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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (22/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G37/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 22 de noviembre de 2003 Intersección con la Av. Hartley”, correspondiendo ser cali- ficado como servicios personalísimos; Por estas consideraciones y con el Informe Técnico- Legal correspondiente, que forman parte del presenteAcuerdo y en ejercicio de las atribuciones que confiere laLey Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, con el votounánime del Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la contratación de los pro- fesionales arquitectos Elizabeth Sarmiento Garro, ErickDías Carrera, Octavio Salinas Valdivia y Rolando SalcedoMeléndez por la modalidad de Servicios Personalísimos,para que elaboren el Proyecto Arquitectónico “Eje Vial An-drés Avelino Cáceres - Tramo comprendido entre la Av.Dolores y el Óvalo de Intersección con la Av. Hartley”. Artículo Segundo.- La contratación de los profesiona- les a que se refiere el numeral anterior se efectuará porProceso de Adjudicación de Menor Cuantía, correspondién-dole al Alcalde fijar los términos y condiciones del contratocorrespondiente. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo será publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndose copia del mis-mo y del informe técnico-legal que lo sustenta a la Contra-loría General de la República dentro de los diez días de suaprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde 21663 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PASTAZA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G6E/G65/G63/G65/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6C/G20/G73/G61/G2D /G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G66/GED/G73/G69/G63/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G2D /G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G6C/G6C/G70/G61/G79/G61/G63/G75/G20/G79/G50/G75/G65/G72/G74/G6F/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 070-03 Ullpayacu, 24 de octubre del 2003El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pastaza;VISTO: El expediente técnico para el Saneamiento Físico Le- gal debidamente aprobado que consta de Memoria Des-criptiva del terreno Ubicado en la Localidad de Ullpayacu -margen del Río Pastaza, distrito de Pastaza, provincia deAlto Amazonas, Región Loreto, Plano Perimétrico y de ubi-cación, declaración jurada que el inmueble materia de ins-cripción no se encuentra sujeto a gravamen, embargo, pro-ceso judicial y declaración jurada de auto avaluó del prediomateria de la inscripción; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Esta- do reconoce a los Órganos de Gobierno Local, autonomíaeconómica y administrativa en los asuntos que le competen; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 071-2001, se declara de interés nacional el Saneamiento Técnico Legaly Contable de los inmuebles de propiedad de las entidadespúblicas tal como se aprecia de su Art. 4º; Que de conformidad al Art. 2º del D. S. Nº 130-2001, la; Municipalidad Distrital de Pastaza está obligada a realizarel Saneamiento Físico Legal de lo bienes de su propiedad,describiéndose en el propio Art. 4º cuales son lo bienes delas Municipalidades; Que el Decreto Supremo invocado describe en su Art. 6º que corresponde a la oficina registral de la Superinten-dencia Nacional de los Registros Públicos, proceder a ins-cribir en el registro de la propiedad inmueble respectivo, lapropiedad de los terrenos, edificaciones, construcciones,modificaciones y derechos de diverso índole;Que por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, las accio- nes de adquisición, disposición, administración y gestiónque realicen las municipalidades respecto a su patrimonio,se rige por su leyes y normatividad especifica, y supleto-riamente por las normas del presente reglamento; en talsentido el Decreto Supremo Nº 018-90-VC, que faculta alas