Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2003 (23/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2003

Articulo 4º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, al embarque de un inspector acreditado conforme al articulo 3º de la presente resolucion o a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital -SISESAT a bordo de la referida embarcacion, cuando corresponda, y al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador con la respectiva MORDAZA, el mismo que sera abonado por el armador pesquero conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 5º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "SENOR DE LA SOLEDAD" de matricula PT-3941-CM, a traves de la presente Resolucion Directoral, en el literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 191-2002-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 09639

Declaran improcedentes solicitudes de permisos de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 118-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2003 Vistos los escritos con registros Nº CE-02621003 de fechas 12 de diciembre de 2002 y 10 de febrero de 2003, Nº 02953002 de fecha 17 de febrero de 2003, Nº 02457001 del 5 de marzo de 2003 y Nº 04677002 del 17 de marzo de 2003, presentados por MORDAZA MORDAZA HUAYHUASH VILLACORTA. CONSIDERANDO: Que conforme el articulo 1º de la Ley Nº 26920, los armadores pesqueros que a la fecha de vigencia, cuentan con embarcaciones pesqueras construidas de MORDAZA con una capacidad de bodega de hasta 110 m3 y realizan sus faenas de pesca, estan exceptuadas de la autorizacion de incremento de flota a que se refiere el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca - y podran solicitar directamente el permiso de pesca; Que de acuerdo con el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE, los armadores que cuenten con embarcaciones pesqueras de MORDAZA con capacidad de bodega mayor a 32.6 m3 hasta 110 m3 y que hubiesen estado realizando faenas de pesca a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26920, podran solicitar permiso de pesca para la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino para el consumo humano directo y/o indirecto y su ampliacion correspondiente, en un plazo de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la fecha en que entre en vigencia la Resolucion Ministerial que establezca el procedimiento y los requisitos correspondientes; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 130-2002PRODUCE, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de octubre de 2002, se establecen las condiciones y requisitos, para que los armadores de embar-

caciones pesqueras de MORDAZA que se encuentren en los alcances de la Ley Nº 26920, puedan solicitar y obtener los respectivos permisos de pesca y que dichas embarcaciones pesqueras puedan efectuar faenas de pesca; Que mediante los escritos del visto, el recurrente, al MORDAZA de las normas MORDAZA citadas, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "RODY", de matricula Nº CE-15461-CM, con 43.35 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo e indirecto; Que de la evaluacion efectuada a los documentos alcanzados y que obran en el expediente sobre solicitud de permiso de pesca, se ha determinado que el recurrente no ha cumplido con presentar los requisitos establecidos por la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, tales como el Certificado Nacional de Arqueo y la documentacion que acredite haber realizado faenas de pesca por lo menos un ano con anterioridad al 31 de enero de 1998, por lo que la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "RODY", de matricula Nº CE-15461-CM, deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 173-2003-PRODUCE/DNEPP-CHI de fecha 11 de MORDAZA de 2003 y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000PE, Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demas normas complementarias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de permiso de pesca, presentada por MORDAZA MORDAZA HUAYHUASH MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "RODY", de matricula Nº CE-15461-CM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 09640 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 120-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2003 Vistos los escritos de registros Nº CE 00432002 y Nº CE-00431002 de fechas 16 de enero y 19 de febrero del 2003, presentados por la empresa PERUPEZ S.A.C. CONSIDERANDO: Que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria actualmente Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 004-

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