NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (15/09/2003)
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PÆg. 251385 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de setiembre de 2003 das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex- cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguengastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos establecidos en el Convenio de Chicagosobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un pro-grama anual de vigilancia sobre la seguridad operacio- nal a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en lasdisposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamenteidentificados a que refiere la Ley son competentes, se- gún su especialidad, para verificar las capacidades exigi- das a los titulares de las autorizaciones para realizar ac-tividades de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aproba- dos para el desarrollo de las operaciones aéreas dentrode los estándares de seguridad internacionales por par- te de los operadores aéreos, se evalúa, entre otras for- mas, a través de chequeos técnicos en la aeronave; Que, con Carta GOP-387-2003-CDP, del 29 de agos- to del 2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aero-náutica Civil (Evaluación del Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Cielos del Perú S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáu- tica Civil, chequeos técnicos en simulador de vuelo a supersonal aeronáutico, durante los días 16 y 17 de se- tiembre; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs 3996, 3997 y 3998, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando ante-rior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los cos- tos del respectivo viaje de inspección, el cual esíntegramente financiado por la empresa operadora, in- cluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje noafecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Ordenes deInspección Nºs. 1316-2003-MTC/12.04-SDO y 1317- 2003-MTC/12.04-SDO designando a los inspectores Ri- cardo Rafael Pazos Raygada y Elías Ellard Robles Stam-bury, para realizar chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo DC-10 al personal aeronáutico propues- to por la empresa Cielos del Perú S.A., en la ciudad deMiami, Estados Unidos de América, durante los días 15 al 18 de setiembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen-to, puedan realizar los chequeos técnicos a que se con- traen las Ordenes de Inspección Nºs 1316-2003-MTC/ 12.04-SDO y 1317-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Ricardo Rafael Pazos Raygada y Elías Ellard Robles Stambury,Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciu- dad de Miami, Estados Unidos de América, durante losdías 15 al 18 de setiembre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendosido íntegramente cubierto por la empresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs 3996, 3997 y 3998 de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos personas) US$ 1,760.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48(por dos personas) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspecto- res mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16978 Autorizan viaje de inspector de la Direc- ción General de AeronÆutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 742-2003 MTC/02 Lima, 11 de setiembre de 2003CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex-cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuti-cos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vigi- lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé-reos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Or- ganización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamente