Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2003 (03/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 3 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme lo dispuesto en el Numeral 3.4 del Articulo 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el D.S. Nº 067-2003-PCM; Que, con la dacion de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, se regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, estableciendose entre otros aspectos la conformacion de regiones y sus competencias; Que, con la Ley Nº 27867 y sus modificatorias las Leyes Nºs. 27902 y 28013, se MORDAZA la estructura, organizacion, competencias y funciones de los gobiernos regionales; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003G.R.TACNA, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Tacna; asimismo, con la Ordenanza Regional Nº 008-2003G.R.TACNA, se aprueba las modificatorias del indicado Reglamento; Que, en tal sentido es necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional de Tacna, el mismo que contiene un total de 279 cargos necesarios para el normal funcionamiento de la institucion en base a la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias las Leyes Nºs. 27902 y 28013; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional de Tacna, cuyo texto se encuentra en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Ejecutiva Regional, conteniendo un total de 279 cargos, que consta a folios ocho (8). Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 267-2001-CTAR-TACNA de fecha 18 de MORDAZA del 2001. Articulo Tercero.- NOTIFICAR, la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros y las Unidades Organicas competentes de la Sede del Gobierno Regional de Tacna. Articulo Cuarto.- DISPONER, que la Oficina Regional de Administracion tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 18072

para todas las entidades de la Administracion Publica de aprobar y publicar sus correspondientes Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, incluyendo la relacion de los servicios prestados en exclusividad por la entidad; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de caracter descriptivo e informativo que orienta a los inversionistas, empresarios y usuarios en general sobre los procedimientos administrativos, es decir aquellos servicios que prestan las diferentes entidades de la administracion publica en asuntos de su competencia; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3112002-CTAR-TACNA, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), vigente en el ano 2002, para el ex Consejo Transitorio de Administracion Regional Tacna (ex CTAR-TACNA); Que, con la dacion de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, se regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, estableciendose entre otros aspectos la conformacion de regiones y sus competencias; Que, con la Ley Nº 27867 y su modificatoria la Ley Nº 27902, se establece y MORDAZA la estructura, organizacion, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003G.R.TACNA, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Tacna; asimismo, con Ordenanza Regional Nº 008-2003G.R.TACNA, se aprueba las modificatorias del indicado Reglamento; Que, en tal sentido es necesario aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la sede del Gobierno Regional de Tacna, el mismo que contiene la relacion de los servicios prestados por la entidad incluyendo los de exclusividad, a costos reales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Tacna; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la sede del Gobierno Regional de Tacna, cuyo texto se encuentra en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Ejecutiva Regional, a folios ocho (08). Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 311-2002-CTAR-TACNA de fecha 27 de junio del 2002. Articulo Tercero.- NOTIFICAR, la presente resolucion a las Unidades Organicas competentes de la sede del Gobierno Regional de Tacna. Articulo Cuarto.- DISPONER, que la Oficina Regional de Administracion, publique el MORDAZA en las instalaciones de la sede del Gobierno Regional de Tacna en lugar visible, el mismo que debera publicarse conteniendo el monto de derecho de tramite en moneda nacional, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 37º numeral 5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Quinto.- DISPONER, que la Oficina Regional de Administracion tramite la publicacion de la presente resolucion y anexo correspondiente, en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 38º Numeral 38.3 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 18073

Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la sede del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 499-2003-G.R.TACNA Tacna, 22 de setiembre de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA VISTO: El Oficio Nº 311-2003-SGDO-GRPPAT-GOB.REG.TACNA de fecha 22 de agosto del 2003; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, senala la obligatoriedad

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