Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2003 (06/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 6 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo, mediante el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 0873-2002-MTC/15.13, de fecha 22 de MORDAZA de 2002, se fijo en S/. 25,418.05 la responsabilidad pecuniaria imputada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA por cobro indebido de pension de orfandad como hija menor de edad que le fuera otorgada por Resolucion Directoral Nº 306-87-TC/CO y caducada por Resolucion Nº 087532000/ONP-DC-20530, por el periodo comprendido desde febrero de 1989, en que cumplio la mayoria de edad, a marzo de 2000; Que, por Resolucion Directoral Nº 0068-2003-MTC/11, de fecha 29 de enero de 2003, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 0873-2002-MTC/15.13; Que, la Oficina General de Auditoria Interna senala que MORDAZA MORDAZA MORDAZA seria presunta responsable de comision de delito contra la Fe Publica, en razon de que en su solicitud y MORDAZA de reclamos que generaron el otorgamiento de su pension de orfandad en su calidad de hija soltera mayor de edad, consigno como documento de identidad la Libreta Electoral Nº 08879437; sin embargo, este documento se encuentra cancelado por motivo de "militar en servicio activo", no existiendo nueva inscripcion a favor de la mencionada persona, segun lo informado por el Gerente de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC a traves de los Oficios Nºs. 733 y 1789-2003-GP/RENIEC; Que, el Director de Personal del Ministerio de Defensa a traves del Oficio Nº 010-2003-VALP/B.01 del 30 de junio de 2003, informa al MTC que MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encuentra registrada en su base de datos del personal que labora en las instituciones armadas, ni ha prestado servicios en ellas; senalando ademas que la Libreta Militar Nº 8800253950 consignada en la libreta electoral de la mencionada persona, pertenece a la Fuerza Aerea del Peru (FAP), de acuerdo a su base de datos de los registros de inscripciones militares de la Jefatura de Reserva y Movilizacion (JEREM), pero que no pertenece a la indicada persona; Que, el hecho de haber usado una libreta electoral cancelada, constituyendo asi un documento publico sin efectos legales, sumado a la inexactitud de su contenido ya que la libreta militar consignada no le pertenece a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, todo ello configuraria delito de contra la Fe Publica en la modalidad que tipifica el articulo 428º del Codigo Penal, en cuya comision estaria involucrada dicha persona, correspondiendo al organo jurisdiccional determinar el ilicito penal que se le imputa teniendose en cuenta el perjuicio causado al Estado al haberse otorgado pension de orfandad con un documento aparentemente ilegitimo; Que, por Resolucion Directoral Nº 0746-2003-MTC/11 del 12 de junio de 2003, se ha suspendido la pension de orfandad de MORDAZA MORDAZA Meneses; Que, resulta necesaria la intervencion del Procurador Publico del MTC para que ejerza las acciones legales correspondientes, en defensa de los intereses del Estado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, tendientes a recuperar el adeudo al Estado por S/. 25,418.05 mas los intereses de ley, asi como por la presunta comision de delito contra la Fe Publica, conforme se senala en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20314

Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio fiscal 2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 918-2003-MTC/01 MORDAZA, 31 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 085-2003MTC/01, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Unidades Ejecutoras 001 - Administracion General, 002-Aereo, 003-Acuatico, 004 - Circulacion Terrestre, 005-Caminos y 010-Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente al ejercicio presupuestal del ano 2003; Que, dicho Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones han sido modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 391, 519, 667, 769 y 800-2003-MTC/01; Que, por Memorandums Nºs. 1130 y 1183-2003-MTC/ 10, la Directora General de la Oficina General de Administracion solicita la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001 - Administracion General y 010-Comunicaciones; Que, por Memoramdum Nº 248-2003-MTC/10.01, el Director de Administracion Presupuestal de la Oficina General de Administracion, manifiesta que las modificaciones propuestas cuentan con la prevision presupuestal correspondiente; Que, por Memorandum Nº 403-2003-MTC/03.03, la Jefa de la Unidad Ejecutora 010-Comunicaciones, manifiesta que las modificaciones propuestas cuentan con la cobertura presupuestal correspondiente; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas propuestas; Que, el numeral 6 de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 200-2001CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado en cualquier momento, durante el decurso del ejercicio presupuestal o en caso de reprogramacion de las metas propuestas; Que, segun el mencionado dispositivo, toda modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, sea por inclusion o exclusion de procesos de seleccion, debera ser aprobada por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, o por el funcionario o dependencia delegada; Que, en consecuencia, corresponde modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 085-2003-MTC/01 y modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 391, 519, 667, 769 y 800-2003-MTC/01, en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001 - Administracion General y 010-Comunicaciones; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001 - Administracion General y 010-Comunicaciones, de acuerdo a los MORDAZA que, como Anexos, forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina General de Administracion ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro

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