Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2003 (22/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de setiembre de 2003

Visto.- El Expediente Administrativo Nº 310457-83 sobre calificacion de naturaleza eriaza del terreno de 800.00 m2 (Ochocientos Metros Cuadrados) de area, ubicado al norte del MORDAZA "Los Milagros", avenida Los Pinos, falda del cerro Las Culebras, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 004-85-VC, modificado y complementado por el Decreto Supremo Nº 004-86-VC y Nº 002-91-VC, las Municipalidades Provinciales identifican los terrenos eriazos ubicados dentro de las zonas de expansion MORDAZA de su jurisdiccion, revertidos o que pertenezcan al dominio del Estado, en aplicacion de los Decretos Leyes Nºs. 11061, 14197 y 1995 respectivamente; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 423 del 14 de marzo de 1986, se califica de naturaleza eriaza el terreno de 800.00 m2 de area, ubicado al norte del MORDAZA "Los Milagros", avenida Los Pinos, falda del cerro Las Culebras, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; en merito a ello fue inmatriculado en el asiento 1-c de la Ficha Nº 74961 del Registro Publico de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y Callao, a nombre de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con fecha 5 de enero de 1987 como es de advertirse de la MORDAZA literal de dominio; Que, de acuerdo a los Informes Nº 53-95-MML-DMDUDGTE/DT, del 27 de marzo de 1995 y Nº 133-2000-MMLDMDU-DTTE-DvT del 20 de octubre del 2000, se ha determinado definitivamente que el terreno peticionado esta ubicado al sur - este del MORDAZA "Los Milagros", del distrito de Chaclacayo y no al lado norte del citado MORDAZA, como erroneamente se consigno en la Resolucion de Alcaldia Nº 423 del 14 de marzo de 1986, de calificacion eriaza del area materia de tramite; Que, asimismo la Municipalidad Distrital de Chaclacayo segun Oficio Nº 161-94-DU/MCH, del 26 de MORDAZA de 1994, precisa tambien que el terreno solicitado esta ubicado al lado sur del MORDAZA "Los Milagros" y no al lado norte; Que, es necesario modificar la Resolucion de Alcaldia Nº 423-86, a efectos de continuar con el tramite regular del expediente, evitando vicios procesales; Estando al Informe Nº 140-2000-MML-DMDU-DTTEDL, con opinion favorable y el Visto MORDAZA de la Direccion Tecnica de Tierras Eriazas y del Director Municipal de Desarrollo Urbano; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23853, Edicto Metropolitano Nº 021 del 1 de MORDAZA de 1985 y Decreto de Alcaldia Nº 200 del 14 de diciembre de 1990; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la Resolucion de Alcaldia Nº 423 del 14 de marzo de 1986, en el sentido de considerar al terreno de 800.00 m2 (OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS) de area, ubicado al lado sur del MORDAZA "Los Milagros" y no al norte, cuyos linderos son: Por el norte, limita con el pasaje "A"; por el este limita con cerro de propiedad del Estado; por el oeste limita con propiedad privada de MORDAZA MORDAZA H., y por el lado sur con el cerro de propiedad del Estado, jurisdiccion del distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad con el Plano Nº 11-08/10-2000-DVT-DTTE-DMDU y memoria descriptiva que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA, la ejecucion de las acciones necesarias ante el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, para corregir en la Ficha Registral Nº 74961 la ubicacion del terreno, de acuerdo a lo senalado en el MORDAZA y tercer considerando de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, de la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el 2do. parrafo del inciso a) del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-86-VC, cuyo costo sera asumido por el solicitante. Registrese, comuniquese, cumplase y pase a la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 17149

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento para la disposicion de bienes perecibles y no perecibles decomisados
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2003-ALC/MSI San MORDAZA, 19 de setiembre de 2003 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, segun lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, como consecuencia de la funcion de fiscalizacion y control de las actividades comerciales, que poseen los gobiernos locales dentro de su jurisdiccion, y en procura de un mejor empleo de los bienes perecibles y no perecibles decomisados que no son reclamados oportunamente por sus propietarios; es imperativo promulgar un reglamento que regule la disposicion final de los bienes acotados; y, De acuerdo a lo establecido en numeral 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Apruebase el REGLAMENTO PARA LA DISPOSICION DE BIENES PERECIBLES Y NO PERECIBLES DECOMISADOS, que cuenta con catorce articulos y dos disposiciones finales. Articulo Segundo.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de San Isidro. Articulo Tercero.- Dejase sin efecto el Decreto de Alcaldia Nº 05-98-ALC/MSI. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 17399

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA PORTILLO
Incluyen procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 631-2003-MPCP Pucallpa, 9 de setiembre de 2003 VISTO, el Proveido Nº 328-2003-MPCP-DGA del 2.SET.2003 sobre Inclusion de Procesos de Seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, para el ejercicio presupuestario 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM concordante con el Art. 7º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y la Resolucion Nº 200-2002-CONSUCODE/PRE del 7.DIC.2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14.DIC.2002, aprobando la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboracion e informatica

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