Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2003 (13/11/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 254949

VIVIENDA
Autorizan a procuradora del INFES a interponer acciones judiciales contra empresa contratista por irregularidades en construccion de obra
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 246-2003-VIVIENDA MORDAZA, 12 de noviembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 1649-2003-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autorice a la Procuradora Publica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a interponer acciones judiciales que correspondan, contra CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, suscrito el 6 de MORDAZA de 1995, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrato con CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA), la ejecucion de obras de infraestructura para el C.E. Nº 3024 "JOSE MORDAZA MARIATEGUI", ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, materia de la Licitacion Publica Nº 102-95-PRES-INFES; cabe indicar que mediante Resolucion Directoral Nº 1224 de fecha 23 de MORDAZA de 1997, la Unidad de Servicios Educativos Nº 02, MORDAZA - Independencia - San MORDAZA de Porres - Los MORDAZA, asigna el nombre de "JOSE MORDAZA ENCINAS" al Centro Educativo Estatal Nº 3024; Que, concluida la ejecucion fisica de la obra y levantada las observaciones formuladas, la obra fue recibida por la Comision de Recepcion, suscribiendose el Acta de Recepcion de Obra con fecha 29 de MORDAZA de 1996; aprobandose la Liquidacion Final del Contrato de Obra mediante Resolucion de Gerencia General Nº 570-97-PRES-INFES del 29 de MORDAZA de 1997; Que, de la inspeccion ocular efectuada al referido Centro Educativo, por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien mediante Informe Nº 084-2003-AT-GO-INFES-VIVIENDA, de fecha 31 de marzo del 2003, informa que se ha detectado la existencia de deficiencias constructivas y vicios ocultos, cuyas reparaciones son responsabilidad del contratista CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA), lo cual le fue comunicado por la Gerencia General mediante Edicto publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA del 2003; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 509-2003-INFES-VIVIENDA del 17 de MORDAZA del 2003, se aprobo el Presupuesto que se requiere para la reparacion de las deficiencias constructivas del citado Centro Educativo, por cuenta del Contratista, el que asciende a la suma de S/. 64 438,15 (SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 15/100 NUEVOS SOLES); la que fue puesta en conocimiento del Contratista mediante Edicto, publicado en el Diario Oficial El Peruano, de fecha 4 de agosto del 2003, no presentando este impugnacion alguna dentro del plazo otorgado, por lo que legalmente, ha quedado consentida; Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las deficiencias constructivas de la obra C.E. Nº 3024 "JOSE MORDAZA ENCINAS", se encuentra plenamente acreditada y no habiendo asumido este su responsabilidad contractual, es pertinente exigir su cumplimiento en la via judicial, siendo necesario autorizar a la Procuradora Publica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del INFES a interponer las acciones judiciales que corresponda contra CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA), en representacion y defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y,

De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el contratista CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica Ad Hoc designada, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 21123

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Delegan en el Gerente de Recursos Humanos la facultad de emitir resoluciones sobre acciones de personal, salvo para aquellas de competencia exclusiva del Contralor General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 381-2003-CG MORDAZA, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 055-2003-CG y modificado por las Resoluciones de Contraloria Nºs. 152, 226 y 367-2003-CG, el Departamento de Recursos Humanos es el encargado de administrar los recursos humanos de este Organismo Superior de Control, de conformidad con la legislacion laboral y las politicas emitidas por el Contralor General, conduciendo los procesos de seleccion, contratacion, asignacion y promocion del personal, y realizando su evaluacion periodica; Que, con el proposito de optimizar el procedimiento administrativo interno en materia de personal a cargo de la Contraloria General de la Republica, resulta pertinente delegar en el Gerente del Departamento de Recursos Humanos, la facultad de emitir resoluciones sobre acciones de personal de indole laboral, que resulten necesarios; Que, el articulo 32º de la citada Ley Organica senala las facultades del Contralor General de la Republica en el desempeno de su gestion, indicandose que las mismas pueden ser objeto de delegacion, con excepcion, entre otros, de las previstas en los literales a) y g) de dicho articulo, relacionadas con acciones de personal; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Gerente de Recursos Humanos la facultad de emitir resoluciones sobre acciones de personal, que resulten necesarias, salvo para aquellas a que se refieren los literales a) y g) del articulo 32º de la Ley Nº 27785, que son de competencia exclusiva del Contralor General.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.