Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2003 (21/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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de MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004. Articulo 2º.- El citado Tecnico pasara a revistar en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Articulo 4º.- El Comandante General de la MORDAZA, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la Mision Diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21719

Amplian nombramiento de oficial de la MORDAZA de MORDAZA para prestar servicios como Agregado MORDAZA a la Representacion Permanente del Peru ante la OEA y delegado ante la JID
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1701-2003-DE/MGP MORDAZA, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, articulo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de seguridad y defensa nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la defensa regional y la seguridad hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y la Organizacion de Estados Americanos, reviste importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comision de Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Superior para que presten servicios en las Agregadurias de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, por Resolucion Ministerial Nº 2078 - DE/MGP de fecha 20 de diciembre del 2002, se nombro en Mision Di-

plomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Contralmirante MORDAZA MORDAZA Deosdado SOLDI Soldi, como Agregado MORDAZA a la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de Estados Americanos (OEA) y Delegado de la MORDAZA de MORDAZA del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Mision Diplomatica del referido Oficial MORDAZA, para que continue prestando servicios como Agregado MORDAZA a la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de Estados Americanos (OEA) y Delegado de la MORDAZA de MORDAZA del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001 y la Resolucion Ministerial Nº 1062 - DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regulan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Mision Diplomatica; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el nombramiento en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Contralmirante MORDAZA MORDAZA Deosdado SOLDI Soldi, CIP. Nº 03719248, para que continue prestando servicios como Agregado MORDAZA a la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de Estados Americanos (OEA) y Delegado de la MORDAZA de MORDAZA del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004. Articulo 2º.- El citado Oficial MORDAZA continuara revistando en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Articulo 4º.- El Comandante General de la MORDAZA, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la Mision Diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21721

ECONOMIA Y FINANZAS
Precios CIF de referencia para aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 022-2003-EF/15 MORDAZA, 19 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en las Tablas Aduaneras del Maiz, Azucar, Arroz y Lacteos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se modifico la Tabla Aduanera del Azucar y se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos

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