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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G35/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de noviembre de 2003 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61 /G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F /G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G4E/G61/G76/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G4D/G61/G72/GED/G74/G69/G6D/G6F/G20/G54/G52/G41/G4E/G53/G41/G4D/G45/G52/G49/G43/G41/G20/G49/G56 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 454-2003-DE/MGP Lima, 13 de noviembre de 2003 Visto el Oficio P.200-4618 del Director General Acc. de Capitanías y Guardacostas, de fecha 23 de octubre del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Vigésimo Quinta Política de Estado del Acuer- do Nacional promueve la participación de las Fuerzas Ar- madas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisférica y las Misiones de Paz en el marco de la Organización delas Naciones Unidas; Que, el inciso (f) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de susfunciones participar y fomentar la implementación de polí- ticas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisférica; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- cas del Sector Defensa, se encuentra la participación en actividades de carácter regional, continental y/o mundial,en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multi- nacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus- teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior, considerándose aquellos que se en- marcan en las visitas oficiales y reuniones de autoridades marítimas en cumplimiento de compromisos internaciona-les; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po-drá autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten in- dispensables para asegurar el cumplimiento de los objeti- vos y metas fijados para el ejercicio del año 2003; Que, es conveniente para los intereses institucio- nales nombrar en Comisión del Servicio en el Extranje- ro al Capitán de Corbeta SGC Pastor Ludwig ZANABRIAAcosta, para que asista a la Reunión de Crítica del Ejer- cicio Interamericano de Control Naval de Tráfico Maríti- mo TRANSAMERICA IV, a realizarse en la ciudad deGuayaquil - ECUADOR, a partir del 24 al 28 de noviem- bre del 2003, lo que redundará en beneficio de la Segu- ridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de laMarina de Guerra del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 de fecha6 de agosto del 2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 junio 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio al Capitán de Corbeta SGC Pastor Ludwig ZANABRIA Acosta, CIP. Nº 01811757, para que asista a la Reunión de Crítica del Ejercicio Interamericano de ControlNaval de Tráfico Marítimo TRANSAMERICA IV, a realizar- se en la ciudad de Guayaquil - ECUADOR, a partir del 23 al 28 de noviembre del 2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, a través de la Dirección de Capitanías y Guar- dacostas, efectuará los pagos que correspondan, de acuer-do a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Guayaquil (Ecuador) - Lima US$ 234.00 x 1 persona Viáticos: US$ 200.00 x 6 días x 1 Oficial SuperiorImpuesto de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 persona (Perú) Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio o término del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- El citado Oficial Superior, deberá cumplir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10º del De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21678 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G2D /G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G65/G6E/G20/G43/G75/G72/G73/G6F/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G53/G69/G6D/G75/G6C/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65 /G56/G75/G65/G6C/G6F/G20/G65/G6E/G20/G68/G65/G6C/G69/G63/GF3/G70/G74/G65/G72/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 455-2003-DE/MGP Lima, 13 de noviembre de 2003Visto el Oficio N.100-2169 del Director de Instrucción, de fecha 22 de octubre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Vigésimo Quinta Política de Estado del Acuer- do Nacional promueve la participación de las Fuerzas Ar-madas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisférica y las Misiones de Paz en el marco de la Organización de las Naciones Unidas; Que, el inciso (f) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar y fomentar la implementación de polí-ticas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisférica; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- cas del Sector Defensa, se encuentra la participación en actividades de carácter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multi-nacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior, considerando aquellos que se enmar-can en la capacitación que no puede realizarse en el Perú; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po-drá autorizarse mediante Resolución Suprema aquellos viajes al exterior que resulten indispensables para asegu- rar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para elejercicio del año 2003; Que, es conveniente para los intereses institucionales nombrar en Misión de Estudios en el Extranjero, al Perso-nal Superior que se indica en la parte resolutiva, a fin que participen en el Curso Recurrente de Simulador de Vuelo en el Helicóptero AB-212, en la Compañía Flight SaffetyInternational, ciudad de Forth Worth, Texas - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a llevarse a cabo del 1 al 7 de diciembre del 2003; por cuanto los conocimientos y expe-riencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguri- dad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Ma- rina de Guerra del Perú;