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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G33/G30/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de octubre de 2003 2. La pérdida del fraccionamiento produce los siguien- tes efectos: a. Se exigirá el pago del saldo del monto principal adeu- dado más los intereses moratorios correspondientes, acu-mulados a la fecha de pago, según lo señalado en el nume- ral 7.1; b. Inicio del procedimiento de cobranza coactiva. 3. Para los efectos del inicio del proceso de la cobranza coactiva, la Oficina de Recaudación y Soporte Operativoremitirá los antecedentes del caso al Ejecutor Coactivo. 18581 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65 /G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G6D/G69/G78/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G74/G6F/G64/G61/G20/G6C/G61/G20/G48/G6F/G79/G61 /G41/G6D/G61/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G74/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6F/G63/G61/G62/G6F/G74/G61/G6A/G65 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 237-2003-MTC/13 Lima, 25 de julio de 2003 Vista la solicitud, expediente P/D Nº 026689-2003, presen- tada por don FORTUNATO FERNÁNDEZ TUESTA, mediantela cual solicita Permiso de Operación para prestar servicio irre- gular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasaje- ros) en toda la Hoya Amazónica en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas técnicas y legales a lascuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi- cas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordena- miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri-dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir losPermisos de Operación a las personas naturales o empre- sas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la Persona Natural de don FORTUNATO FER- NÁNDEZ TUESTA ha cumplido con las condiciones y re- quisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Flu- vial vigente, para prestar servicio irregular de transportefluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en toda la Hoya Amazónica en tráfico nacional o cabotaje; Que, don FORTUNATO FERNÁNDEZ TUESTA se en- cuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Con- tribuyentes (RUC) con el Nº 10052111981; Que, mediante Informe Nº 180-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, así como del Informe Nº 222-2003-MTC/13.al del Asesor Le- gal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permisode operación presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legis- lativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de don FORTUNATO FERNÁNDEZ TUESTA para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en toda la Hoya Amazónica en tráficonacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Irregular; en toda la Hoya Amzónica TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros)Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcaciónde su propiedad denominada: M,/F "Gorelmar" con matrí- cula IQ-7118-MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano; la renovación deberá ser solicitadapor la empresa recurrente a la Dirección General de Trans- porte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones con anticipación de sesenta (60) días calendarioantes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, implica la obligación por parte de la empresa naviera, de some-terse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás dis- posiciones legales y reglamentarias que regulan el trans- porte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificato-rias y complementarias que se expidan sobre la materia, así como a las disposiciones y directivas que dicte la Di- rección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Ad- ministrativo de Personas Naturales o Jurídicas que pres- tan servicio de transporte fluvial, en la forma establecidaen el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas, a las Capitanías de Puerto de Pucallpa y a la Di- rección Regional de Transportes y Comunicaciones del Go- bierno Regional de Loreto, para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 14736 VIVIENDA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G46/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2003-VIVIENDA Lima, 10 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de la Presidencia del Consejo Di- rectivo Nº 143-A-2002-INFES-VIVIENDA, del 20 de diciem- bre de 2002, se aceptó la renuncia formulada por el Sr. Jorge Quintana García Godos, al cargo de confianza deGerente de Administración del Instituto Nacional de Infra- estructura Educativa y de Salud - INFES; Que, en tal sentido es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27792 y 27594, Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDAy Resolución Ministerial Nº 074-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Eco. Carlos Córdova Jiménez, en el cargo de confianza de Ge-rente de Administración del Instituto Nacional de Infraes- tructura Educativa y de Salud - INFES. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 18629