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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G39/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de noviembre de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º. - IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de transmisión de la que es titular ELECTRONOROESTE S.A., las servidumbres deelectroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de trans- misión 22,9 kV Derivación Chirinos desde el poste P155de la línea de transmisión de 22,9 kV SE Paimas - SE La Tina, ubicada en el distrito de Suyo, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, de acuerdo a la documentacióntécnica y los planos proporcionados por la empresa, con- forme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Inicio y llegada de Nivel de Nº de Longitud Ancho la línea eléctrica tensión ternas (km) de la faja ( kV ) ( m ) 21121801 Deriv ación Chirinos 22,9 01 0,81 11 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la- bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTRONOROESTE S.A. deberá adop- tar las medidas necesarias a fin que el área de servidum- bre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición,quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ELECTRONOROESTE S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por las servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 19301 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 463-2003-MEM/DM Lima, 13 de octubre de 2003VISTO: El Expediente Nº 21121601 organizado por ELECTRONOROESTE S.A., sobre imposición de las ser- vidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, con-servación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de transmisión de 22,9 kV Derivación Cachaquito desde el poste P146 de la línea de transmisión de 22,9 kVSE Paimas - SE La Tina; CONSIDERANDO: Que, ELECTRONOROESTE S.A., titular de la conce- sión definitiva para desarrollar la actividad de transmisiónde energía eléctrica en la línea de transmisión de 22,9 kV Derivación Cachaquito desde el poste P146 de la LT 22,9 kV SE Paimas - SE La Tina, en mérito de la ResoluciónSuprema Nº 106-99-EM de fecha 4 de agosto de 1999, ha solicitado la imposición de las servidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación delas obras e instalaciones de dicha línea, ubicada en el dis- trito de Suyo, provincia de Ayabaca, departamento de Piu- ra; Que, el artículo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el derecho de impo- ner una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga aindemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentación que obra en el expediente, el concesionario ha compensado a los propie- tarios de los predios de propiedad privada afectados por la imposición de las servidumbres que se indican en el pri-mer considerando de la presente Resolución; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re- quisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 169-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º. - IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de transmisión de la que es titular ELECTRONOROESTE S.A., las servidumbres deelectroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de trans- misión 22,9 kV Derivación Cachaquito desde el poste P146de la línea de transmisión de 22,9 kV SE Paimas - SE La Tina, ubicada en el distrito de Suyo, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, de acuerdo a la documentacióntécnica y los planos proporcionados por la empresa, con- forme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Inicio y llegada de Nivel de Nº de Longitud Ancho la línea eléctrica tensión ternas (km) de la faja ( kV ) ( m ) 21121601 Deriv ación Cachaquito 22,9 01 3,05 11 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTRONOROESTE S.A. deberá adop- tar las medidas necesarias a fin que el área de servidum- bre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente encaso de incumplimiento. Artículo 4º.- ELECTRONOROESTE S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada porlas servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier tipo deconstrucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 19302 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 464-2003-MEM/DM Lima, 13 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 21121501 organizado por ELECTRONOROESTE S.A., sobre imposición de las ser- vidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, con- servación y reparación de las obras e instalaciones de lalínea de transmisión de 22,9 kV Derivación Suyo desde el poste P98 de la línea de transmisión de 22,9 kV SE Pai- mas - SE La Tina; CONSIDERANDO: Que, ELECTRONOROESTE S.A., titular de la conce- sión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la línea de transmisión de 22,9 kVDerivación Suyo desde el poste P98 de la LT 22,9 kV SE Paimas - SE La Tina, en mérito de la Resolución Suprema Nº 106-99-EM de fecha 4 de agosto de 1999, ha solicitadola imposición de las servidumbres de electroducto y de trán- sito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de dicha línea, ubicada en el distrito de Suyo,provincia de Ayabaca, departamento de Piura; Que, el artículo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el derecho de impo-ner una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado;