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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G39/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de noviembre de 2003 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 430-2003-JUS Lima, 10 de noviembre de 2003 Visto el Oficio Nº 782-2003-JUS/PPMJ, de fecha 29 de abril de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el ExpedienteNº 0647 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 197-2003-SUNARP-RPU/ JEF, de fecha 24 de abril de 2003, la Jefatura del Re-gistro Predial Urbano, remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Informe Nº 068-2003-SUNARP-RPU/GAL ydocumentación sobre Indicios de Comisión de Delito y Acciones Legales, a efectos de que se expida la Resolu- ción Ministerial que autorice iniciar la acción penal con-tra las personas involucradas y contra los que resulten responsables por la presunta comisión de delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Docu-mentos, previsto y penado en el artículo 427º de nues- tro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante el Oficio referido en el párrafo prece- dente, la Jefatura del Registro Predial Urbano, remite el Informe Nº 068-2003-SUNARP-RPU/GAL, de fecha 16 de abril de 2003, que establece que el señor VíctorRaúl Arias Rivera habría cometido el delito en mención consistente en haber falsificado la Constancia de Inscripción de Propiedad, supuestamente emitidos porel Registro Predial Urbano, documentos que se encuen- tran suscritos presuntamente por los Registradores Públicos Luis Fuertes Arrieta y Blanca Borda Gonza-les, sustentado en el Informe Nº 051-2003-SUNARP- RPU/GR-GD1, de fecha 23 de abril de 2003, del cual se desprende que la Partida Registral PO1159752, co-rrespondiente al lote 05 de la Mz. 54, Urbanización Perú, Zona VII, distrito de San Martín de Porres, no existe inscripción de las edificaciones respecto de las cualesse habrían otorgado las Constancias de Inscripción de Edificación fraguadas; Que, en estricta atención a lo solicitado por la Procu- raduría Pública del Ministerio de Justicia en su Oficio Nº 782-2003-JUS-PPMJ, de fecha 29 de abril de 2003, y en virtud a los hechos que se desprenden del InformeNº 068-2003-SUNARP-RPU/GAL, de fecha 16 de abril de 2003, Nº 051-2003-SUNARP-RPU-GR/GD1, de fe- cha 23 de abril de 2003, y con el objeto de reunir laspruebas de la realización de los delitos y las circunstan- cias en que se han realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación quehayan tenido el autor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justi- cia, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado, interponga las acciones judicialescorrespondientes contra Víctor Raúl Arias Rivera y con- tra los que resulten responsables conforme a los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción y antecedentes del caso a la Procuradora Públicamencionada, para su conocimiento y fines correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 20998RELACIONES EXTERIORES /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G2D /G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G2D /G6E/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G46/G6F/G72/G74/G61/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G74/GFA/G6E/G20/G54/G72/G6F/G70/G69/G63/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 284-2003-RE Lima, 12 de noviembre de 2003 Visto el Memorándum (AMA) Nº 357 de 4 de noviembre de 2003, de la Dirección de Asuntos Marítimos y Antárti- cos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Debiendo suscribirse el "Convenio para el Fortale- cimiento de la Comisión Interamericana del Atún Tropi- cal establecida por la Convención de 1949 entre losEstados Unidos de América y la República de Costa Rica", el 14 de noviembre de 2003; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:1.- Delegar en la persona del Ministro Nestor Popolizio Bardales, Encargado de Negocios a.i. del Perú en los Es-tados Unidos de América, las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el "Con- venio para el Fortalecimiento de la Comisión Interame-ricana del Atún Tropical establecida por la Convención de 1949 entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica", el 14 de noviembre de 2003. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Ministro Nestor Popolizio Bardales, Encargado de Nego- cios a.i. del Perú en los Estados Unidos de América. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21151 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G59/G6F/G72/G6B/G2C/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G65/G6C/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G22/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G6F/G6E/G53/G74/G61/G74/G65/G6D/G65/G6E/G74/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 285-2003-RE Lima, 12 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Economía y Finanzas viene reali- zando gestiones con el objeto de inscribir un Programa deEmisión de Bonos en la Securities and Exchange Com- mission (SEC), en la ciudad de Nueva York, Estados Uni- dos de América, el 6 de noviembre de 2003; Que uno de los requisitos exigidos por la Securities and Exchange Commission, es que la República del Perú auto- rice a un representante en el Perú y a otro en los EstadosUnidos de América, para firmar el documento denominado "Registration Statement", a través del cual se iniciará el proceso de registro de los Bonos Globales; Que, en consecuencia, es necesario delegar en la per- sona del Embajador en el Servicio Diplomático de la Repú- blica, Helí Peláez Castro, Cónsul General del Perú en Nue-va York, Estados Unidos de América, las facultades sufi- cientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el mencionado documento;