NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (15/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 16
PÆg. 251390 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de setiembre de 2003 El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a doña Jacoba Huallpa- raime de Condemayta, candidata no proclamada del Par-tido Unión por el Perú, para que asuma el cargo de Regi- dora del Concejo Distrital de Acos, provincia de Acoma- yo, departamento de Cusco, para completar el períodode gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgárse- le la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabi- lidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 16989 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsables dedelito contra la fe pœblica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 418-2003-JEF/RENIEC Lima, 10 de setiembre de 2003 Vistos el Oficio Nº 805-2003-GO/RENIEC, así como el Oficio Nº 451-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Geren- cia de Asesoría Jurídica, de fecha 18 de junio de 2003. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de abril del año en curso, se recep- cionó, en el Área de Certificaciones del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, que funciona en el jirón Cusco - Lima, dos solicitudes de certificación dePartidas de Nacimiento, puesto que las mismas iban a ser tramitadas hacia el Exterior; Que, las Partidas de Nacimientos que han sido moti- vo de observación son: La Partida Nº 68, de la ciudadana Gladis Luz Vega Gatti, expedida por la Municipalidad de Barranca, la Partida Nº 150, perteneciente a la ciudada-na Milagros Miluska Wong Correa y la Partida Nº 122 correspondiente al ciudadano Luis Humberto Wong Co- rrea, ambas en igual forma de la Municipalidad de Ba-rranca; Que, luego de la verificación efectuada por el Área de Certificaciones, se ha concluido que las Partidas de Na-cimiento, mencionadas en el punto anterior, no son ver- daderas, tal y conforme así lo ha comunicado en igual forma, la Municipalidad de Barranca, mediante Oficio Nº116-2003-DRRCC-MPB, de fecha 23 de mayo del año en curso; asimismo, se ha determinado la participación de los ciudadanos ELIZABETH MOORE TITO, NICÉFOROPORRAS FUSTER y del tramitador RICHARD GARCÍA VARGAS; Que, teniendo en consideración lo antes expuesto, es de apreciarse que las personas que han solicitado y trami- tado la Certificación de las Partidas de Nacimiento, han incurrido en la comisión del ilícito Contra la Fe Pública,en la modalidad de falsedad material, dado el hecho que las Partidas de Nacimiento Nºs. 68, 122 y 150, resultan ser documentos inexistentes, que han sido usados conla finalidad de lograr una autenticidad y darles validez, lo cual debe ser rechazado al tratarse de documentos fal- sos;Que, los hechos así descritos constituyen indicios razonables de la comisión del delito previsto en el Artícu- lo 427º del Código Penal - Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Material; Que, en atención a los considerandos precedentes resulta necesario autorizar al Procurador Público, a car- go de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga las ac- ciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil contra ELIZABETH MOORE TITO, NICÉFORO PORRAS FUSTER, del tramitador RICHARD GARCÍA VARGAS y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de la Institución interponga las acciones legales que correspondan contra ELIZABETH MOORETITO, NICÉFORO PORRAS FUSTER, RICHARD GAR- CÍA VARGAS y los que resulten responsables, por pre- sunto delito contra la fe pública, en la modalidad de Fal-sedad Material, en agravio del Estado y del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 17003 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Declaran en situación de urgencia la contratación de suministro de combus-tible para flota vehicular del CNI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 170-2003-CNI Chorrillos, 8 de setiembre de 2003VISTO: El Informe Técnico Nº 012-2003-UA-OGPPA-CNI de fecha 3 de setiembre de 2003, el Memorándum Nº 643- 2003-OGPPA-CNI de fecha 5 de setiembre del 2003 y elInforme Nº 110-2003-DIAJU-DINIE-CNI de fecha 8 de setiembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Conse- jo Nacional de Inteligencia Nº 146-2003-CNI del 7 de agos- to de 2003 se designó al Comité Especial encargado de llevar a cabo el proceso de Adjudicación Directa Selecti-va Nº 006-2003-CNI, para el suministro de combustible para la flota vehicular del Consejo Nacional de Inteligen- cia, por un valor referencial del S/. 91 167,12 (Noventa yun mil ciento sesenta y siete y 12/100 nuevos soles), in- cluyendo todo tipo de impuestos, seguros, transporte, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda incidirsobre el costo del suministro a contratar; Que, mediante Acta del 28 de agosto de 2003, el Co- mité Especial encargado del proceso de AdjudicaciónDirecta Selectiva declaró desierto el proceso al quedar una única oferta válida, conforme lo establece el artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-