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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (03/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G34/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de octubre de 2003 Que, el numeral 6.5 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobado por laResolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, dispone que laparte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneraciónde proceso de selección deberá precisar el tipo y la descrip-ción básica de los bienes, servicios u obras, materia de exone- ración, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la can- tidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar medianteexoneración, según corresponda; Que, es necesaria la incorporación en el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 61-2003-MPL, las especificacionesde los productos a adquirirse por la Declaratoria de Urgencia del Suministro de los Recursos del Programa de Vaso de Leche y la exoneración del referido proceso de selección (Ad-judicación de Menor Cuantía), debiéndose especificar que losproductos a adquirirse son: 16,654.00 unidades de leche eva-porada de vaca de 419 grs., 2,747.36 kilos de hojuela decebada y 1,499.00 kilos de alimento enriquecido lácteo, mante- niéndose todo lo demás que contiene; En uso de las facultades conferidas en los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, el Concejo por votación UNÁNIME y con dispen-sa del trámite de lectura y aprobación de Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- INCORPORAR en el Artículo Pri- mero del Acuerdo de Concejo Nº 61-2003-MPL, queaprueba la Declaratoria de Urgencia y exonera de Adju- dicación Directa Selectiva para la Adquisición de los Suministros de los Recursos del Programa de Vaso de Leche del distrito de Pueblo Libre, el siguiente párrafo: "Los productos a adquirirse son: 16,654.00 unidades de leche evaporada de vaca de 419 grs., 2,747.36 kilosde hojuela de cebada y 1,499.00 kilos de alimento enrique- cido lácteo, los mismos que serán adquiridos mediante Adjudicación de Menor Cuantía, mientras dure la decla-ratoria de Urgencia." Ratificándose todo lo demás que contiene. Artículo Segundo.- Disponer que el Director de la Oficina de Administración, remita copia del presente Acuerdo y de los informes que lo sustentan a la Contralo-ría General de la República, dentro de los 10 días calen-dario, siguientes a la fecha de aprobación del mismo,conforme lo dispone el artículo 20º del Decreto SupremoNº 012-2001-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración, la publicación del presente y a la Gerencia Municipaldar cuenta al Concejo, al finalizar el período de urgencia. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 18108 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00546 Callao, 24 de setiembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAOVISTO, el Memorándum Nº 2103-2003-MPC-OGA de la Oficina General de Administración de fecha 23 deagosto de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000017 de fecha 10/1/2003 se aprueba el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones de la Municipalidad Provincial delCallao, correspondiente al año 2003; Que, a través de las Resoluciones de Alcaldía Nº 000171, 000297 y 000523, se aprueban la Primera, Se- gunda y Tercera Modificación del Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincialdel Callao para el año 2003, respectivamente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, cada entidad elaborará un Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones, el cual debe de proveer los bie-nes, servicios y obras que se requerirán durante el ejerciciopresupuestal y el monto de presupuesto requerido; Que, el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece en su último párrafo que el Plan Anual podrá ser modificado deconformidad con la asignación presupuestal o en casoreprogramaciones de metas propuestas; Que, mediante el Informe Nº 458-2003-MPC-OGA/DL la Dirección de Logística remite el proyecto de la Cuarta Modifi- cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Estando a lo expuesto y contando con la visación de la Oficina General de Presupuesto y Planificación y Ofi-cina General de Administración, y en ejercicio de lasfacultades conferidas al Alcalde por la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Cuarta Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipa-lidad Provincial del Callao correspondiente al año 2003, el mis- mo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcal-día en el Diario Oficial El Peruano, así como su remisiónal Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado (CONSUCODE) y a la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Mediana Empresa (PROMPYME). Artículo Tercero.- La Oficina General de Adminis- tración, Oficina General de Presupuesto y Planificacióny Oficina de Logística, quedan encargadas del cabalcumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 18110 CONVENIOS INTERNACIONALES /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G4D/G61/G72/G2D /G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G46/G72/G61/G6E/G63/G65/G73/G61/G22 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi-cio RE (GAB) Nº 180 comunica que el "Acuerdo Marco de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa", suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 5 de junio de 2003, yratificado por Decreto Supremo Nº 100-2003-RE de 11 desetiembre de 2003, publicado al igual que el texto del Acuer-do el 24 de setiembre de 2003. Entró en vigencia el 5 de junio de 2003. 18109