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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G35/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de noviembre de 2003 ca de Panamá Nº 3411, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado solicita- do; Estando a lo informado por el Intendente del Depar- tamento de Evaluación del Sistema Financiero "C" medianteInforme Nº DESF "C" 105-OT/2003; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso dela facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris el traslado de la Oficina Especial ubicada en la Av. VíctorAndrés Belaunde Nº 147, Torre Real 5, Oficina 102, distritode San Isidro, provincia y departamento de Lima, a la nue- va dirección en la Av. República de Panamá Nº 3411, dis- trito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 20366 UNIVERSIDADES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G6F/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G6F/G73/G2D /G74/G75/G6C/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 247-2003-CU Callao, 23 de octubre de 2003 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 342-CDA (Expediente Nº 81023) reci- bido el 25 de setiembre del 2003 a través del cual el Presi- dente de la Comisión de Admisión 2003, hace de conoci- miento que se han recibido 30 comprobantes del BancoWiese Sudameris por concepto de inscripción al Examende Admisión 2003-I, cuyos montos no han sido registradospor la caja registradora del citado Banco. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 189-2003-CU del 25 de agosto de 2003, el Consejo Universitario reconoció como ingre-santes a las once (11) Facultades de nuestra Universidada un total de 1227, postulantes por las modalidades de exa-men general de admisión, Centro Preuniversitario y otras modalidades; Que, mediante Informe Nº 001-CDA-2003 la Comisión de Admisión de la Universidad Nacional del Callao comu-nica que ha realizado un rastreo y verificación de los com-probantes de pago de los postulantes del Examen de Ad-misión 2003-I, detectándose treinta (30) comprobantes cuyos montos por concepto de inscripción para el Examen de Admisión 2003-I no habrían ingresado al sistema y re-gistro del Banco Wiese Sudameris; Que, mediante carta S/N de fecha 16 de setiembre de 2003, la Apoderada General de la Agencia Plaza Vea Ca-llao del Banco Wiese Sudameris comunica que, de acuer- do a los registros automatizados del Banco y las conclu- siones del dictamen pericial de grafotécnica, las treinta (30)boletas de depósito PAY-COLL, por un importe de S/. 5,962.00, correspondientes al pago por Derecho de Admi-sión 2003 de esta Casa Superior de Estudios, materia delreclamo e investigaciones respectivas, no han sido proce-sadas en el Banco y, en consecuencia, no son válidos, pre-sumiéndose su expedición ilícita; Que, según Informe Nº 001-CDA-2003 se constata que, de los treinta postulantes que presentaron los recibos fra-guados por concepto de inscripción para el examen deadmisión 2003-I, seis (6) habrían logrado el ingreso a laUniversidad y de éstos, sólo tres (3) se habrían matricula-do en la Facultad respectiva; Que, a mérito del análisis de los actuados los postulan- tes implicados en el presente proceso de investigaciónhabrían incumplido dolosamente con lo estipulado en elinciso c) del Art. 28º del Reglamento del Concurso de Ad-misión, aprobado mediante Resolución de Consejo Univer-sitario Nº 116-00-CU de fecha 23 de octubre del 2000, que establece que “Los postulantes, para su inscripción, deben presentar obligatoriamente los siguientes documentos: c)Recibos de pago por derecho de inscripción, Fotocheck ycarpeta de postulante”; siendo que los treinta (30) postu-lantes habrían actuado ilegalmente procurándose para síun provecho ilícito en perjuicio de la Universidad Nacional del Callao, persona jurídica de derecho público interno, in- duciendo y manteniendo en error a ésta mediante engañocon la presentación de recibos de pago apócrifos, logran-do mediante esta forma fraudulenta, perjudicar económi-camente a esta Casa Superior de Estudios y por ende alEstado; Que, a mérito de la documentación analizada, se en- cuentran indicios razonables para suponer que los postu-lantes implicados habrían incurrido en la comisión de losilícitos penales de estafa y falsificación de documentos pre-vistos y sancionados en los artículos 196º y 427º del Códi-go Penal promulgado por Decreto Legislativo Nº 635; por lo que en consecuencia procede autorizar a la Oficina de Asesoría Legal de la Universidad, la interposición de ladenuncia penal correspondiente; Que, los incisos 1º y 4º del Artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, es-tablecen claramente que los actos administrativos son nu- los de pleno derecho cuando contravienen a la constitu- ción, a las leyes o a las normas reglamentarias o cuandolos actos administrativos sean constitutivos de infracciónpenal, o que se dicten como consecuencia de la misma;procediendo, de conformidad con el Art. 202º de la precita-da Ley, la NULIDAD DE OFICIO de los actos administrati- vos que adolecen de los vicios señalados, aun cuando es- tos actos administrativos hayan quedado firmes, siempreque agravien el interés público, como es el caso presente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, concordante conel artículo 141º del Estatuto de la Universidad Nacional del Callao, el Consejo Universitario es el Órgano de Dirección Superior de promoción y ejecución de la Universidad Na-cional del Callao; en consecuencia, dándose los presupues-tos necesarios a que se refiere la última parte del inciso 2)del Art. 11º concordante con el último párrafo del inciso 2)del Art. 202º de la Ley Nº 27444, debe declararse la nuli- dad del acto administrativo que se pronuncia por el ingreso de los postulantes presuntamente incursos en los hechosinvestigados; esto es, la Resolución de Consejo Universi-tario Nº 189-2003-CU, declarándose NULO DE PLENODERECHO el ingreso de los postulantes: CARPIO CON-CHA JOE, CHAVEZ PARIAN MICHAEL, MESÍAS GIL MIL- TON GERMÁN, VEGA SÁNCHEZ ELVIRA MARISOL, VEGA SÁNCHEZ HECTOR y VILLANUEVA CUADROSLUIS ALBERTO; Que, asimismo el Art. 19º del Reglamento del Concur- so de Admisión a la Universidad Nacional del Callao, apro-bado por Resolución Nº 116-00-CU del 23 de octubre de 2000, establece que al postulante que es sorprendido CO- METIENDO ALGUNA IRREGULARIDAD durante el desa-rrollo del examen de selección en cualquiera de las moda-lidades de ingreso, automáticamente se le anula la pruebaquedando INHABILITADO DEFINITIVAMENTE de postu-lar a futuros concursos de admisión que la Universidad convoque; y que por extensión, el presente caso es similar por su naturaleza fraudulenta;