Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2003 (21/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2003

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 21604 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 451-2003-JUS MORDAZA, 18 de noviembre de 2003 Visto el Oficio Nº 1948-2003-JUS-PPMJ, de fecha 20 de octubre de 2003, de la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, el Registro Nº 1378 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 411-2003-Z.R.NºXII/OL, de fecha 14 de octubre de 2003, la Jefatura de la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA, senala que en la calificacion del Titulo Nº 03012003522913, el Registrador Publico, Dr. Delni MORDAZA MORDAZA, ha procedido a la tacha, en aplicacion a lo dispuesto en el articulo 36º del Reglamento General de los Registros Publicos; Que, segun analisis de la documentacion que corre en autos, y del informe arriba citado, existen indicios suficientes de la presunta comision de un acto ilicito penal, apreciandose que los hechos reunen los elementos de MORDAZA objetivo y subjetivo necesarios para proceder a la denuncia del Delito Contra la Fe Publica "Falsificacion de documento", tipificado en el articulo 427º del Codigo Penal; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razonables de la comision del referido delito, y con el objeto de reunir las pruebas de la realizacion del mismo y las circunstancias en que se ha realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido los autores y otros; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra el senor MORDAZA MORDAZA Salaverry Johanson, y los que resulten responsables por la presunta comision del acto ilicito penal a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, por los fundamentos expuestos en la misma. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 21605

Justicia, el Expediente Nº 1261, Nº 1266, Nº 1265, Nº 1270, y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1437-2003/Z.R.Nº XI-JZ, de fecha 15 de setiembre de 2003, Nº 1442-2003/Z.R.Nº XIJZ, de fecha 17 de setiembre de 2003, Nº 1443-2003/Z.R.Nº XI-JZ, de fecha 17 de setiembre de 2003, Nº 1441-2003/ Z.R.Nº XI-JZ, de fecha 17 de setiembre de 2003, la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica, remite a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentacion sobre Indicios de Comision de Delito y Acciones Legales, a efectos de que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las personas involucradas y contra los que resulten responsables por la presunta comision de delitos contra la Fe Publica en agravio del Estado; Que, mediante los oficios referidos en el parrafo precedente, la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica, remite los Informes Nº 008-2000/ORRLLW-OAI, de fecha 2 de agosto de 2000, Nº 076-2003-Z.R.NºXISede Ica-ORI/ RPV, de fecha 26 de agosto de 2003, Nº 453-2003-Z.R.Nº XI-ORCH, de fecha 28 de agosto de 2003, Nº 081-2003Z.R.NºXI Sede Ica-ORI/RPV, de fecha 8 de setiembre de 2003, de la Oficina Registral de Ica, que establecen que al presentarse las solicitudes de inscripcion de los Titulos detallados en dichos Informes, se anexaron la Escritura Publica de Adjudicacion de Predio falsificada, documento supuestamente expedido por el Notario Publico de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, e insertada la Resolucion Ministerial Nº 3423, de fecha 8 de noviembre de 1996, que se adjudicaba a favor del senor MORDAZA Rissi MORDAZA determinandose que en el ano 1966, el Ministerio de Agricultura solo expidio resoluciones hasta el Nº 2293, todo aquello con la finalidad de utilizarlo para la inscripcion ante el Registro de Propiedad de los Registros Publicos de Ica; las Declaraciones Unicas de Aduanas Nº 172-2002-1688-01-9900 y Nº 172-2001-10-010416 falsificadas con la finalidad de utilizarlos para la inscripcion ante el Registro de Propiedad Vehicular de los Registros Publicos de Ica; la Tarjeta de Identificacion Vehicular Nº 0030618 falsificada, puesto que la firma y sello consignadas en la tarjeta que presentaran como duplicado, difieren de la original, cuando solo se extendio una primera inscripcion de dominio en el que aparece como numero de ruedas seis de ellas y no cuatro como esta consignado en el duplicado de la Tarjeta presentada, con la finalidad de utilizarlo para la inscripcion ante el Registro de Propiedad Vehicular de los Registros Publicos de Ica; Que, los Informes y Oficios citados, originaron expedientes respecto de los cuales, en su tramite, se ha determinado que guardan conexion, siendo procedente y conveniente acumularlos en aplicacion del articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en estricta atencion a lo solicitado por la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia en sus Oficios citados en el parrafo primero, y en virtud a los hechos que se desprenden de los Informes mencionados en la presente resolucion, y con el objeto de reunir las pruebas de la realizacion de los delitos y las circunstancias en que se han realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido el autor y otros en la ejecucion del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 452-2003-JUS MORDAZA, 18 de noviembre de 2003 Visto el Oficio Nº 1756-2003-JUS/PPMJ, de fecha 19 de setiembre de 2003, Nº 1765-2003-JUS/PPMJ, de fecha 22 de setiembre de 2003, Nº 1766-2003-JUS/PPMJ, de fecha 22 de setiembre de 2003, Nº 1770-2003-JUS/PPMJ, de fecha 22 de setiembre de 2003, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de

Articulo 1º.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA Rissi MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jhon Marlom MORDAZA MORDAZA, y contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso a la Procuradora Publica

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