NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (04/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 75
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G38/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G70/G72/G6F/G62/G61/G72/G20/G63/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G2D /G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/G63/G69/G6F/G73/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G2D/G6D/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G2D /G63/G69/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G6C/G6F/G6D/G65/G72/G61/G64/G6F/G20/G43/G61/G71/G75/G65/G74/GE1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2003-DPDL/MDSMP San Martín de Porres, 25 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 49-MDSMP, se autoriza a la Dirección de Promoción del Desarrollo Local (DPDL) de la Municipalidad, a emitir las disposiciones necesarias para el mejor cumplimiento del Programa de Recuperación de Espacios Públicos y De- sarrollo del Sector Informal (PROMREP) aprobado por la referida Ordenanza; Que, según la Ordenanza Nº 42-MDSMP, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 10 de mayo, el Concejo Municipal, declara como zonas rígidas para el comercio ambulatorio, las siguientes vías de la jurisdicción y sus arterias adyacentes: Avenidas Caquetá y Zarumilla, Ca- lles Juan XXIII, Calle Gregorio VII, Calle Virrey Abascal y Calle Mártir Olaya; señalando que esta medida es un paso inicial para la recuperación y puesta en valor de dichos espacios públicos y para la formalización y reubicación definitiva de los comerciantes; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 49-MDSMP, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 4 de julio, se aprueba el Programa Municipal de Recuperación de Es- pacios Públicos y Desarrollo del Sector Informal (PROMREP) de la Municipalidad, que contempla una estrategia concertada y consensuada para la solución del problema del comercio ambulatorio, no sólo en la zona conocida como el Conglomerado Caquetá, sino, en todo el distrito de San Martín de Porres; Que, en uso de las facultades delegadas, la Dirección de Promoción del Desarrollo Local, viene impulsando el cronograma de ejecución del PROMREP, en aplicación del cual, hasta el 25 de julio del presente año las Asocia- ciones de Comerciantes del Conglomerado, han presen- tado a la Municipalidad la documentación técnico-admi- nistrativa sustentatoria de sus Proyectos de formaliza- ción; habiéndose verificado en la revisión preliminar la necesidad de conceder un plazo excepcional adicional, a fin de permitir que se complete la documentación nece- saria para la calificación de los proyectos, por el Comité Mixto Especial de Evaluación, a que alude el Numeral 3.2 del PROMREP; Que, la oportuna presentación de los proyectos de formalización por los dirigentes de las Asociaciones, cons- tituye una evidencia de la expresa voluntad de poner en marcha el proceso de reubicación y modernización de sus asociados; razón por la cual resulta oportuno y con- veniente confirmar el plazo ampliatorio de 15 días hábi- les concedido a partir del 7 de agosto del presente año y notificado oportunamente, para que se superen las omi- siones y se proceda a la calificación de los proyectos; Que, en tal virtud, es pertinente aprobar el cronogra- ma reajustado de las acciones siguientes a la presenta- ción de los proyectos; establecer la composición de los Comités Mixtos Especiales de Evaluación y elaboración de convenios, el rol de los actores sociales directamente involucrados y de los facilitadores; a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos que deben ser asumidos por las partes; Que, sin embargo, la notificación con los alcances del PROMREP, su difusión por otros medios, los plazos am- pliados concedidos, la información proporcionada y ac- ciones concurrentes que viene adoptando la Dirección del Promoción del Desarrollo Local de la Municipalidad, tienen por objeto agotar todas las alternativas posibles para que los comerciantes tengan cursos de acción via-bles para su formalización; de modo que no exista justifi- cación para dejar de acogerse al Programa propuesto la Municipalidad, dado que además, los puestos o stands de los Proyectos de formalización presentados, superan en exceso la cantidad de comerciantes que actualmente ocupan las calles y avenidas del Conglomerado; Que, en tal sentido, conforme señala la Ordenanza Nº 49-MDSMP, es necesario reiterar que, mientras con- cluya el proceso progresivo de traslado a sus estableci- mientos formales propios, los comerciantes que se ha- yan acogido al proceso de f ormalización con un pro yecto definido, podrán seguir comercializando sus productos hasta su reubicación; a condición de cumplir lo dispuesto por el Art. 3º inciso b); Art. 8º incisos d), e), i) y j); Art. 10º inciso b); Art. 15º y Art. 20º de la Ordenanza Municipal Nº 02-85-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, lo anterior significa que deberán respetar las zonas demarcadas oportunamente y permitir la habili- tación inmediata de las vías peatonales y vehiculares; y que, el incumplimiento de lo dispuesto, dará lugar al des- alojo o erradicación “a fin de garantizar que no se burle a la autoridad municipal y no se afecte a la población” conforme lo enfatiza el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 42-MDSMP; Con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de Alcaldía Nº 072-2003-AL/MDSMP, del 2 de enero de 2003; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, el cronograma reajus- tado, que se detalla a continuación, del Programa de Re- cuperación de Espacios Públicos y Desarrollo del Sector Informal (PROMREP), para las Asociaciones de Comer- ciantes del Conglomerado Caquetá, aprobado por el Ar- tículo 1º, numeral 3.5 de la Ordenanza Nº 49–MDSMP, de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres: N° ACCIONES O RESPONSABLE FECHA ACTIVIDADES 1 Presentación de documen- Dirigentes de Asociaciones, 8 al 28 de tación complementaria de Promotores y Propietar ios agosto los proyectos (plazo de los inmuebles adicional notificado) 2 Revisión de la documen- Comisión municipal interna: 1 al 12 de tación complementaria ( Promoción del Desarrollo setiembre Local, Asesoría Jurídica, Desarrollo Urbano y Administración Tributaria) 3 Calificación del Proyecto, Comité Mixto Especial de 15 de setiem- pronunciamiento específico Evaluación bre al 3 de y formulación del convenio . octubre 4 Suscripción de Convenios Asociación, propietarios, 6 al 24 de y del cronograma de facilitadores y octubre reubicación definitiva. Municipalidad 5 Acciones de habilitación Municipalidad, vecinos y 1 de octubre de vías vehiculares y comerciantes formales al 31 de Dic. peatonales, recuper ación 2003 y puesta en valor de lasvías recuperadas. 6 Reubicación de los Asociaciones, Empresarios, 27 octubre Comerciantes a sus Residentes y Municipalidad al 31 de Dic. puestos for males. 2003 7 Acciones de erradicación Municipalidad, Fiscalía, 3 octubre al y desalojo de los comer- Policía Nacional y otros. 31 de Dic. ciantes no c omprendi dos 2003 en los Proyectos de formalización. 8 Acciones de asistencia Municipalidad, Centro 27 de octubre técnica y capacitación Alternativa, Universidad del 2003 al para el desarrollo empre- Católica Sedes Sapientiae, 30 de juniosarial de comerciantes ONGs y otros agentes . 2004 formalizados y reubicados.