TEXTO PAGINA: 55
PÆg. 244677 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de mayo de 2003 destitución a WILLY SANDOVAL LLANCE; destitución a OLIVER CHIPANA CARRASCO, destitución a SARA PIN-TO VICTORIO; amonestación severa escrita a SOLE- DAD ESPÍRITU DÍAZ. Artículo Segundo.- Encárguese a la Oficina de Se- cretaría General la difusión de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Administración dar fiel cumplimiento a la Resolución en-cargando a quien corresponda la recepción del cargo, bienes y asuntos pendientes, del servidor que labora en la Entidad. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Per- sonal, registrar las sanciones correspondientes en los respectivos Legajos, debiendo tener en cuenta las mis-mas en los procesos de ascenso. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Asesoría Legal, realizar los trámites para la denun-cia civil y/o penal al Sr. Adolfo Ocampo Vargas y funcionarios de la gestión edil respectiva, a que hu- biere lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 09613 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Disponen la clausura de silos existen- tes en la vía pœblica del AsentamientoHumano Pando IX Etapa DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2003-MDSM San Miguel, 21 de mayo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTO, el Informe Nº 126-03-DIDU/MDSM, de fecha 6 de mayo del 2003, emitido por la Dirección de Infra-estructura y Desarrollo Urbano, en el cual se solicita disponer la clausura de los silos existentes en la vía pública del Asentamiento Humano Pando IX Etapa deldistrito de San Miguel; CONSIDERANDO:Que, con fecha 22 de abril, los dirigentes del Asentamiento Humano Pando IX Etapa del distrito deSan Miguel, solicitan la intervención de emergencia por parte de esta Corporación Edil, en previsión de la contaminación ambiental, a fin de que todos los propie-tarios de los 600 lotes del referido Asentamiento, clausuren los aproximadamente 600 silos existentes en la vía pública; Que, además, la solicitud de los dirigentes se sus- tenta en el hecho de que en el Asentamiento Humano Pando IX Etapa se vienen ejecutando obras, bajo lamodalidad de autofinanciamiento, con el objeto de insta- lar las conexiones que permitan el servicio de Agua Po- table y Alcantarillado en dicha zona; impidiendo el avan-ce y culminación del Proyecto los silos que se encuen- tran ubicados en la vía pública; Que, del Informe de Visto se desprende que la Direc- ción de Infraestructura y Desarrollo Urbano ha determi- nado que una vez concluidas las obras de instalación de redes de Desagüe y no se hallan eliminado los silosexistentes en la vía pública, no se efectuará la instala- ción de redes de agua; recomendando que los silos exis- tentes en la vía pública sean trasladados al interior delos predios, a fin de continuar con las obras estableci- das; Que, en ese sentido, se hace necesario disponer la clausura de los silos existentes en la vía pública delAsentamiento Humano Pando IX Etapa del distrito de San Miguel; Estando a lo expuesto, y en uso a las facultades que otorga el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el visto bueno de la Di-rección de Infraestructura y Desarrollo Urbano y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la clausura de los silos existentes en la vía pública del Asentamiento Hu- mano Pando IX Etapa del distrito de San Miguel. Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano y a la Dirección de Seguridad Vial, Información Turística, Protección del Medio Ambiente, Inspección y Control de la Ciudad, elcumplimiento del presente decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 09598 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Conceden rebaja de deuda por concepto de arbitrios de parques y jardines, lim-pieza pœblica y serenazgo de los aæos1996 y 1997 ORDENANZA Nº 019-2003-MDSA Santa Anita, 19 de mayo de 2003 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de mayo de 2003, el Dictamen Nº 006-2003-CR/MDSA de la Comisión de Rentas y el Informe Nº 500-2003-OAL-MDSA de la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, a la fecha existen muchos vecinos que no han podido hacer efectivo sus pagos por arbitrios municipa-les debido, muchas veces, a situaciones económicas o por reclamaciones de diversa naturaleza que la administración anterior no quiso atender, negando enconsecuencia los principios a la igualdad y la no confis- catoriedad, por lo que esta nueva gestión busca resarcir los daños causados; Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitu- ción Política del Estado, reformado por la Ley Nº 27680, se reconoce la autonomía política, económica y adminis-trativa de los Gobiernos Locales, otorgándoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribucio- nes, tasas, arbitrios y derechos municipales; Que, el artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 776, indica que las tasas por arbitrios municipales se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio públicoindividualizado en el contribuyente; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853,las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local que emanan de la voluntad popular. Son personas jurídi- cas de derecho público con autonomía económica y ad-ministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo es el órgano normativo, administra- dor y fiscalizador y que para el caso específico ejercesus atribuciones, de conformidad al Art. 36º inciso 3), de la citada Ley; Que, de conformidad a las disposiciones acotadas, el Concejo Municipal, contando con el voto mayoritario de los señores Regidores, ha aprobado la siguiente: