Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G35/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de noviembre de 2003 de la presente resolución, caso contrario la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de queel Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 6º.- La autorización a que se contrae la pre- sente resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza-do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y com-plementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 20317 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G64/G64/G65/G6E/G64/G75/G6D/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G76/G69/G2D /G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G4E/G55/G44/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G50/G61/G63/G68/G61/G63/GFA/G74/G65/G63 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2003-VIVIENDA Lima, 5 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2001- MTC/15.01, del 4 de mayo de 2001, se aprobó el Conve-nio de Administración de Fondos del Programa Lote Fa-miliar - PROFAM, hoy MIBARRIO, entre el Ministerio deTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccióny el Programa de las Naciones Unidas para el Desarro-llo - PNUD; Que, mediante Ley Nº 27792 se aprobó la Ley Orgáni- ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to, precisándose, en la Quinta Disposición Complementa-ria, Transitoria y Final de dicha ley, que toda mención alentonces Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi-vienda y Construcción en las disposiciones vigentes enmateria de Vivienda, Construcción y Saneamiento, debeentenderse que están referidas al Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento; Que, mediante Resolución Suprema Nº 013-2002-VI- VIENDA, del 18 de octubre de 2002 se aprobó el Adden-dum Nº 01 al Convenio PNUD-Proyecto PER/01/011, porel cual se prorrogó el plazo de vigencia del mismo hasta el31 de diciembre de 2002, de acuerdo a las metas previstaspara dicho año; Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2003-VI- VIENDA, del 4 de abril de 2003, se aprobó el AddendumNº 02 al Convenio PNUD-Proyecto PER/01/011, y modifi-có su denominación por la de "PROGRAMA VIVIENDAPACHACÚTEC", por el cual se prorrogó el plazo de vigen-cia hasta el 31 de julio de 2003, de acuerdo a las metasprevistas para el presente año; Que, a fin de concluir con las metas establecidas en el Convenio y Addendum citado en el considerando prece-dente, así como continuar con la Asistencia Técnica, seconsidera necesario ampliar la vigencia del mismo hastael 31 de diciembre del 2003; Que, con la Resolución Ministerial Nº 233-2003-VIVIEN- DA, de fecha 24 de octubre de 2003, se aprobó un CréditoSuplementario por S/. 835 883,00 en el Presupuesto 2003,en la fuente Recursos Directamente Recaudados, destina-dos a la actividad 1.02601 "Programa Vivienda Pachacútec"; Que, de acuerdo con el artículo 25º de la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2003, los convenios de Administración de recursos quelos Pliegos Presupuestales suscriban con organismos in-ternacionales para encargarles la administración de susrecursos, así como el caso de addendas, revisiones uotros que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan me-tas no contempladas originalmente en estos convenios,se aprueban por Resolución Suprema del Sector corres-pondiente, previo informe favorable de la Oficina de Pre-supuesto y Planificación o la que haga sus veces;Que, mediante el Informe Nº 081-2003/VIVIENDA- OGPP, del 28 de octubre de 2003, la Oficina General dePlanificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento ha opinado sobre la proce-dencia del Addendum al Convenio de Administración y so-bre la disponibilidad de los recursos; De conformidad con la Ley Nº 27879 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año fiscal 2003, DecretoLegislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y LeyesNºs. 27779 y 27792; Con los vistos de la Oficina General de Asesoría Jurídi- ca y la Oficina General de Planificación y Presupuesto delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Addendum Nº 03 al Convenio PNUD-Programa PER/03/015 - "PROGRAMA VIVIENDAPACHACÚTEC" a ser suscrito entre el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento y el Programa de lasNaciones Unidas para el Desarrollo- PNUD, por el cual seprorroga su plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de2003, de acuerdo con las metas previstas para el presenteaño. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción ySaneamiento. Regístrese, publíquese y comuníquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 20432 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G33/G2D/G32/G30/G30/G33/G2F/G56/G49/G56/G49/G45/G4E/G44/G41/G2D/G4F/G47/G41/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G62/G75/G65/G2D /G6E/G61/G20/G70/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 240-2003-VIVIENDA Lima, 4 de noviembre de 2003VISTO:El Recurso de Apelación interpuesto por la Empresa DOMIRUTH TRAVEL SERVICE S.A.C., contra el Acto deCalificación de la propuesta Técnica cuyos resultados fue-ron en la misma fecha de apertura de sobres Nº 2 y otorga-miento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 003-2003/VIVIENDA para la contratación de suministro de pasajesaéreos a nivel nacional para el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento; y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 072-2003-VIVIEN- DA/SG se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº003-2003/VIVIENDA, cuyo objeto era la contratación de unaempresa de suministro de Pasajes Aéreos en el ámbitonacional para el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, por un valor referencial de S/. 336, 321.00; Que, a través del Informe Nº 001-2003/VIVIENDA - COMT.ESP, el Presidente del Comité Especial comunicó ala Secretaría General el recurso de apelación interpuestopor la empresa Domiruth Travel Service S.A.C,. debidamen-te representada por su Gerente General, Sra. Doris Sama-niego de Medina, contra la calificación técnica realizada alpostor ganador de la Buena Pro, Consorcio ContactusS.A.C - Jaer Servicios Turísticos S.A.C.; Que, mediante Oficio Nº 1061-2003/VIVIENDA-SG, se solicitó a la empresa impugnante cumpla con precisar supretensión de acuerdo a las normas vigentes sobre la ma-