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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G35/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de noviembre de 2003 nación del Cincuenta por Ciento (50%) de Intereses Moratorios de Deudas Tributarias de Períodos Venci- dos y su capitalización por la Suscripción de Convenio de Fraccionamiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Rentas y a la Oficina de Ejecutoría de Procedimientos Coactivos el estricto cumplimiento de lo dispuesto enla presente Ordenanza, a la Unidad de Informática la correspondiente implementación, a la Secretaría Gene- ral su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a laUnidad de Comunicaciones su debida difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 21351 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73/G20/G6D/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G2D /G74/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 0129-CDLO Los Olivos, 5 de noviembre del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, apro- bó la siguiente: ORDENANZA Nº 129-CDLO PRORROGA EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES ESTABLECIDO POR ORDENANZA Nº 0122-CDLO Artículo Primero.- PRORROGAR en todos sus extremos a partir del 16 de noviembre y hasta el 31 dediciembre del presente ejercicio, la vigencia de la Or- denanza Nº 0122-CDLO sobre Beneficio de CON- DONACIÓN de los intereses moratorios y ajustes detodas aquellas obligaciones tributarias correspondien- tes a períodos vencidos a la fecha, por el pago al con- tado de todas las deudas contenidas dentro del perío-do anual correspondiente. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Rentas y a la Oficina de Ejecutoría de Procedimientos Co-activos el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la pre- sente Ordenanza, a la Unidad de Informática la correspon- diente implementación, a la Secretaría General su publica-ción en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Comu- nicaciones su debida difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 21352 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 0125-CDLO Mediante Oficio Nº 213-2003-MDLO/SG, la Munici- palidad Distrital de Los Olivos solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 01258-CDLO, que aprobó el Reglamento para la Administración de Instalaciones De-portivas de Uso Público en el distrito de Los Olivos, publi- cada en nuestra edición del día 9 de noviembre de 2003, en la página 254745.Artículo 16º, literal e). DICE: Artículo 16º.- Los Comités Administrativos de las insta- laciones deportivas mayores estarán conformados con los siguientes cargos: (...) e) Fiscal (representante de la Asociación de Propieta- rios o de la Organización que haga sus veces). DEBE DECIR: Artículo 16º.- Los Comités Administrativos de las insta- laciones deportivas mayores estarán conformados con los siguientes cargos: (...) e) Fiscal (representante de la Asociación de Propieta- rios o de la Organización que haga sus veces). El cargo de Fiscal le corresponde por derecho propio a la Asociación de Propietarios u organización que haga sus veces, el mismo que no integra ninguna lista en el procesoelectoral. Artículo 17º.-DICE: Artículo 17º.- Las Asociaciones de Propietarios o los que hagan sus veces, al momento de llamar a elecciones para conformar los Comités Administrativos de las instala-ciones deportivas mayores, lo harán convocando a los ve- cinos del sector, verificando su convivencia en dicho lugar. DEBE DECIR: Artículo 17º.- Las Asociaciones de Propietarios o los que hagan sus veces, al momento de llamar a elecciones para conformar los Comités Administrativos de las instala- ciones deportivas mayores, lo harán convocando a los ve-cinos, organizaciones deportivas, comprendidas en el ám- bito de su representatividad, verificando su condición de residente y/o propietario, lo cual será supervisado por laUnidad de Participación Vecinal. 21354 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G44/G69/G73/G63/G69/G2D /G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20 /G61/G20 /G65/G78/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 778-2003-AL-MDSMP San Martín de Porres, 18 de noviembre de 2003 Visto, el Informe Nº 015-2003/CEPAD de fecha 14 de noviembre del 2003; CONSIDERANDO:Que, el Informe Nº 004-2002-02-2170 VERIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY CONTRA NE-POTISMO DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE SETIEMBRE DEL 2001 Y EL 31 DE AGOSTO DEL 2002, en cuyo inciso 07 del acápite respec-tivo, se recomienda se remita el mismo a la Comisión Es- pecial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin que califique las faltas administrativas allí expuestas, atribui-das a ex funcionarios de esta entidad y se proceda de acuer- do a lo previsto en los artículos 166º al 168º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Bases de laCarrera Administrativa; Que, dicho documento había sido puesto en conoci- miento de la titular de la anterior gestión el 21 de noviem-bre del 2002 por lo que a la fecha aún no ha prescrito, se- gún lo establecido por el Art. 173º del Reglamento de la Carrera Administrativa ya citado que dice: "El proceso ad-