Municipalidades a gestionar la primera inscripción dedominio de lo bienes inmuebles que le pertenecen, sin con-tar con los títulos comprobativos de dominio, de acuerdo alos procedimientos que en el se precisan, y cuya inscrip-ción Registral se hacen en merito de expediente adminis-trativo, contiene un carácter especifico para el presentecaso; y por otro lado teniendo facultad para dictar medidasespecificas para el saneamiento físico legal de los inmue-bles por la presente Resolución y al respaldo del DecretoSupremo Nº 0026-96-PCM, dispositivo estos últimos porsu especialidad atañen a los gobiernos locales, resultanparte diferenciadas en cuanto a su aplicación con el De-creto de Urgencia y las normas pertinentes sobre el sa-neamiento físico Legal de inmuebles de propiedad estatal; De conformidad con lo expuesto y dispuesto por los Arts. 191º y 192º de la Constitución Política del Estado y alo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 y con las facultades y atribuciones de la que se en-cuentra investido; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar de Necesidad y Utilidad Pública y de preferente interés social, el Saneamiento Fí-sico Legal del Terreno UBICADO en la localidad de Ullpa-yacu - río Pastaza y margen del río Pastaza afluente delrío Marañón, distrito de Pastaza, provincia de Alto Amazo-nas, Región Loreto. ADJUDICÁNDOSE a favor de la Muni-cipalidad Distrital de Pastaza, cuyos linderos y medidasperimétricas son las siguientes: Por el Norte .- Con parcelas de terceros y terrenos li- bres del estado para posterior lotización de ampliación ur-bana con una línea quebrada de 2 tramos. a. Primer Tramo.- Con una línea recta B-A de 550.51 ml., formando un ángulo interno en el vértice “B” de 88°. b. Segundo Tramo.- Con una línea recta A-R de 439.59 ml. formando un ángulo interno en el vértice “A” de 136°. Por el Sur .- Con terrenos libres del estado para poste- rior lotización de ampliación urbana, con una línea quebra-da de 9 tramos. a. Primer Tramo.- Con una línea recta “Ñ-N” de 85.97 ml. formando un ángulo interno en el vértice “Ñ” de 67°. b. Segundo Tramo.- Con una línea recta “N-M” de 211.64 ml., formando un ángulo interno en el vértice “N” de112°. c. Tercer Tramo.- Con una línea recta “M-K” de 35.47 ml., formando un ángulo interno en el vértice “M” de 68°. d. Cuarto Tramo.- Con una línea recta “K-J” de 256.26 ml., formando un ángulo interno en el vértice “K” de 113°. e. Quinto Tramo.- Con una línea recta “J-I” de 66.11 ml., formando un ángulo interno en el vértice “J” de 67°. f.Sexto Tramo.- Con una línea recta “I-H” de 205.57 ml., formando un ángulo interno en el vértice “I” de 90°. g. Séptimo Tramo.- Con una línea recta “H-G” de 187.44 ml. formando un ángulo interno en el vértice “H” de 100°. h. Octavo Tramo.- Con una línea recta “G-F” de 256.56° , formando un ángulo interno en el vértice “G” de 73°. i.Noveno Tramo.- Con una línea recta “F-E”, formando un ángulo interno en el vértice “F” de 89°. Por el Este .- Con parcelas de terceros que dan al Río Pastaza y terrenos libres del estado, en una línea quebra-da de cuatro tramos. a. Primer Tramo.- Con una línea recta “Ñ-O” de 487.89 ml., formando un ángulo interno en el vértice “O” de 35°. b. Segundo Tramo.- Con una línea recta “O-P” de 167.65 ml., formando un ángulo interno en el vértice “P” de19°. c. Tercer Tramo.- Con una línea recta “P-Q” de 104.86 ml., formando un ángulo interno en el vértice “Q” de 21°. d. Cuarto Tramo.- Con una línea recta “Q-R” de 416.71 ml., formando un ángulo interno en el vértice “R” de 99°. Por el Oeste .- Con parcelas de terceros y propiedad del estado con una línea quebrada de tres tramos. a. Primer Tramo.- Con una línea recta “E-D” de 150.00 ml., formando un ángulo interno en el vértice “E” de 90°. b. Segundo Tramo.- Con una línea recta “D-C” de 304.58 ml. , formando un ángulo interno en el vértice “D”de 90°. c. Tercer Tramo.- Con una línea recta “C-B” de 376.04 ml., formando un ángulo interno en el vértice “C” de 90°.