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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2003 (23/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 244722 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de mayo de 2003 Que, adicionalmente, las 6 constancias presentadas que acreditan los trabajos realizados, corresponden alInstituto de Ciencias Neurológicas y al Hospital San José,3 constancias por cada una de ellas, y viendo los perío-dos podría tratarse de prórrogas de contratos o simple-mente la continuación de los mismos, por lo que dicho consorcio no habría alcanzado el máximo de 10 certifi- cados requeridos por las Bases, a fin de acreditar lostrabajos realizados, no siendo merecedor del puntajeasignado en dicho rubro. Respecto al personal, en lasBases se requería el Carné de Sanidad para todo elpersonal, sin embargo éste sólo se ha presentado en algunos casos y con respecto al resto de personal se ha presentado certificado médico, no siendo merecedor delpuntaje asignado a dicho rubro; Que, el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que una vez acogidas o resueltas en su caso las observaciones, las Bases quedarán integradas como reglas definitivasdel proceso; Que, el artículo 65º del Reglamento mencionado se- ñala que las propuestas técnicas y económicas se eva-lúan asignándoles puntajes de acuerdo a los factores y criterios de evaluación y calificación que se establezcan en las Bases del proceso; Que, asimismo, el artículo 66º del cuerpo legal citado precedentemente, establece que las Bases señalaránlos factores necesarios para la evaluación técnica, lospuntajes máximos que se le asignan y los respectivos criterios de evaluación y calificación; Que, el numeral 3) del literal a) del numeral 2.2 de los Criterios de Evaluación de Propuestas de las Bases In-tegradas del Concurso Público Nº 0001-2003-MTC/10,establece que se tomará en cuenta los vehículos depropiedad del postor que estén destinados a la supervi- sión del servicio y traslado del personal para cubrir emer- gencias (adjuntar copia simple de las tarjetas de propie-dad a nombre del postor o copia de los contratos encaso que se trate de una compra por el sistema leasing).El puntaje a otorgarse es de 0 a 5 puntos, si es mayor a8 vehículos propios, 5 puntos; de 5 a 8 vehículos pro- pios, 4 puntos; menor de 5 vehículos, 3 puntos; no cuen- ta con vehículos, 0 puntos; Que, el numeral 10.1 de las Bases Integradas señala que en cualquier etapa del proceso se podrá descalificaral postor, y aún después de haber otorgado la Buena Proy firmado el contrato, se podrá descalificar al proveedor que haya presentado información que no se ajuste a la verdad (documentación falsificada y/o adulterada), sinperjuicio de las acciones a que hubiere lugar; Que, de los documentos alcanzados se desprende que las copias de las tarjetas de propiedad de los vehí-culos de placas de rodajes Nºs. QI-2725 y PGP-723 que tienen como fecha de emisión el 21 de junio de 1995 y 27 de noviembre de 1996, respectivamente, y que han sidopresentadas en la propuesta técnica del Consorcio MMServicios y Promociones S.A.C. - Rhema S.A.C. no seajustan a la verdad, toda vez que de acuerdo a los Cer-tificados de Gravamen de Registro Nº 47326 y 47327, ambos de fecha de 9 de mayo del 2003, así como en la información proporcionada por el Consorcio MM Servi-cios y Promociones S.A.C. - Rhema S.A.C., los menciona-dos vehículos se encuentran registrados a nombre deMelita Terrones Gómez de Morán, con lo que la informa-ción de las tarjetas de propiedad presentadas no se ajustan a la verdad, por lo que dicho postor debería ser descalificado, de conformidad con lo señalado en el nu-meral 10.1 concordado con numeral 3) del literal a) delnumeral 2.2 de los Criterios de Evaluación de Propues-tas de las Bases Integradas del Concurso Público Nº0001-2003-MTC/10; Que, de la revisión de la propuesta técnica del Con- sorcio Representaciones Servito S.A.C. - Reorni S.R.L.se desprende que han presentado 4 copias de tarjetas depropiedad de vehículos, de las cuales la tarjeta de propie-dad del vehículo de placa de rodaje Nº GO-5793 señalaque el propietario de dicho vehículo es Guillermo Recuen- co Orellana, asimismo se presenta una declaración jura- da por la cual se declara que tiene tres vehículos bajocontrato privado, los cuales son de propiedad de trespersonas naturales; de tal manera que de conformidadcon lo señalado por el numeral 3) del literal a) del numeral 2.2 de los Criterios de Evaluación de Propuestas de lasBases Integradas del Concurso Público Nº 0001-2003-MTC/10, le correspondería en el rubro de vehículos 3puntos y no 4 puntos como le ha asignado el ComitéEspecial, al haber presentado 3 copias de tarjetas de propiedad de vehículos a nombre del postor; Que, el numeral 1) del literal a) del numeral 2.2 de los Criterios de Evaluación de propuestas de las Bases In-tegradas del Concurso Público Nº 0001-2003-MTC/10señala que el tiempo de funcionamiento de la empresade servicios complementarios, deberá ser acreditado con la presentación de la primera resolución que autori- ce su funcionamiento como empresa dedicada al rubromateria del proceso de selección expedida por el Minis-terio de Trabajo y Promoción Social. El puntaje a otorgar-se es de hasta 15 puntos, si es mayor a 15 años, 15puntos; si es mayor a 10 años hasta menor de 15 años, 10 puntos; si es mayor a 5 años hasta menor de 10 años, 5 puntos; menor a 5 años, 2 puntos; Que, en la propuesta técnica del Consorcio Servito S.A.C. - Reorni S.R.L. se encuentra copia de la Resolu-ción Directoral Nº 012-2000-150113-2-P-DRTPSL-DEFPde fecha 13 de enero del 2000, correspondiente a Repre- sentaciones Servito S.A.C. y Reorni S.R.L. sólo presen- ta el Registro Nº 051-2003-DRTPEL-DPEFP del 23 deabril del 2003, por lo que la experiencia de Consorcio seencuentra acreditada desde enero del 2000, debiéndolecorresponder en el rubro tiempo de experiencia en laactividad 2 puntos, en lugar de los 5 puntos asignados por el Comité Especial; Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, según corresponda podrádeclarar de oficio la nulidad del proceso de selección por contravención de las normas legales, debiendo expre- sar en la resolución que expida la etapa a la que seretrotraerá el proceso; Que, en tal sentido, y habiéndose verificado que el Comité Especial ha efectuado una calificación técnicaen base a criterios distintos a los señalados en las Ba- ses Integradas, corresponde declarar nulo el otorga- miento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 0001-2003-MTC/10, debiendo retrotraerse el proceso hastala etapa de evaluación técnica, que debe ser efectuadapor el Comité Especial de acuerdo a los criterios decalificación señalados en las Bases Integradas; Que, en consecuencia carece de objeto pronunciar- se sobre los recursos de apelación interpuestos por elConsorcio Representaciones Servito S.A.C. - ReorniS.R.L. y por Servicios Integrados de Limpieza S.A.; De conformidad con las Bases Integradas del Concur- so Público Nº 0001-2003-MTC/10, el Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar nulo el otorgamiento de la Bue- na Pro del Concurso Público Nº 0001-2003-MTC/10, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución, debiendo retrotraerse el proce-so hasta la etapa de la evaluación técnica. Artículo 2º.- Declarar sin objeto pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por el ConsorcioRepresentaciones Servito S.A.C. - Reorni S.R.L. y porServicios Integrados de Limpieza S.A. Artículo 3º.- Transcribir a los miembros del Comité Especial la presente Resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de loscinco (5) días de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 09677