresa, se permi-ta que se efectúen en mérito a instrumento privado. También se señala que la inscripción de la modifica- ción de un acto inscrito se realizará en mérito a títuloque revista, al menos, la misma formalidad del título modificado, salvo disposición legal en contrario. Así, el acto administrativo, se inscribe en mérito a copia certificada de la resolución administrativa; las que se realicen en mérito a escritura pública,por el mérito del parte o el testimonio expedidos por el notario correspondiente; un mandato judicial en mérito de copia certificada de la resolución res-pectiva; en cuanto a las inscripciones por docu- mento privado, se remite a los requisitos estableci- dos en el artículo 10º del Reglamento General delos Registros Públicos. 8. En el Título III : Inscripciones, se ha subdividido en seis capítulos: - Capítulo I: Aspectos Generales a cualquier ins- cripción. - Capítulo II: Concesiones, Servidumbres y Áreas de No Admisión de Denuncios, se legisla sobre los documentos y contenido de los asientos para su inscripción. En este Capítulo se ha considera-do sólo aquellos procedimientos regidos por el Texto Único Ordenado de la Ley General de Mi- nería, aprobado por D.S. Nº 014-92-EM, estable-ciéndose en la Cuarta Disposición Complementa- ria y Final que la inscripción de los denuncios y concesiones formulados antes de la entrada envigencia del Texto Único Ordenado de la Ley Ge- neral de Minería, seguirán rigiéndose por lo dis- puesto en el Reglamento del Registro Público deEXPOSICIÓN DE MOTIVOS