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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G35/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de noviembre de 2003 Que, asimismo, mediante el artículo 4º de la Resolu- ción Directoral Nº 0873-2002-MTC/15.13, de fecha 22de mayo de 2002, se fijó en S/. 25,418.05 la responsabi-lidad pecuniaria imputada a Liliana Ángeles Meneses porcobro indebido de pensión de orfandad como hija menorde edad que le fuera otorgada por Resolución DirectoralNº 306-87-TC/CO y caducada por Resolución Nº 08753-2000/ONP-DC-20530, por el período comprendido des-de febrero de 1989, en que cumplió la mayoría de edad,a marzo de 2000; Que, por Resolución Directoral Nº 0068-2003-MTC/11, de fecha 29 de enero de 2003, se declaró improcedente elrecurso de reconsideración interpuesto por Liliana Ánge-les Meneses contra el artículo 4º de la Resolución Directo-ral Nº 0873-2002-MTC/15.13; Que, la Oficina General de Auditoría Interna señala que Liliana Ángeles Meneses sería presunta responsablede comisión de delito contra la Fe Pública, en razón deque en su solicitud y presentación de reclamos que gene-raron el otorgamiento de su pensión de orfandad en sucalidad de hija soltera mayor de edad, consignó comodocumento de identidad la Libreta Electoral Nº 08879437;sin embargo, este documento se encuentra cancelado pormotivo de "militar en servicio activo", no existiendo nuevainscripción a favor de la mencionada persona, según loinformado por el Gerente de Procesos del Registro Na-cional de Identificación y Estado Civil - RENIEC a travésde los Oficios Nºs. 733 y 1789-2003-GP/RENIEC; Que, el Director de Personal del Ministerio de Defensa a través del Oficio Nº 010-2003-VALP/B.01 del 30 de juniode 2003, informa al MTC que Liliana Ángeles Meneses nose encuentra registrada en su base de datos del personalque labora en las instituciones armadas, ni ha prestadoservicios en ellas; señalando además que la Libreta MilitarNº 8800253950 consignada en la libreta electoral de lamencionada persona, pertenece a la Fuerza Aérea del Perú(FAP), de acuerdo a su base de datos de los registros deinscripciones militares de la Jefatura de Reserva y Movili-zación (JEREM), pero que no pertenece a la indicada per-sona; Que, el hecho de haber usado una libreta electoral can- celada, constituyendo así un documento público sin efec-tos legales, sumado a la inexactitud de su contenido yaque la libreta militar consignada no le pertenece a LilianaÁngeles Meneses, todo ello configuraría delito de contra laFe Pública en la modalidad que tipifica el artículo 428º delCódigo Penal, en cuya comisión estaría involucrada dichapersona, correspondiendo al órgano jurisdiccional deter-minar el ilícito penal que se le imputa teniéndose en cuentael perjuicio causado al Estado al haberse otorgado pen-sión de orfandad con un documento aparentemente ilegíti-mo; Que, por Resolución Directoral Nº 0746-2003-MTC/11 del 12 de junio de 2003, se ha suspendido la pensión deorfandad de Liliana Ángeles Meneses; Que, resulta necesaria la intervención del Procurador Público del MTC para que ejerza las acciones legales co-rrespondientes, en defensa de los intereses del Estado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones para que inicie yculmine las acciones legales que correspondan contra Li-liana Ángeles Meneses y los que resulten responsables,tendientes a recuperar el adeudo al Estado por S/. 25,418.05más los intereses de ley, así como por la presunta comi-sión de delito contra la Fe Pública, conforme se señala enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Pú-blico, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 20314/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 918-2003-MTC/01 Lima, 31 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085-2003- MTC/01, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones de las Unidades Ejecutoras 001 - AdministraciónGeneral, 002-Aéreo, 003-Acuático, 004 - Circulación Te-rrestre, 005-Caminos y 010-Comunicaciones del Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente alejercicio presupuestal del año 2003; Que, dicho Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones han sido modificado por las Resoluciones Ministe-riales Nºs. 391, 519, 667, 769 y 800-2003-MTC/01; Que, por Memorándums Nºs. 1130 y 1183-2003-MTC/ 10, la Directora General de la Oficina General de Adminis-tración solicita la modificación del Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones del Ministerio en lo correspondientea las Unidades Ejecutoras 001 - Administración General y010-Comunicaciones; Que, por Memorámdum Nº 248-2003-MTC/10.01, el Director de Administración Presupuestal de la Oficina Ge-neral de Administración, manifiesta que las modificacionespropuestas cuentan con la previsión presupuestal corres-pondiente; Que, por Memorándum Nº 403-2003-MTC/03.03, la Jefa de la Unidad Ejecutora 010-Comunicaciones, manifiestaque las modificaciones propuestas cuentan con la cober-tura presupuestal correspondiente; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones puede ser modificadode conformidad con la asignación presupuestal o en casode reprogramación de metas propuestas; Que, el numeral 6 de la Directiva Nº 022-2001-CON- SUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones podrá ser modificado en cual-quier momento, durante el decurso del ejercicio presupues-tal o en caso de reprogramación de las metas propuestas; Que, según el mencionado dispositivo, toda modifica- ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, seapor inclusión o exclusión de procesos de selección, debe-rá ser aprobada por el Titular del Pliego o la máxima auto-ridad administrativa de la Entidad, según corresponda, opor el funcionario o dependencia delegada; Que, en consecuencia, corresponde modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2003del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 085-2003-MTC/01 y modifi-cado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 391, 519, 667,769 y 800-2003-MTC/01, en lo correspondiente a las Uni-dades Ejecutoras 001 - Administración General y 010-Co-municaciones; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamen-to, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, ysus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras001 - Administración General y 010-Comunicaciones, deacuerdo a los cuadros que, como Anexos, forman parteintegrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración ponga en conocimiento del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO-DE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro