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PÆg. 244673 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de mayo de 2003 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Convocan a elección de representan- tes de las organizaciones de la socie-dad civil ante el Consejo de Coordina-ción Regional DECRETO REGIONAL Nº 011-2003-G.R.LAMB/PR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27902 se modificó la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incorpo- rándose el Consejo de Coordinación Regional como ór- gano consultivo y de coordinación del Gobierno Regio-nal, integrado por los Alcaldes provinciales y por repre- sentantes de la sociedad civil; Que, el inciso b) del artículo 11-A de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, establece que los representantes de la sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regionalson elegidos democráticamente por un período de dos años, por los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel regional y provincial, según co-rresponda, que se hayan inscrito en el registro que abri- rá para tal efecto el Gobierno Regional; Que, con la finalidad de normar el proceso de confor- mación y elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Lambayeque, el Consejo Regional,en su sesión extraordinaria del 11 de abril del 2003, ha emitido la Ordenanza Regional Nº 003-2003-GR.LAMB/ PR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 deabril el 2003, que aprueba el Reglamento de Confor- mación y Elección de los Miembros del Consejo de Coordinación Regional; Que, la Quinta Disposición Complementaria, Transi- toria y Final del Reglamento de Conformación y Elección de los Miembros del Consejo de Coordinación RegionalLambayeque, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 003-2003-GR.LAMB/PR, faculta al Presidente del Gobierno Regional para convocar a elecciones de losrepresentantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional para el período 2003-2004 den- tro de los diez días hábiles de la aprobación del referidoreglamento; elección que de acuerdo con la Sexta Dispo- sición Complementaria, Transitoria y Final del Regla- mento, no puede ser antes de 40 ni después de 60 díascalendario de la fecha de convocatoria; De conformidad con el artículo 40º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada porLey Nº 27902; y la Ordenanza Regional Nº 003-2003- GR.LAMB/PR, y con cargo a dar cuenta al Directorio de Gerentes Regionales; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a elección de los re- presentantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional del GobiernoRegional Lambayeque para el período 2003-2004, a rea- lizarse en un solo acto el día miércoles 18 de junio del 2003, en el auditorio de la Sede del Gobierno Regional apartir de las 09.00 horas. Artículo Segundo.- El número de representantes de las organizaciones de la sociedad civil a elegirse sondos; uno de los cuales corresponderá a organizaciones de empresarios y productores.Artículo Tercero.- La Gerencia General Regional pu- blicará el Padrón Electoral en el medio de comunicaciónescrito de mayor circulación de la región, a más tardar diez días antes de la fecha prevista para la elección de representantes de las organizaciones de la sociedadcivil ante el Consejo de Coordinación Regional a que se refiere el artículo primero del presente Decreto Regio- nal. Artículo Cuarto.- Solicitar la participación del Jura- do Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que participen en calidad desupervisores del acto electoral; así como invitar a la Defensoría del Pueblo y al Consorcio PROÉTICA como observadores del proceso electoral. Dado en la Sede del Gobierno Regional Lambaye- que, en Chiclayo, a los treinta días del mes de abril delaño dos mil tres. YEHUDE SIMÓN MUNARA Presidente Regional 09544 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Autorizan viaje del Vicepresidente del Gobierno Regional a EE.UU. paraparticipar en seminario bancario y tra-tar temas relativos al financiamiento de carretera ACUERDO REGIONAL Nº 005-2003-GRSM/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680-, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783-, la Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les - Ley Nº 27867-, su modificatoria - Ley Nº 27902-, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín y demás normas complementa-rias; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el inciso u) del artículo 7º Capítulo I, Título II del Consejo Regional, es atribución del Consejo Regional autorizar los viajes al extranjero de los miembros del Consejo Regional y del Ejecutivo; Que, mediante documento de fecha 7 de mayo del 2003, el Instituto del Fondo Monetario Internacional - FMI, ha cursado invitación al señor Julio Cárdenas Sán-chez, Vicepresidente Regional del Gobierno Regional de San Martín, para que participe en el High-Level Seminar on "Assessing Banking Fragility" a realizarse en la ciu-dad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamé- rica, del 19 al 24 de mayo del 2003; Que, el Consejo Regional ha autorizado al señor JU- LIO CÁRDENAS SÁNCHEZ, Vicepresidente del Gobier- no Regional de San Martín, para que participe en el se- minario en mención, asimismo también celebrar una re-unión con el Director del AID en Washington para tratar el tema del financiamiento de la carretera Juanjuí-Toca- che y Tocache - Aucayacu por ser de interés para laregión San Martín; Que, en sesión extraordinaria de fecha quince de mayo del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regio-nal de San Martín ha tomado el siguiente acuerdo: