Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2003 (22/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 22 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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el Plan Operativo y el Plan de Trabajo Institucional, asi como asegurar su ejecucion; g) Elaborar, formular, evaluar programas y proponer al Consejo Directivo el Presupuesto Anual del Instituto y asegurar su ejecucion, una vez aprobado; h) Formular los objetivos y metas de corto, mediano y largo plazo, asegurando el cumplimiento del Plan Antartico Nacional; i) Asegurar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos derivados de las Reuniones Consultivas del Tratado Antartico y de otras instancias del Sistema; j) Asegurar el cumplimiento de las directivas y decisiones emanadas del Consejo Directivo; k) Implementar, administrar y conservar la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP) y cualquier otra futura estructura o facilidad a erigirse en la Antartida; l) Coordinar y autorizar la MORDAZA de los documentos oficiales a ser presentados en las Reuniones y Foros del Sistema Antartico, manteniendo periodicamente informado al Presidente de los resultados; m) Disenar, identificar, analizar, actualizar y armonizar sistematicamente los documentos de gestion institucional (Plan Operativo Institucional, Plan de Trabajo Institucional, Reglamento de Organizacion y Funciones, Cuadro de Asignacion de Personal y Manual de Organizacion y Funciones), asi como informar periodicamente al Presidente sobre las acciones de racionalizacion administrativa del INANPE; n) En concordancia con la Presidencia, convocar al Comite de Asesores Cientificos cuando fuera necesario; o) Proponer al Consejo Directivo la designacion del Director de Asuntos Cientificos y Ambientales, y del Director de Operaciones; p) Elaborar la Memoria Anual del Instituto. Articulo 16º.- Responsabilidad del Secretario Ejecutivo El Secretario Ejecutivo es responsable solidario con los miembros del Consejo Directivo por el buen manejo del Instituto Antartico Peruano. Articulo 17º.- Ausencia o Impedimento Temporal del Secretario Ejecutivo En caso de ausencia o impedimento temporal del Secretario Ejecutivo, el Consejo Directivo, a propuesta del Presidente, encargara la Secretaria Ejecutiva a uno de los Directores de los Organos de Linea. CAPITULO III ORGANOS DE LINEA Articulo 18º.- Conformacion de los Organos de Linea Los Organos de Linea, dependientes de la Secretaria Ejecutiva, estan constituidos por la Direccion de Asuntos Cientificos y Ambientales y por la Direccion de Operaciones, a cargo de los Directores respectivos designados por el Consejo Directivo. DIRECCION DE ASUNTOS CIENTIFICOS Y AMBIENTALES Articulo 19º.- Responsabilidad y Autoridad de la Direccion de Asuntos Cientificos y Ambientales La Direccion de Asuntos Cientificos y Ambientales tiene a su cargo el manejo de la gestion cientifica y medioambiental antartica del INANPE y, especialmente, las siguientes responsabilidades: a) Promover, proponer, orientar, planificar y coordinar la realizacion de las actividades cientificas; b) Planificar el programa cientifico a desarrollarse durante las campanas antarticas; c) Mantener programas activos de investigacion antartica y propiciar el intercambio y publicacion de los resultados cientificos de las investigaciones; d) Estudio y manejo de la tematica ambiental antartica incluyendo el cumplimiento del Protocolo de MORDAZA y sus Anexos; e) Preparacion y seguimiento de los temas vinculados al Comite Cientifico de Investigaciones Antarticas (SCAR) y sus Grupos de Trabajo; f) Preparacion y seguimiento de los temas propios del Comite de Proteccion Ambiental (CPA);

g) Seguimiento e implementacion de las Medidas, Decisiones y Resoluciones de las Reuniones Consultivas del Tratado Antartico (RCTA), especialmente las de contenido cientifico y medio ambiental; h) Coordinacion con los miembros del Comite de Asesores Cientificos; i) Opinar respecto al otorgamiento de autorizaciones para realizar actividades en la Antartida propuestas por entidades publicas o privadas; j) Considerar, evaluar y pronunciarse sobre las Evaluaciones de Impacto Ambiental Globales (CEE) a que se refiere el Protocolo de MORDAZA y lo dispuesto por el Comite de Proteccion Ambiental (CPA); k) Otras que le encargue el Secretario Ejecutivo. La Direccion de Asuntos Cientificos y Ambientales estara a cargo de un reconocido cientifico o investigador que tenga produccion cientifica destacada y publicaciones sobre temas antarticos a nivel nacional e internacional y que maneje fluidamente el idioma ingles. El Director de Asuntos Cientificos y Ambientales es designado por el Consejo Directivo. DIRECCION DE OPERACIONES Articulo 20º.- Responsabilidad y Autoridad de la Direccion de Operaciones La Direccion de Operaciones tiene a su cargo los temas y asuntos operacionales y logisticos del INANPE y, especialmente, las siguientes funciones: a) Planificacion de los aspectos operacionales y logisticos de las Campanas Antarticas sobre la base de los requerimientos del programa de investigacion cientifica propuesto por la Direccion de Asuntos Cientificos y Ambientales. b) Administrar, conservar, mantener e implementar la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" y futuras instalaciones o facilidades en la Antartida; c) Estudio, seguimiento y preparacion de la participacion del Peru en el Consejo de Administradores de los Programas Nacionales Antarticos (COMNAP); d) Estudio, seguimiento y preparacion de los temas operacionales de la Agenda de las Reuniones de Administradores de los Programas Antarticos Latinoamericanos (RAPAL); e) Estudio, seguimiento y preparacion de los temas operacionales de la Agenda de las Reuniones Consultivas del Tratado Antartico (RCTA); f) Otras que le encargue el Secretario Ejecutivo. La Direccion de Operaciones sera ejercida en forma rotativa y por periodos de dos anos, por un Oficial Superior de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, de la Fuerza Aerea del Peru y del Ejercito del Peru, en dicho orden, con amplia experiencia en operaciones antarticas y manejo fluido del idioma ingles. El Director de Operaciones es designado por el Consejo Directivo. CAPITULO IV ORGANO CONSULTIVO COMITE DE ASESORES CIENTIFICOS Articulo 21º.- Naturaleza y Conformacion del Comite de Asesores Cientificos El Comite de Asesores Cientificos es el organo de asesoria y apoyo cientifico del INANPE. Esta integrado por especialistas de las siguientes instituciones: a) Dos representantes de la Universidad Peruana, elegidos por la Asamblea Nacional de Rectores; b) Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia (CONCYTEC); c) Un representante del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM); d) Un representante del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE); e) Un representante del Instituto Geofisico del Peru (IGP); f) Un representante del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico (INGEMMET); g) Un representante del Instituto Peruano de Energia Nuclear (IPEN);

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