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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G35/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de noviembre de 2003 yen para su engrandecimiento. En la parte inferior una cin- ta roja y blanca a ambos lados como fidelidad y lealtad a la República del Perú. Como fondo una rueda de color gris claro con siete engranajes, que representan la unidad eintegración de las siete provincias de la región, donde se resaltan la frase "Gobierno Regional Amazonas", de color negro, con los correspondientes anexos forman parte de lapresente Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia Regio- nal de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucio-nal, en un plazo que no exceda de 5 días calendario elabo- re la respectiva Directiva, para su aprobación mediante Resolución Presidencial Regional. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones, dis-poniéndose su inclusión en el portal electrónico del Go- bierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Amazonas para su promulgación. En la ciudad de San Juan de la frontera de los Chacha- poyas, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil tres. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente POR TANTO: Mande se publique y cumpla. Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil tres. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Regional 21505 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Go- bierno Regional de Amazonas, mediante Oficio Nº 357-2003-GOBIERNO REGIONAL-AMAZONAS/ORAD de fecha 11 de noviembre de 2003, recibido el 18 de noviem- bre de 2003) ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2003-CR/RA EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, por mandato Constitucional, Ley de Reforma Cons- titucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regio- nales, y conforme a lo dispuesto por el Artículo 2º de la LeyNº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, éstos emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica yadministrativa en asuntos de su competencia, constituyen- do, para su administración económica y financiera un Plie- go Presupuestal; Que, los artículos 11º y 13º, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescriben que el CONSEJO RE- GIONAL, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobier-no Regional, correspondiéndole las atribuciones y funcio- nes que se establecen en la presente Ley, y aquellas que le sean delegadas; Que, el Artículo 15º, inciso a), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene prescrito que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normasque regulan o reglamentan los asuntos y materias de com- petencia y funciones del Gobierno Regional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgá- nica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado porel Consejo Regional, en su quinta sesión extraordinaria, del 28 de febrero del 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO RE-GIONAL DE AMAZONAS, conformada por V títulos, VII capítulos, 76 artículos, 2 disposiciones complementarias, y 4 disposiciones finales, y que como anexo forma partede la presente. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente OrdenanzaRegional en el diario encargado de las publicaciones, dis- poniéndose su inclusión en el portal electrónico del Go- bierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Amazonas para su promulgación. En la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chacha- poyas, a los tres días del mes de marzo del dos mil tres. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mande se publique y cumpla. Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los tres días del mes de marzo del dos mil tres. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 21506 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2003/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi- cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; laLey de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley de Bases de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902; Ley del ProcedimientoAdministrativo General -- Ley Nº 27444; y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 9º de la Ley de Bases de la Descentra- lización Nº 27783, establece las dimensiones de las auto- nomías políticas, administrativas y económicas de los Go- biernos Regionales y en su inciso 9.2. especifica que laautonomía administrativa es la facultad de organizarse in- ternamente, determinar y reglamentar los servicios públi- cos de su responsabilidad; Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que las Ordenanzas Re- gionales norman asuntos de carácter general, la organiza-ción y la administración del Gobierno Regional y reglamen- tan materias de su competencia; Que, el Artículo 4º de la Ley Nº 27902 que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 en su inciso b) establece, como una de las funciones ge- nerales de los Gobiernos Regionales que se ejercerán