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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2003 (22/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 244667 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de mayo de 2003 mediante una adjudicación directa de menor cuantía conforme a lo dispuesto en el artículo 116º del Regla-mento de Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM; Que, el artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, incluye expresamente losservicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las caracterís-ticas particulares que los distinguen; Que, visto el Informe Técnico Nº 015-2003/GP de fecha 13 de mayo del 2003, de la Gerencia de Promo-ción que señala que es necesaria la contratación de la publicidad en los diversos medios de comunicación para difundir los alcances, características, requisitosy demás condiciones a nivel nacional de la cuarta con- vocatoria del Proyecto Techo Propio aprobada por la Resolución Ministerial Nº 065-2003-VIVIENDA, dán-dole énfasis al lanzamiento del Proyecto Techo Propio Deuda Cero; Que, asimismo el valor referencial total por la citada contratación asciende a US$ 207,519.52 incluido el IGV, por la contratación de dichos servicios a efectuarse del 14 de mayo al 6 de junio del presente; Que, visto el Informe Legal contenido en el Memo- rándum Nº 127-2003-OAJ, de fecha 13 de mayo de los corrientes, que indica que la mencionada Gerencia hasustentado la causal de exoneración del proceso de adquisición prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones yContrataciones del Estado; De conformidad con los artículos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los artículos 111º y 116º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y, la Resolu-ción Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo; En uso de sus facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. Autorizar la contratación de los servicios de publi- cidad en los medios de comunicación escrita, radial y televisiva, exonerándolos del proceso de selección, deconformidad con lo siguiente: a. Tipo de contrato: servicios. b. Descripción del servicio: publicidad en los medios de comunicación escrita, radial y televisiva para difundir los alcances, características, requisitos y demáscondiciones de la cuarta convocatoria del Proyecto Te- cho Propio, haciendo énfasis en el Proyecto Techo Pro- pio Deuda Cero. c. Monto referencial total: US$ 207,519.52 (doscien- tos siete mil quinientos diecinueve y 52/100 dólares ame- ricanos), incluido IGV. d. Fuente de financiamiento: recursos propios e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: del 14 de mayo al 6 de junio del 2003. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto. g. Dependencia que da conformidad del servicio: Ge- rencia de Promoción, de conformidad con el artículo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. 2. Disponer que la Gerencia de Administración y Pre- supuesto proceda a llevar a cabo las acciones corres- pondientes a fin de contratar el servicio indicado en elnumeral precedente según el procedimiento de Adjudica- ción de Menor Cuantía. 3. Disponer que la Gerencia de Administración y Pre- supuesto publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez días hábiles si- guientes a la fecha de su emisión, así como en la páginaWeb institucional.Que, la participación en el referido Encuentro Inter- nacional permitirá identificar las posibles alianzas conlas organizaciones auspiciadoras y los demás partici- pantes y entre el Estado, la sociedad civil y la juventud, así como extraer conclusiones de políticas, estrategiase iniciativas para potenciar el voluntariado juvenil en el país; Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 27º del Reglamento de la Ley Nº 27802, la Gerencia de Promoción Organización y Gestión, cuenta entre sus funciones la promoción la elaboración y conducción delos lineamientos de política orientados a la promoción de los deberes y derechos de los jóvenes, así como forta- lecer los mecanismos de participación de la juventudorganizada; Que, en tal sentido resulta de interés institucional la participación de un representante de la citada Gerenciade la Comisión Nacional de la Juventud en el mencio- nado evento; Que, los gastos de estadía que irrogue el referido viaje serán sufragados por la Entidad que organiza el referido evento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, la Ley Nº 27802 y los Decretos Supremos Nºs. 047 y 106-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Claudio Raúl Octavio Zapata Gonzáles, de la Gerencia de Promo- ción, Organización y Gestión de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, a la ciudad de Santiago de Chile,los días 22 y 23 de mayo del presente, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Pliego Presupuestal Nº 014 Comisión Nacional de Ju-ventud -CNJ, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 220,00 Tarifa Corpac:US$ 28,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no libera ni exo- nera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cual- quiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN INES VEGAS GUERRERO Presidenta 09667 FONDO MIVIVIENDA Autorizan contratar servicios de publicidad en medios de comunicación escrita, radial y televisiva mediante procedimiento de adjudicación de me-nor cuantía RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA EJECUTIVA Nº 028-SE-2003 Lima, 13 de mayo del 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del artí- culo 19º, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se esta- blece que están exonerados de los Procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, las contrataciones que se realizan para servicios personalísimos, los que se realizarán