Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2003 (10/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2003

Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscribio el Contrato de Trabajo Sujeto a Modalidad Para Obra Determinada o Servicio Especifico Nº 231-2002-MTC/21 con MORDAZA Manche MORDAZA, para desempenar las funciones de Administrador de la Unidad Zonal de MORDAZA, para lo cual suscribio la Ficha de Registro de Datos Personales, Laborales y Familiares del personal Activo de PROVIAS RURAL, Curriculum Vitae y documentos sustentatorios del nivel de estudios; Que, en la Ficha de Registro y en su Curriculum Vitae, MORDAZA MORDAZA Manche MORDAZA manifesto tener el Grado de Bachiller en Ingenieria Administrativa conferido por la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, habiendo presentado MORDAZA del Diploma expedido por dicha Universidad, en el cual consta que fue dado y firmado en MORDAZA el 11 de diciembre de 1990 Que, PROVIAS RURAL, segun el Informe Nº 0572003-MTC/21.GA emitido por la Gerencia de Administracion, realizo acciones de verificacion de los titulos y MORDAZA academicos que obran en los legajos del personal que presentaron al inicio de la relacion laboral con PROVIAS RURAL, con la finalidad de constatar su autenticidad; Que, como resultado de la verificacion efectuada, resulta que la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, con Oficio Nº 506-03-SG-UIGV de fecha 16 de MORDAZA del 2003, senala que MORDAZA MORDAZA Manche MORDAZA ingreso a la MORDAZA profesional de Ingenieria Administrativa en el semestre academico 1988-I, matriculandose en cinco semestres, habiendo aprobado solo el 10% del total de las asignaturas del curriculo de estudios de la MORDAZA profesional respectiva, por lo que se colige que el Diploma de Grado de Bachiller en Ingenieria Administrativa que se le ha remitido en fotocopia simple no es autentico; Que, los hechos descritos precedentemente son susceptibles de ser calificados como Delitos contra la Fe Publica tipificados por el Codigo Penal, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que ejerza las acciones legales correspondientes a fin de defender los intereses del Estado; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en nombre y representacion del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA Manche MORDAZA y los que resulten responsables por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 16698

area de terreno en que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, los servicios y MORDAZA de seguridad para los usuarios y las previsiones para futuras obras de ensanche y mejoramiento; Que, de conformidad con el articulo 4º del Decreto Ley Nº 20081, corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fijar el derecho de via, en atencion a la categoria y clasificacion de las carreteras, asi como a las caracteristicas topograficas de las regiones en las que se ejecuten los proyectos viales; Que, mediante Memoranda Nºs. 188 y 223-2003-MTC/ 14.04. e Informes Nºs. 030 y 037-2003-MTC/14.04.01, de la Direccion de Normatividad Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, solicita se precise el derecho de via de la Carretera Nasca-Abancay-Cusco, Tramo: Chalhuanca-Abancay, integrante de la Red Vial Nacional, como Ruta Transversal 026 de acuerdo al Anexo del Decreto Supremo Nº 09-95MTC, conforme al siguiente detalle:
DESCRIPCION Segun el Itinerario de Rutas Segun el Estudio Definitivo CHALHUANCA Km. 419+820 Km. 0+000 ABANCAY Km. 540+370 Km. 118+569.46 PUNTO DE INICIO Puerto San MORDAZA Km. 0+000 Chalhuanca

Que, segun el numeral 2.05.01 de las Normas Tecnicas para Estudios y Construccion de Caminos aprobada por Resolucion Suprema Nº 333 de fecha 8 de octubre de 1947, la faja de dominio o el area de terreno ocupado por las vias y sus obras complementarias, sera de 20 m., es decir 10 m. a cada lado del eje en las carreteras de 1ª y 2ª clase; Que, asimismo, el numeral 2.05.02 del cuerpo legal citado precedentemente, senala que en las zonas de la MORDAZA, y en los terrenos de propiedad fiscal, el derecho de via sera de 50 m. para todas las clases de carreteras de la Red Vial del pais; Que, dentro del MORDAZA legal senalado resulta necesario precisar el derecho de via del mencionado tramo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 20081, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 041-2002MTC y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2003-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar el Derecho de Via de la Carretera: Nasca - Abancay - MORDAZA, tramo: Chalhuanca - Abancay, en 20 metros, es decir 10 metros a cada lado del eje de la carretera y 15 metros de propiedad restringida a cada lado del Derecho de Via, conforme al siguiente detalle:
DESCRIPCION Segun el Itinerario de Rutas Segun el Estudio Definitivo CHALHUANCA Km. 419+820 Km. 0+000 ABANCAY Km. 540+370 Km. 118+569.46 PUNTO DE INICIO Puerto San MORDAZA Km. 0+000 Chalhuanca

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 16692

Precisan derecho de via del tramo Chalhuanca - Abancay, correspondiente a la Carretera: Nasca - Abancay - MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 718-2003-MTC/02 MORDAZA, 5 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Decreto Ley Nº 20081, establece que la faja de dominio o derecho de via, comprende el

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 719-2003-MTC/02 MORDAZA, 5 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos,

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