NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (22/09/2003)
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PÆg. 251759 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de setiembre de 2003 do en su artículo 8º que las entidades de la Administra- ción Pública deberán identificar al funcionario responsa- ble de brindar la información que se solicite; Que, mediante Resolución Nº 402-2002-SUNARP/SN, de fecha 18 de agosto de 2003, se designó como funciona- rios responsables de brindar información dentro del marco de la Ley Nº 27806 a los señores abogados Blas CarpioSoto, Mario Palacios Luna, Mario Rosario Guaylupo, Patri- cia Llanos Barrios, del Registro Predial Urbano; Que, mediante documento del visto, la Jefatura del Re- gistro Predial Urbano, solicita se designe nuevos responsa- bles de brindar información en asuntos de naturaleza regis- tral, así como de las Gerencias Desconcentradas 1, 2 y 4,en función de los cambios realizados en dichas Gerencias; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, elTexto Único Ordenado de la misma, aprobado por Decre- to Supremo Nº 043-2003-PCM y el artículo 7º inciso v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por ResoluciónSuprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los siguientes funciona- rios del Registro Predial Urbano como responsables de brindar la información que se solicite dentro del marco de la Ley Nº 27806 y su Reglamento aprobado por De-creto Supremo Nº 072-2003-PCM: - Abogado Mario Rosario Guaylupo, Gerente Regis- tral, para Asuntos de Naturaleza Registral; - Abogada Patricia Llanos Barrios, Gerente Descon- centrado 1 (e) de las Oficinas del Cono Norte, Sur y Este de Lima, Huacho y Cañete; - Abogado Mario Palacios Luna, Gerente Desconcen- trado 2 (e) de las Oficinas de Ayacucho, Cerro de Pasco, Huancayo, Ica, Iquitos y Pucallpa; - Abogado Daniel Fernando Montoya López, Gerente Desconcentrada 4 (e) de las Oficinas de Trujillo, Piura, Chiclayo y Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 17375 SUNAT Fijan factores de conversión monetaria a utilizarse en la declaración de la base imponible de derechos arancelarios SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000416-2003/SUNAT/A Callao, 18 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el artículo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF, se- ñala que para la declaración de la base imponible de los dere-chos arancelarios y demás tributos aduaneros, los valores se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América; Que asimismo el tercer párrafo del citado artículo seña- la que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, éstos se convertirán a dólares de los Estados Unidos de América debiéndose establecer un mecanismode difusión que permita a los usuarios conocer con sufi- ciente anticipación los factores de conversión monetaria; Que teniendo en cuenta lo señalado anteriormente re- sulta necesario actualizar los factores de conversión esta- blecidos en la anterior Resolución de Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, considerando los fac-tores fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el artículo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobadopor Decreto Supremo Nº 121-96-EF, el inciso g) del artícu- lo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fíjese los factores de conversión mone- taria a utilizarse en la declaración de la base imponible aque se refiere el tercer párrafo del artículo 15º del Regla- mento de la Ley General de Aduanas, aprobado por De- creto Nº 121-96-EF, de acuerdo al detalle siguiente: PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO (en US$) Argentina Peso 0.338983 Australia Dólar Australiano 0.647500 Barbados Dólar de Barbados 0.502513 Bolivia Boliviano 0.129500 Brasil Real 0.337610 Canadá Dólar Canadiense 0.721501 Colombia Peso 0.000353 Corea Won 0.000852 Chile Peso 0.001435 Dinamarca Corona 0.147942 Ecuador Sucre 0.000040 Fiji Dólar de Fiji 0.521400 Hong Kong Dólar 0.128370 India Rupia 0.021844 Indonesia Rupia 0.000118 Inglaterra Libra Ester lina 1.577000 Israel Nuevo Shekel 0.225276 Japón Yen 0.008551 Kuwait Dinar de Kuwait 3.336670 Malasia Dólar Malasio O Ringgit 0.263227 México Nuevo Peso 0.090604 Noruega Corona 0.133275 Nueva Zelanda Dólar Neozelandés 0.577900 Panamá Balboa 1.000000 Pakistán Rupia Paquistaní 0.017376 Paraguay Guaraní 0.000161 Rusia Rublo 0.032772 Singapur Dólar de Singapur 0.570972 Siria Libra Siria 0.023810 Suecia Corona 0.119646 Sudáfrica, República de Rand 0.136426 Suiza Franco Suizo 0.714592 Taiwan Nuevo Dólar de Taiwan 0.029369 Tailandia Baht 0.024343 Uruguay Peso 0.036630 Venezuela Bolívar 0.000627 Comunidad Andina Peso Andino 1.000000 Unión Europea Euro 1.098000 Artículo 2º.- Los factores a que se refiere el artículo anterior deberán ser utilizados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO EDUARDO ZAVALETA MONTOYA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 17275 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican Resolución de Alcaldía N” 423 en lo referente a ubicación de terreno ubicado en el distrito de Chaclacayo (Se publica la presente resolución de alcaldía a solici- tud de la Municipalidad Metropolitana de Lima, realizadamediante Oficio Nº 2116-2003-SGC/MML del 15 de se- tiembre de 2003). RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 19449 Lima, 19 de diciembre de 2002 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA