NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (26/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 62
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G30/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G22/G43/G61/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GED/G6F/G20/G43/G68/G69/G71/G75/G69/G74/G6F/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-2003-MPSC Huamachuco, 1 de setiembre del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN VISTO; el Expediente Nº 1323-2003-MPSC/SA, remiti- do por el señor Presidente del Comité Especial para la adquisición del anteproyecto Arquitectónico "Remodela- ción de la Plaza de Armas de Huamachuco", y Acuerdo de Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de agosto pasado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 244-2003- MPSC/A, se aprobaron las Bases para la realización del concurso público para la adquisición del anteproyecto Ar- quitectónico para la "Remodelación de la Plaza de Armas de Huamachuco", habiéndose llevado adelante el proceso y declarado desierto por no haber cumplido los participan- tes con los requisitos exigidos en las bases; Que, mediante el expediente del Visto, el Presidente del Comité Especial hace conocer al Pleno esta circuns- tancia, por lo que previo debate y deliberación se acordó declarar la emergencia de construir el canal del "Río Chi- quito" y disponer la cancelación del proceso para la adqui- sición del anteproyecto "Remodelación Plaza de Armas de la ciudad de Huamachuco", ante la prioritaria necesidad de destinarse el presupuesto a la realización de la obra "Ca- nalización del Río Chiquito" de la ciudad de Huamachuco; Que, efectivamente la "Canalización del Río Chiquito" es una obra de urgente necesidad, prioridad y de emer- gencia expresamente declarada por el Pleno, mismo que pasará a convertirse en colector de las aguas servidas y de lluvia en la ciudad y solucionar el problema integral de peligro de inundaciones, ya que todos los años en la épo- ca de invierno que se avecina trae como consecuencia la inundación en las viviendas aledañas, incluso se ha solici- tado por los moradores la urgente ejecución de esta obra ante la proximidad de la época de lluvias, acordando el Pleno además la repriorización de recursos y realizar la modificación presupuestal por el área competente con este objeto, determinándose la cancelación del proceso antes citado; Que, la cancelación del proceso es una figura jurídica que se encuentra debidamente precisada y normada en el artículo 34º del D.S. Nº 012-2001-PCM y artículo 21º del D.S. Nº 013-2001-PCM, disponiendo que incluso procede antes de otorgar la buena pro, siendo así es procedente la cancelación del proceso; En consecuencia, estando a las consideraciones pre- cedentes, al Acuerdo del Visto, a lo prescrito por el D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 013-2001-PCM y a las atribucio- nes conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR en emergencia la construc- ción de la obra "Canalización del Río Chiquito", para el presente período fiscal, por las consideraciones expues- tas. Artículo 2º.- DISPONER la cancelación del proceso del concurso público nacional para la elaboración del antepro- yecto Arquitectónico "Remodelación de la Plaza de Armas de Huamachuco", por tener que destinarse el presupuesto asignado a la ejecución de la obra "Canalización del Río Chiquito" de la ciudad de Huamachuco. Artículo 3º.- DISPONER que la Oficina de Planifica- ción, Presupuesto y Racionalización de la Municipalidad Provincial, priorizando por emergencia el presupuesto asig- nado al proyecto "Remodelación de la Plaza de Armas deHuamachuco", realice la modificación presupuestal, dispo- niendo el traslado de los recursos financieros para la cons- trucción de la obra "Canalización del Río Chiquito", debien- do presentar el proyecto de resolución respectiva. Artículo 4º.- COMUNÍQUESE el presente Acuerdo al Presidente del Comité Especial, para los efectos que dis- pone el Art. 21º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.HÉCTOR RODRÍGUEZ BARBOZA Alcalde 17715 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G79/G20/G66/G69/G73/G2D/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G2C/G20/G69/G6E/G2D /G6D/G6F/G62/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G61/G73/G2C/G20/G48/G69/G64/G72/G61/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G50/G65/G74/G72/G6F/G2D /G70/G65/G72/GFA ACUERDO DE CONCEJO Nº 0170-2003-MPS Chimbote, 30 de julio del 2003 El Concejo Municipal de la provincia del Santa en Se- sión Extraordinaria de fecha 26 de julio del 2003. VISTO: El Pedido de Agenda, sobre Contratación de Servicios Personalísimos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 028-2003-OR-MPS, la Jefa- tura de la Oficina de Rentas explica que la Municipalidad Provincial del Santa en su permanente afán de servir a los vecinos, buscando su desarrollo y bienestar, necesita con- tar con una recaudación de tributos óptima y que para tal fin requiere de los servicios de una Empresa especializada en investigar y ubicar a los contribuyentes omisos que no cumplan con presentar oportunamente sus Declaraciones Juradas o subvalúen el valor de sus propiedades; manifes- tando dicha jefatura que se requiere contratar una empre- sa especializada en la investigación, asesoría, fiscaliza- ción y cobranza de tributos de contribuyentes omisos, mo- rosos o subvaluadores; asimismo, se señala que la fiscali- zación debe estar orientada específicamente a entidades financieras, entidades inmobiliarias, la Empresa Hidrandi- na S.A. y Petroperú, y que además ello no representa ningún gasto para la Municipalidad; Que, con Informe Nº 311-03/OR-UFT-MPS, la Asesoría Tributaria indica que dentro del plan de actividades de la Unidad de Fiscalización Tributaria para el II semestre 2003, no se ha considerado realizar acciones de fiscalización a entidades financieras, entidades inmobiliarias ni a la em- presa Hidrandina S.A. ni a Petroperú, asimismo informa que el personal con que cuenta la Unidad de Fiscalización es mayormente personal Obrero que carece de capacita- ción para realizar labores de fiscalización a nivel de bús- quedas registrales, y se presentan constantes reclamos de las Entidades bancarias por efecto de la incorrecta acota- ción de tributos derivados de la transferencia de propieda- des y según el Art. 93º de la Ley de Tributación Municipal faculta entregar en concesión los servicios de fiscalización de los tributos a cargo de las Municipalidades, siempre que no violen el secreto tributario; Que, con Informe Nº 008-GM-MPS, el Gerente Munici- pal indica que la Municipalidad tiene presupuestado para el año 2003 los siguientes ingresos: a) Impuesto Predial S/ . 3'800,000.00 y b) S/. 2'200,000.00, sin embargo se esti- ma que este presupuesto se puede elevar en un 50% en forma rápida con un proceso de fiscalización tributaria, sólo a los principales contribuyentes; y por este motivo que para el presente ejercicio fiscal se necesita fiscalizar 4 a 6 años en forma retrospectiva a los principales contribuyentes, con