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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (10/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 251058 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de setiembre de 2003 tor de la Dirección Regional Agraria Tumbes, con reten- ción de su cargo, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 16760 DEFENSA Clasifican con carÆcter de secreto el Informe Especial sobre la intercepta-ción telefónica al Presidente de la Re-pœblica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 296-A DE/SG Lima, 3 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el numeral 5º, del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, señala que toda persona tiene derechoa solicitar sin expresión de causa la información que re- quiera y a recibirla de cualquier entidad pública, excep- tuándose las informaciones que afectan la intimidad per-sonal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional; Que, el decreto Supremo Nº 043 - 2003-PCM, aprobo el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el De- creto Supremo Nº 073-2003-PCM, el reglamento de lareferida Ley; son normas cuya finalidad es promover la transparencia de los actos del estado y regular el dere- cho fundamental del acceso a la información; Que, el artículo 15º de la Ley de Transparencia y Ac- ceso a la Información Pública, regula las excepciones al ejercicio del derecho de acceso a la información pública,el mismo que no podrá ser ejercido respecto a la infor- mación expresamente clasificada como secreta, detallán- dose cual información debe considerarse como tal; con-siderándose entre otros rubros la que corresponde al ámbito de inteligencia en el frente interno, y que además tenga como base fundamental garantizar la seguridad delas personas, debido a que la revelación de dicha infor- mación originaría riesgo para la seguridad interna de la Nación y/o subsistencia del sistema democrático; preci-sándose que los responsables de la clasificación son los titulares del sector o pliego respectivo, o los funcionarios designados por éste. Que, el artículo 18º de la antes referida Ley ha previs- to la regulación de las excepciones establecidas para los casos de los artículos 15º, 16º y 17º, toda vez que sonlos únicos en los que se puede limitar el derecho al acce- so a la información pública; De conformidad con lo establecido por la Constitu- ción Política del Perú, el Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública y el Decreto Supremo Nº 073-2003-PCM - Re- glamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Infor- mación Pública; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Clasificar con el carácter de Secreto el informe especial sobre la interceptación telefónica al Pre- sidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministrode Transportes y Comunicaciones. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Secreto. (D.O.S.) Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la RepúblicaBEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa FERNANDO ROSPIGLIOSI CAPURRO Ministro del Interior EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16782 Autorizan ingreso de personal del EjØrcito BritÆnico al territorio de laRepœblica para realizar actividades demontaæismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 296-DE/SG Lima, 27 de agosto de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingre-so de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República- , establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de gue-rra por razones protocolares, de asistencia cívica, activi- dades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la quese debe especificar los motivos, la identificación del per- sonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 385 de fecha 14 agosto 2003, el Encargado de la Secretaría de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la au-torización para el ingreso de personal militar del Ejército Bri- tánico, en el período comprendido del 13 setiembre al 4 octu- bre 2003, con la finalidad de efectuar una expedición de en-trenamiento de aventura, actividades de montañismo en las zonas de Cusco y Huaraz; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Repú- blica, al personal militar del Ejército Británico, sin armas de guerra, en el período comprendido del 13 setiembre al 4 oc-tubre 2003, con la finalidad de efectuar una expedición de entrenamiento de aventura, actividades de montañismo en las zonas de Cusco y Huaraz, y cuyos nombres se indicanen el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, confor-me lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Mi-nistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 16681