Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2003 (15/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de setiembre de 2003

El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA Huallparaime de Condemayta, candidata no proclamada del Partido Union por el Peru, para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Acos, provincia de Acomayo, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgarsele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16989

Que, los hechos asi descritos constituyen indicios razonables de la comision del delito previsto en el Articulo 427º del Codigo Penal - Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Material; Que, en atencion a los considerandos precedentes resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MOORE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA FUSTER, del tramitador MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de la Institucion interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MOORE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA FUSTER, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de Falsedad Material, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 17003

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 418-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de setiembre de 2003 Vistos el Oficio Nº 805-2003-GO/RENIEC, asi como el Oficio Nº 451-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 18 de junio de 2003. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de MORDAZA del ano en curso, se recepciono, en el Area de Certificaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, que funciona en el MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, dos solicitudes de certificacion de Partidas de Nacimiento, puesto que las mismas iban a ser tramitadas hacia el Exterior; Que, las Partidas de Nacimientos que han sido motivo de observacion son: La Partida Nº 68, de la ciudadana MORDAZA Luz MORDAZA Gatti, expedida por la Municipalidad de Barranca, la Partida Nº 150, perteneciente a la ciudadana MORDAZA Miluska Wong MORDAZA y la Partida Nº 122 correspondiente al ciudadano MORDAZA MORDAZA Wong MORDAZA, MORDAZA en igual forma de la Municipalidad de Barranca; Que, luego de la verificacion efectuada por el Area de Certificaciones, se ha concluido que las Partidas de Nacimiento, mencionadas en el punto anterior, no son verdaderas, tal y conforme asi lo ha comunicado en igual forma, la Municipalidad de Barranca, mediante Oficio Nº 116-2003-DRRCC-MPB, de fecha 23 de MORDAZA del ano en curso; asimismo, se ha determinado la participacion de los ciudadanos MORDAZA MOORE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA FUSTER y del tramitador MORDAZA MORDAZA VARGAS; Que, teniendo en consideracion lo MORDAZA expuesto, es de apreciarse que las personas que han solicitado y tramitado la Certificacion de las Partidas de Nacimiento, han incurrido en la comision del ilicito Contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad material, dado el hecho que las Partidas de Nacimiento Nºs. 68, 122 y 150, resultan ser documentos inexistentes, que han sido usados con la finalidad de lograr una autenticidad y darles validez, lo cual debe ser rechazado al tratarse de documentos falsos;

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA
Declaran en situacion de urgencia la contratacion de suministro de combustible para flota vehicular del CNI
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 170-2003-CNI Chorrillos, 8 de setiembre de 2003 VISTO: El Informe Tecnico Nº 012-2003-UA-OGPPA-CNI de fecha 3 de setiembre de 2003, el Memorandum Nº 6432003-OGPPA-CNI de fecha 5 de setiembre del 2003 y el Informe Nº 110-2003-DIAJU-DINIE-CNI de fecha 8 de setiembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 146-2003-CNI del 7 de agosto de 2003 se designo al Comite Especial encargado de llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 006-2003-CNI, para el suministro de combustible para la flota vehicular del Consejo Nacional de Inteligencia, por un valor referencial del S/. 91 167,12 (Noventa y un mil ciento sesenta y siete y 12/100 nuevos soles), incluyendo todo MORDAZA de impuestos, seguros, transporte, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del suministro a contratar; Que, mediante Acta del 28 de agosto de 2003, el Comite Especial encargado del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva declaro desierto el MORDAZA al quedar una unica oferta valida, conforme lo establece el articulo 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contratacio-

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