NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (22/09/2003)
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PÆg. 251762 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de setiembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial de Chanchamayo, en sesión ordinaria de fecha 15 de agosto del 2003; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitu- ción Política del Estado, las Municipalidades tienen auto-nomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las Municipalidades, el citado precepto cons-titucional ha otorgado expresamente al Concejo Munici-pal el ejercicio de la función normativa; Que, por mandato del artículo 195º de la Constitución Política, las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públi- cos locales de su responsabilidad, así como planificar eldesarrollo urbano y rural de sus circunscripciones; com-petencia que, en concordancia con lo establecido en losartículos 9º inciso 3); 73º numeral 1.8 y 79º numeral 2.1de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, comprende la atribución de aprobar el régimen de orga- nización interior y funcionamiento del Gobierno Local yla competencia en materia de organización del espaciofísico - uso del suelo; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 195º de la Constitución Política, los Gobiernos Locales pro- mueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en ar-monía con las políticas y planes nacionales y regionalesde desarrollo; Que, en tal sentido, la creación del Instituto de Via- lidad Municipal de la provincia de Chanchamayo (IVP), como organismo público descentralizado de la Munici- palidad Provincial de Chanchamayo y MunicipalidadesDistritales de San Ramón, Vitoc, San Luis de Shuaro,Perené y Pichanaki; constituyen una manifestación dela potestad de la que gozan las Municipalidades dirigi-da a viabilizar el desarrollo y mantenimiento de los ca- minos rurales vecinales en el ámbito de la jurisdicción de las Municipalidades Distritales de la provincia deChanchamayo; Que, en la Asamblea de Alcaldes de las Municipali- dades Distritales de la provincia de Chanchamayo, presi-dida por el Alcalde provincial, realizada el 12 de agosto del año 2003, se presentó a los alcaldes el Proyecto de Estatuto del Instituto de Vialidad Municipal de la provin-cia de Chanchamayo para su revisión; De conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; losconcejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; Se aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Crear el Instituto de Vialidad Municipal de la provincia de Chanchamayo (IVP), comoOrganismo Descentralizado de derecho público inter-no, de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo yMunicipalidades Distritales de San Ramón, Vitoc, SanLuis de Shuaro, Perené y Pichanaki; con personería jurídica y con autonomía administrativa y económica. Artículo Segundo.- Aprobar el Estatuto del Institu- to de Vialidad Municipal de la provincia deChanchamayo, el mismo que consta de siete Títulos,treinta Artículos, tres Disposiciones Finales y quecomo anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, publíquese y cúmplase. WALTER MENDOZA CASTRO Alcalde 17384Adecuan Estructura OrgÆnica, Regla- mento de Organización y Funciones ydemÆs documentos de gestión adminis-trativa a la Ley N” 27972, Ley OrgÆ- nica de Municipalidades ORDENANZA Nº 015-2003-MPCH La Merced, 21 de agosto de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de 21 de julio del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Ar-tículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipa- lidades aprobada por Ley Nº 27972, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 26º de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972) haprescrito que la administración municipal adopta una estruc- tura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y poste-rior. Se rige por los principios de legalidad, economía, trans- parencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444; Que, mediante Edictos Nºs. 001-2002-MPCH y 002-2002- MPCH se aprobaron la Estructura Orgánica y el Reglamen- to de Organización y Funciones, Manual de Organización yFunciones, Reglamento Interno de Personal de la Municipa- lidad Provincial de Chanchamayo, respectivamente; Que, en el marco del proceso de reestructuración ad- ministrativa que viene preparando la gestión municipal, corresponde dictar normas que permitan la adecuación al nuevo ordenamiento legal antes mencionado, de modo talque las gerencias puedan resolver aspectos administrati- vos de su competencia, correspondiendo la resolución de última instancia administrativa al Despacho de Alcaldía; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Ley Nº 27972 y con el voto unánime de los miembrosdel Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ADECUAR la Estructura Orgáni- ca de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, asícomo el Reglamento de Organización y Funciones y de- más documentos de gestión administrativa, al espíritu de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972,en los términos siguientes: - Donde dice: Dirección Municipal, se denominará: Gerencia Municipal. - Donde dice: Dirección Técnica, se denominará: Gerencia Técnica. - Donde dice: Dirección de Servicios, se denominará: Gerencia de Servicios. - Donde dice: Dirección de Rentas, se denominará: Gerencia de Rentas. - Donde dice: Dirección de Administración, se deno- minará: Gerencia de Administración. Artículo Segundo.- Los procedimientos administra- tivos que se encuentren en trámite y que no cuenten con resolución, se adecuarán a la Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. WALTER MENDOZA CASTRO Alcalde 17385