NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (10/09/2003)
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TEXTO PAGINA: 16
PÆg. 251062 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de setiembre de 2003 nal, aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF; dis- poniéndose que la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público desarrolle las funciones de la Oficina de Inversiones que le fueran asignadas en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Públi-ca; Que, el nuevo Reglamento de la Ley del Sistema Na- cional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Su-premo Nº 157-2002-EF, dispone en el numeral 3.3. de su artículo 3º que la facultad para declarar la viabilidad pue- de ser objeto de delegación y que dicha delegación in-cluye la facultad para aprobar los estudios de preinver- sión y para determinar el nivel de estudios requeridos; aprobándose mediante Resolución Ministerial del Minis-terio de Economía y Finanzas; Que, la Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783, dispone que el Sistema Nacional de InversiónPública se desarrollará y descentralizará progresivamente en el ámbito regional y local; por lo que resulta necesario incluir en el marco de las delegaciones a los GobiernosLocales; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas y la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y su Reglamento aproba- do por el Decreto Supremo Nº 157-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de Facultades a Oficinas de Programación e Inversiones del Gobierno Nacio- nal. Deléguese, a las Oficinas de Programación e Inver- siones de todos los Sectores del Gobierno Nacional (OPI- GN), la facultad, que la Ley Nº 27293 confiere al Ministe-rio de Economía y Finanzas, para declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública que cumplan con todos los siguientes requisitos: 1.1. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que cuenten con estudios de preinversión debidamente apro-bados por la Oficina de Programación e Inversiones. 1.2. Se traten de Proyectos de Inversión Pública cuyo costo total sea igual o menor a S/. 3 000 000.00 (tresmillones y 00/100 nuevos soles). 1.3. Se traten de Proyectos de Inversión Pública en- marcados en un subprograma, programa o función cuyaevaluación corresponda a la Oficina de Programación e Inversiones de dicho Sector, de acuerdo al Clasificador de Responsabilidad Funcional del Sistema Nacional deInversión Pública, aprobado por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público. 1.4. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que propongan resolver problemas vinculados directamente a la prestación de servicios necesaria para cumplir la fi- nalidad de la Entidad que los formula. 1.5. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en las competencias de su nivel de go- bierno. 1.6. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en los Lineamientos de Política del Sector del Gobierno Nacional. 1.7. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en el Plan de Desarrollo Regional Concer- tado de la Región o en el Plan de Desarrollo MunicipalConcertado, según sea formulado por una entidad o em- presa perteneciente o adscrita a los niveles de Gobierno Regional o Local, según corresponda. 1.8. Se traten de Proyectos de Inversión Pública cuya fuente de financiamiento sea una distinta a la denomina- da operaciones oficiales de crédito. Artículo 2º.- Delegación de Facultades a los Go- biernos Regionales. Deléguese, a los Gobiernos Regionales, la facultad, que la Ley Nº 27293 confiere al Ministerio de Economía y Finanzas, para declarar la viabilidad de los Proyectos deInversión Pública que cumplan con todos los siguientes requisitos: 2.1. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que cuenten con estudios de preinversión debidamente apro- bados por la Oficina de Programación e Inversiones.2.2. Se traten de Proyectos de Inversión Pública cuyo costo total sea igual o menor a S/. 2 000 000.00 (dosmillones y 00/100 nuevos soles). 2.3. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que propongan resolver problemas vinculados directamentea la prestación de servicios necesaria para cumplir la fi- nalidad de la Entidad que los formula. 2.4. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en las competencias de su nivel de go- bierno. 2.5. Se traten de Proyectos de Inversión Pública for- mulados por una entidad o empresa perteneciente o ads- crita al nivel de Gobierno Regional. 2.6. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en los Lineamientos de Política del Sector del Gobierno Nacional. 2.7. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en el Plan de Desarrollo Regional Concer- tado. 2.8. Se traten de Proyectos de Inversión Pública cuya fuente de financiamiento sea una distinta a la denomina- da operaciones oficiales de crédito. Artículo 3º.- Delegación de Facultades a los Go- biernos Locales. Deléguese, a los Gobiernos Locales cuya sujeción a las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública ha sido determinada o acordada en el marco de las disposi- ciones emitidas por la Dirección General de Programa-ción Multianual del Sector Público, la facultad, que la Ley Nº 27293 confiere al Ministerio de Economía y Finanzas, para declarar la viabilidad de los Proyectos de InversiónPública que cumplan con todos los siguientes requisitos: 3.1. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que cuenten con estudios de preinversión debidamente apro- bados por la Oficina de Programación e Inversiones. 3.2. Se traten de Proyectos de Inversión Pública cuyo costo total sea igual o menor a S/. 750 000.00 (setecien- tos cincuenta mil y 00/100 nuevos soles). 3.3. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que propongan resolver problemas vinculados directamente a la prestación de servicios necesaria para cumplir la fi- nalidad de la Entidad que los formula. 3.4. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en las competencias de su nivel de go- bierno. 3.5. Se traten de Proyectos de Inversión Pública for- mulados por una entidad o empresa perteneciente o ads- crita al nivel de Gobierno Local. 3.6. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en los Lineamientos de Política del Sector del Gobierno Nacional. 3.7. Se traten de Proyectos de Inversión Pública que se enmarquen en el Plan de Desarrollo Municipal Con- certado. 3.8. Se traten de Proyectos de Inversión Pública cuya fuente de financiamiento sea una distinta a la denomina- da operaciones oficiales de crédito. Artículo 4º.- Cumplimiento de requisitos formales y técnico 4.1. La facultad para declarar la viabilidad a que se refiere la presente norma sólo podrá ser aplicada a aque-llos Proyectos de Inversión Pública que, por el monto, no correspondan ser declarados viables por otro órgano del Sistema Nacional de Inversión Pública. 4.2. Precísese que los proyectos, cuya viabilidad sea declarada en uso de la delegación autorizada por la presente norma, deberán observar todos los requi-sitos exigidos para la elaboración y aprobación de los estudios de preinversión, de acuerdo a los Conteni- dos Mínimos y lo dispuesto por la normatividad delSistema Nacional de Inversión Pública, incluyendo los manuales y guías metodológicas aprobadas por la Dirección General de Programación Multianual delSector Público. 4.3. El funcionario o servidor público que, en el mar- co de lo dispuesto por la presente norma, omita, rehuseo retarde algún acto a su cargo, asumirá la responsabili- dad que el órgano de control respectivo o la autoridad competente determine.