NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (15/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 14
PÆg. 251388 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de setiembre de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 2003-016390 presen- tada por la empresa naviera FERUIZ SRL., solicitando Permiso de Operación para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logístico Propio, en la HoyaAmazónica en Tráfico Nacional o Cabotaje; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-cial, en el cual se establecen las normas técnicas y legales a las cuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídicas que prestan este servicio; a fin dealcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del Transporte Fluvial Comer- cial; Que, la empresa naviera FERUIZ SRL. ha cumplido con presentar la documentación exigida, con la que acre- dita haber dado cumplimiento a los requisitos y condicio-nes establecidas en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial vigente, para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logístico Propio en la HoyaAmazónica en tráfico nacional o cabotaje; Que, la empresa naviera se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)con el Nº 20408829446; Que, mediante Informes Nº 216-2003-MTC/13.02 de la Directora de Marina Mercante y Transporte Multimodaly Nº 268-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina fa- vorablemente sobre la solicitud de permiso de operación presentada por la recurrente, por lo que resulta proce-dente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, con el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Decreto Supremo Nº 008- 2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de la empresa naviera FERUIZ SRL. para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logísti- co Propio, en la Hoya Amazónica en tráfico nacional ocabotaje en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o CabotajeSERVICIO : Irregular; en la Hoya Amazónica TRANSPORTE : Apoyo Logístico Propio Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcación de su propiedad denominada A/F "Mancha" con matrícu- la IQ-19521-AF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se indica en el Artículo 1º, tiene una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de publicación de la pre-sente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Perua- no y la renovación, deberá ser solicitada por la empresa naviera recurrente a la Dirección General de TransporteAcuático del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, con anticipación de sesenta (60) días calendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El Permiso de Operación otorgado, im- plica la obligación por parte de la recurrente, de some- terse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demásdisposiciones legales y reglamentarias que regulan el Transporte Fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan so-bre la materia, así como a las disposiciones y directi- vas que dicte la Dirección General de Transporte Acuá- tico. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestan Servicio de Transporte Fluvial de Apoyo Logísti-co Propio, conforme a lo establecido en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, lo dispuesto por la pre- sente Resolución Directoral. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, a las Capitanías de Puerto de Pucallpa e Iquitos y a lasDirecciones Regionales de Transportes y Comunicacio- nes de los Gobiernos Regionales de Loreto y Ucayali, para su conocimiento y fines.Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General Dirección General de Transporte Acuático 16867 ORGANISMOS AUTÓNOMOS J N E Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de San Isi- dro, San BartolomØ, San Bartolo y Acos RESOLUCIÓN Nº 160-2003-JNE Expediente Nº 940-02-Vac. Lima, 10 de setiembre de 2003 VISTO, el Oficio Nº 071-2003-ALC/MSI recibido el 21 de agosto último, de don Jorge Salmón Jordán, Alcalde del Concejo Distrital de San Isidro, provincia y departa- mento de Lima, mediante el cual comunica la declarato-ria de vacancia del cargo de Regidor de don Luis Freire Roncagliolo; CONSIDERANDO: Que, en la copia del Acta de la Sesión Extraordinaria de fecha 18 de julio pasado, que obra de fojas 6 a 8, consta que el Concejo Distrital de San Isidro, con el voto aprobatorio unánime, acordó declarar la vacancia delcargo de Regidor de don Luis Freire Roncagliolo por en- fermedad, causal prevista en el numeral 3) del artículo 22º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades",expidiéndose el Acuerdo de Concejo Nº 062-2003-MSI de fojas 3; Que, con el Certificado Médico de fojas 13 se acredi- ta que don Luis Freire Roncagliolo adolece de una enfermedad que le impide el desempeño normal de sus funciones, habiéndosele prescrito llevar actividad laboralsin tensiones, por lo que se encuentra incurso en la cau- sal de vacancia glosada en el considerando anterior; Que, según establece el numeral 2) del artículo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia del regidor, éste es reemplazado por el suplente respetando la preceden- cia establecida en su propia lista electoral, correspon-diendo convocar a doña Brunilda Viviana Koffler Añazco, candidata no proclamada del Partido Democrático So- mos Perú; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Convocar a doña Brunilda Viviana Koffler Añazco, candidata no proclamada del Partido Democrático Somos Perú, para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de San Isidro, provinciay departamento de Lima, para completar el período de gobierno municipal 2003 - 2006, debiéndosele otorgar la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 16986