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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G33/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de noviembre de 2003 ORDENANZA MUNICIPAL Nº EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao en Sesión Ordinaria de fecha ...; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades promueven el desarrollo hu- mano integral a nivel de su jurisdicción, propiciando el de- sarrollo sostenible de las comunidades educadoras, así como el equipamiento y el mejoramiento de la infra-estructura de los locales educativos, de acuerdo a las fun-ciones que en esta materia le son asignadas por el Artícu-lo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972; Que, el marco legal tributario vigente permite el pago de la deuda tributaria a través de medios distintos al dine-rario, conforme lo establece el Texto Único Ordenado delCódigo Tributario; Que, resulta necesaria la dación de un marco estruc- tural que precise la celebración de convenios que coadyu-ven a la consolidación del sistema educativo dentro de lajurisdicción del Cercado Callao; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA DE PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE DEUDA TRIBUTARIA POR INVERSIÓN EN EDUCACIÓN Artículo 1º.- Las personas naturales o jurídicas que mantengan adeudos por concepto de tributos cuya admi-nistración corresponda a la Municipalidad Provincial delCallao, podrán cancelar hasta el veinte por ciento (20%) del total de la misma, a través de la entrega de bienes y/o a la ejecución de servicios, destinados al mejoramiento de lainfraestructura y/o enseñanza de colegios de educaciónpública y en general a la optimización del Sistema Educa-tivo dentro de la jurisdicción del distrito del Cercado Ca-llao. Para los efectos de la presente Ordenanza, se entien- de susceptible de ser materia de acogimiento, la deuda tri-butaria generada o por generarse. Artículo 2º.- Para efectos del acogimiento del pago de deuda tributaria por inversión en educación pública, el soli-citante deberá presentar su petición, acompañada de lossiguientes documentos: a) Copia simple del documento de identidad o compro- bante información registrada en el RUC expedido por SU- NAT, del contribuyente o su representante legal de ser elcaso. b) Pericia de valorización suscrita por profesional cole- giado (de corresponder).c) Proyecto de Inversión; el que consistirá en un resu- men que deberá definir con precisión, las característicasde los bienes y servicios, grado de disponibilidad de losmismos, valor referencial y demás especificaciones técni- cas, así como su potencialidad de empleo en el ámbito educativo. d) Documento que sustente la propiedad de los bienes ofrecidos en calidad de pago, de corresponder. Artículo 3º.- Confórmese un Comité evaluador de las solicitudes que sean presentadas por los deudores tributa- rios, conforme al Artículo 1º de la presente Ordenanza, elmismo que estará integrado por: a) El Gerente Municipal, quien la presidirá. b) El Gerente de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica. c) El Gerente de la Dirección de Servicios Sociales y Culturales. El Comité sesionará en forma permanente, debiendo contar con la asistencia del número total de sus miembrospara la adopción de las decisiones. Para efectos de la eva-luación de las solicitudes presentadas, el Comité podrásolicitar a cualquiera de las Direcciones u Oficinas inte- grantes de la Municipalidad, los informes que estime con- venientes. Los Acuerdos del Comité son apelables y serán re- sueltos en última instancia por el Alcalde Provincial delCallao. Artículo 4º.- Los Convenios de pago de deuda en inversión en educación deberán establecer las medidasapropiadas para asegurar la adecuada y efectiva admi-nistración de los bienes y/o servicios, así como los me-canismos que permitan la verificación de su correcta ges-tión. Artículo 5º.- Los bienes y/o servicios que sean entre- gados o ejecutados dentro del marco de esta Ordenanza, serán destinados a la ejecución de proyectos de desarro- llo, administrativos por un Comité Especial de Control, cu-yos integrantes serán designados mediante Resolución deAlcaldía, permaneciendo en funciones hasta el término delConvenio suscrito. Artículo 6º.- Mediante Decreto de Alcaldía, se se- ñalarán a las instituciones educativas del sector públi-co que serán beneficiarias de los proyectos de desa- rrollo, con preferencia de los sectores de extrema po- breza. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 21415MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prepublicación de la Ordenanza de Procedimiento para el Pago de Deuda Tributaria por Inversión en Educación Sugerencias: Cualquier sugerencia deberá ser enviada a los siguientes correos electrónicos: eflores@m unicallao.gob.pe y secg en@m unicallao.gob.pe durante los siguientes siete días./G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F