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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (04/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G38/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de setiembre de 2003 Visto el informe Nº 033 -2003-GM/MDCH, de fecha 2 de septiembre del 2003, donde el Gerente Municipal in- forma de la nulidad de oficio declarada por aplicación de la normatividad vigente referida al proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 001-2003-CE/MDCH por lo si- guiente; y, CONSIDERANDO:Que en aplicación de lo informado y en aplicación del Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones amparado en el Art. 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado por incumplimiento del Art. 93º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar la nulidad de oficio de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 001-2003-CE/MDCH, por lo expuesto en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Retrotraer el proceso a la etapa de invitación con nuevo cronograma y con la aplicación del Art. 93º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Encargar al Comité Especial dar cumplimiento a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PABLO NALDA QUIROZ Alcalde 16328 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F /GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO Nº 025/CPD Paramonga, 30 de junio del 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de fecha 30 de junio del 2003 visto el Informe Nº 018 MDP/DM, del Director Munici- pal, las Modificaciones del TEXTO ÚNICO DE PROCE- DIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA vigente a la fecha de la Municipalidad Distrital de Paramonga; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444 en su Artículo 37º y siguientes establece que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación según el caso, de su Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA; Que, en su Artículo 38º numeral 38.1 del acotado dis- pone que el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos -TUPA- es aprobado, en caso de los Gobier- nos Locales por Ordenanza Municipal; Que, el Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, en su Título IV, establece las disposiciones orientadas a otorgar seguri- dad jurídica en materia administrativa, entre las que se- CALLE 1 , con Sección 4-4 de 15.00 ml, de los cua- les 10.00 ml., corresponde al aporte de la Asociación y 5.00 ml al aporte del colindante, con distribución de V=1.80M, E=5.00M, P=6.40M, V=1.80M - CALLE 2, con Sección 5-5 de 15.00 ml, de los cua- les 10.00 ml. corresponde al aporte de la Asociación y 5.00 ml. al aporte del colindante, con distribución de: V=2.40M, E=5.00M, P=6.40M, V=1.20M - PROLONGACIÓN SUBASTE DEL RÍO, con Sec- ción 1-1 de 10.90 ml, con distribución de: V=1.20M, P=8.50M, V=1.20M - PROLONGACIÓN R. MORALES BERMÚDEZ , con Sección 1-1 de 10.90 ml., con distribución de: V=1.20M, P=8.50M, V=1.20M. Artículo 3º.- DISPONER que, las Obras Sanitarias, se ejecuten de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado debidamente aprobados por EMAPA HUA- RAL S.A. y las instalaciones de energía eléctrica deberán ejecutarse de acuerdo al plan de expansión de EDELNOR. Artículo 4º.- Las secciones viales laterales al mercado, corresponden a anchos mínimos de 15.00 ml para el aisla- miento de los usos que se aprueben en la habilitación urba- na de los terrenos colindantes, para responder a la circula- ción peatonal y vehicular con la franja para estacionamiento. Artículo 5º.- La Sección Vial 4-4 y 5-5 del Plano HU-3/3 para las calles laterales del mercado, responden al ancho mínimo de 15.00 m.l. para el aislamiento de los usos que se aprueben en las habilitaciones urbanas de los dos terrenos colindantes y del servicio que demande la circulación peato- nal y vehicular provocado por el Uso Mercado, incluyendo la franja para el estacionamiento lateral y un mayor ancho de la vereda en el costado del mercado. Consecuentemente por la mayor demanda de los servicios del Uso Mercado, el aporte para desarrollar la Sección Vial 3-3 de 15.00 m.l., quedará cubierta con la entrega mayor de una franja de 10.00 ml. del terreno de la Asociación de Comerciantes y de una franja menor de 5.00 m.l. de los dos terrenos colindantes. Artículo 6º.- Queda, también establecido que en el caso que las futuras habilitaciones de los terrenos latera- les y colindantes, se acojan en su frente inmediato al Uso Comercial, deberán éstas ampliar su aporte para una nueva Sección Vial que incorpore una franja mínima de 2.50 para el estacionamiento lateral y mejorando el an- cho de su vereda, ampliaciones hacia una mayor sección vial de un máximo de 20.00 ml. Artículo 7º.- Los Proyectos específicos identificados en la Propuesta con fines de solucionar los problemas viales y de transporte del servicio del mercado, forman parte del proyecto para la Habilitación Urbana de la Aso- ciación de Comerciantes, respetando las secciones via- les aprobadas en el Plano Nº HU-3/3 LOTIZACIONES. Artículo 8º .- REMITIR la presente Resolución a la Ofi- cina Registral para su inscripción correspondiente y noti- ficar a la administrada peticionante para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 9º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano el mismo que es- tará a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DAVID PEREA COLLANTES Alcalde 16268 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G43/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G43/G45/G2F/G4D/G44/G43/G48 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00375-2003-AL-MDCH Chilca, 2 de setiembre 2003