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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G39/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de noviembre de 2003 VIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G46/G45/G53/G20/G61 /G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G69/G73/G74/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2003-VIVIENDA Lima, 12 de noviembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 1649-2003-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autori- ce a la Procuradora Pública Ad Hoc encargada de los asun-tos judiciales del Instituto Nacional de Infraestructura Edu- cativa y de Salud - INFES, a interponer acciones judiciales que correspondan, contra CONSTRUCTORA BAZO S.A.(COBASA); y, CONSIDERANDO:Que, mediante Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, suscrito el 6 de abril de 1995, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN-FES, contrató con CONSTRUCTORA BAZO S.A. (CO- BASA), la ejecución de obras de infraestructura para el C.E. Nº 3024 "JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI", ubicadoen el distrito de San Martín de Porres, provincia y depar- tamento de Lima, materia de la Licitación Pública Nº 102-95-PRES-INFES; cabe indicar que mediante Re-solución Directoral Nº 1224 de fecha 23 de julio de 1997, la Unidad de Servicios Educativos Nº 02, Rímac - In- dependencia - San Martín de Porres - Los Olivos, asig-na el nombre de "JOSÉ ANTONIO ENCINAS" al Cen- tro Educativo Estatal Nº 3024; Que, concluida la ejecución física de la obra y levanta- da las observaciones formuladas, la obra fue recibida por la Comisión de Recepción, suscribiéndose el Acta de Re- cepción de Obra con fecha 29 de mayo de 1996; aprobán-dose la Liquidación Final del Contrato de Obra mediante Resolución de Gerencia General Nº 570-97-PRES-INFES del 29 de abril de 1997; Que, de la inspección ocular efectuada al referido Cen- tro Educativo, por el Ing. Pedro Morales Marcos, quien mediante Informe Nº 084-2003-AT-GO-INFES-VIVIENDA,de fecha 31 de marzo del 2003, informa que se ha detecta- do la existencia de deficiencias constructivas y vicios ocul- tos, cuyas reparaciones son responsabilidad del contratis-ta CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA), lo cual le fue comunicado por la Gerencia General mediante Edicto pu- blicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de mayo del2003; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 509-2003-INFES-VIVIENDA del 17 de julio del 2003, seaprobó el Presupuesto que se requiere para la repara- ción de las deficiencias constructivas del citado Centro Educativo, por cuenta del Contratista, el que asciendea la suma de S/. 64 438,15 (SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 15/100 NUEVOS SOLES); la que fue puesta en conocimientodel Contratista mediante Edicto, publicado en el Diario Oficial El Peruano, de fecha 4 de agosto del 2003, no presentando éste impugnación alguna dentro del plazootorgado, por lo que legalmente, ha quedado consenti- da; Que, la responsabilidad del mencionado Contratis- ta, de reparar las deficiencias constructivas de la obra C.E. Nº 3024 "JOSÉ ANTONIO ENCINAS", se encuen- tra plenamente acreditada y no habiendo asumido éstesu responsabilidad contractual, es pertinente exigir su cumplimiento en la vía judicial, siendo necesario autori- zar a la Procuradora Pública Ad Hoc encargada de losasuntos judiciales del INFES a interponer las acciones judiciales que corresponda contra CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA), en representación y defensa delos intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; y,De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del InstitutoNacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el contratista CONSTRUCTORA BAZO S.A. (COBASA), porlas razones expuestas en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública Ad Hoc designada, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 21123 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G48/G75/G2D /G6D/G61/G6E/G6F/G73/G20/G6C/G61/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G73/G61/G6C/G76/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G71/G75/G65/G6C/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G78/G63/G6C/G75/G73/G69/G2D/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 381-2003-CG Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, conforme al Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Contraloría General de la República, aproba-do por Resolución de Contraloría Nº 055-2003-CG y modi- ficado por las Resoluciones de Contraloría Nºs. 152, 226 y 367-2003-CG, el Departamento de Recursos Humanos esel encargado de administrar los recursos humanos de este Organismo Superior de Control, de conformidad con la le- gislación laboral y las políticas emitidas por el ContralorGeneral, conduciendo los procesos de selección, contra- tación, asignación y promoción del personal, y realizando su evaluación periódica; Que, con el propósito de optimizar el procedimiento administrativo interno en materia de personal a cargo de la Contraloría General de la República, resulta per-tinente delegar en el Gerente del Departamento de Re- cursos Humanos, la facultad de emitir resoluciones so- bre acciones de personal de índole laboral, que resul-ten necesarios; Que, el artículo 32º de la citada Ley Orgánica seña- la las facultades del Contralor General de la Repúblicaen el desempeño de su gestión, indicándose que las mismas pueden ser objeto de delegación, con excep- ción, entre otros, de las previstas en los literales a) y g)de dicho artículo, relacionadas con acciones de perso- nal; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacio- nal de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Gerente de Recursos Humanos la facultad de emitir resoluciones sobre accio- nes de personal, que resulten necesarias, salvo para aque- llas a que se refieren los literales a) y g) del artículo 32º dela Ley Nº 27785, que son de competencia exclusiva del Contralor General.