Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2003 (04/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, jueves 4 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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2001-PCM, establecen "....Todas las exoneraciones se aprobaran, c) Mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, los que se publicaran en el Diario Oficial El Peruano; la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la contratacion o adquisicion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura y sofisticacion"; Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; y concordante con la Ley Nº 27972 - Nueva Ley Organica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por mayoria en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de agosto de 2003, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 - Nueva Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa de la aprobacion y lectura del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la "Contratacion del servicio de control, verificacion y cobranzas por Anuncios y Publicidad", conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo, cuyo plazo contractual sera desde la suscripcion del mismo hasta el 31 de diciembre de 2003. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Comite Especial Permanente de la Municipalidad, la realizacion del MORDAZA de contratacion del servicio referido en el articulo precedente, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia de conformidad a la normatividad vigente, cuyo valor referencial asciende a S/. 250,000.00; el mismo que sera autofinanciado con los ingresos a recaudar y se afectaran a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente acuerdo, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica, MORDAZA certificada del Acuerdo y del Informe Tecnico - Legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16325

instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario en contra del ex Director Municipal encargado de la Direccion de Administracion y Finanzas, ex Secretario General y ex Jefe de la Unidad de Logistica. Al ex Director Municipal, se cumplio con notificarle por conducto notarial en su domicilio ubicado en Jr. Las Magnolias Nº 117, distrito de MORDAZA MORDAZA el dia 18 de MORDAZA de 2003. Al ex Secretario General, se cumplio con notificarle en forma personal la Resolucion de Alcaldia en las instalaciones de esta Municipalidad, segun Acta del 4 de agosto del 2003. A la ex Jefa de la Unidad de Logistica se cumplio con notificarle por conducto notarial la citada Resolucion de Alcaldia en su domicilio ubicado en Jr. Ruisenor Nº 823, Urb. Manco MORDAZA, distrito de Comas, asi como se cumplio con notificarle a traves de la publicacion hecha en el Diario Oficial El Peruano el dia 13 de agosto del 2003 el contenido de la Resolucion acotada; Que, el Informe Final Nº 002-2003-CEPAD-R.A. Nº 561-2003-A/MDC del 22-8-03, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPAD) a Alcaldia, en el que luego del analisis y estudio de la documentacion que obra en autos, se encuentra acreditado, lo siguiente: a) Que el ex Director Municipal Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en la Comision de Falta Administrativa Grave, al haber intervenido negligentemente en el MORDAZA de elaboracion y suscripcion del CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del 17 de diciembre del 2001, suscrito con la Empresa PERIMEDIC S.A.C., al intervenir en este MORDAZA de actos a nombre del representante legal de la Municipalidad como es el Alcalde; b) Que, la ex Jefa de la Unidad de Logistica Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en la Comision de Falta Administrativa Grave al haber intervenido negligentemente en el MORDAZA de elaboracion y visacion del CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del 17 de diciembre del 2001, suscrito con la Empresa PERIMEDIC S.A.C, por intervenir en este MORDAZA de actos, como funcionaria publica de la Municipalidad; y, c) Que, el ex Secretario General Sr. MORDAZA Rivadeneyra Arangoitia, ha incurrido en la Comision de Falta Administrativa Grave al haber intervenido negligentemente en el MORDAZA de elaboracion y suscripcion del CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del 17 de diciembre del 2001, suscrito con la Empresa PERIMEDIC S.A.C, tipificado en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, sin requerir previamente un informe legal que le precise los alcances y efectos del Contrato, asi como la duda respecto al plazo contractual, y la procedencia que dicho contrato sea suscrito solo por el Director Municipal a pesar de no contar con el Poder Especial para dicho efecto y no sea suscrito por el Alcalde; respecto del cual expresara por UNANIMIDAD, una serie de acuerdos y recomendaciones contenidas en el presente Informe. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Art. 20º, numeral 6; SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTITUCION al ex Director Municipal, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la ex Jefa de la Unidad de Logistica Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al ex Secretario General Sr. MORDAZA Rivadeneyra Arangoitia, por haber incurrido en Falta Grave Administrativa, tipificado como NEGLIGENCIA GRAVE EN EL DESEMPENO DE SUS FUNCIONES, y previsto en el articulo 186º Inc. D del D.S. Nº 005-90-PCM; al haber actuado negligentemente en el MORDAZA de elaboracion, visacion y suscripcion del CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del 17 de diciembre 2001 suscrito por la Empresa PERIMEDIC S.A.C, asi como de la RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 278-2001MDC del 17 de diciembre del 2001 con el que se aprueba dicho Contrato. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Oficina de Secretaria General y Unidad de Personal, el fiel cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS aplicadas se establecen sin perjuicio de las

Sancionan con destitucion a diversos ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 00891-2003-A/MDC Carabayllo, 27 de agosto del 2003 VISTOS: Las Resoluciones de Alcaldia Nº 708-2003A/MDC y Nº 811-2003-A/MDC del 14-7-03 y 11-8-03, Informe Nº 0191-2003-DAJ/MDC del 3-6-2003, Informe Nº 001-2003-CEPAD-R.A.Nº 0561-2003-A/MDC del 27-6-03, Informe Final Nº 002-2003-CEPAD-R.A. Nº 561-2003-A/ MDC del 22-8-03; y, CONSIDERANDO: El Informe Nº 001-2003-CEPAD-R.A.Nº 0561-2003-A/ MDC del 27-6-03, con el que se acuerda por UNANIMIDAD, RECOMENDAR se instaure MORDAZA Administrativo Disciplinario en contra de los siguientes ex funcionarios: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - ex Director Municipal encargado de la Direccion de Administracion y Finanzas, Sr. MORDAZA Rivadeneyra Arangoitia - ex Secretario General y Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - ex Jefa de la Unidad de Logistica; Que, con Resoluciones de Alcaldia Nº 708-2003-A/ MDC y Nº 811-2003-A/MDC del 14-7-03 y 11-8-03, se

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