Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2004 (16/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NUMERO DE RESOLUCION

NORMAS LEGALES
FECHA

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2004

R D Nº 007-2004-PRODUCE/DINSECOVI

11-Feb-04

R D Nº 008-2004-PRODUCE/DINSECOVI

12-Feb-04

R D Nº 009-2004-PRODUCE/DINSECOVI

12-Feb-04

R D Nº 010-2004-PRODUCE/DINSECOVI

18-Feb-04

R D Nº 011-2004-PRODUCE/DINSECOVI

18-Feb-04

R D Nº 012-2004-PRODUCE/DINSECOVI

18-Feb-04

R D Nº 013-2004-PRODUCE/DINSECOVI

18-Feb-04

R D Nº 014-2004-PRODUCE/DINSECOVI

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R D Nº 015-2004-PRODUCE/DINSECOVI

18-Feb-04

SE RESUELVE sente Resolucion. Ademas mantener la vigencia de la Resolucion Directoral Nº 004-2004-PRODUCE/DINSECOVI en todos sus extremos, unicamente para los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que se detallan a continuacion, DON MORDAZA S.A.C., PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. EN LIQUIDACION, y MAQUIMAR S.A. Dejar sin efecto la medida cautelar dispuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 004-2004-PRODUCE/DINSECOVI, contra los establecimientos industriales pesqueros propiedad de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. EN LIQUIDACION (Chimbote) y MAQUIMAR S.A.(Callao), por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Ademas mantener la vigencia de la Resolucion Directoral Nº 004-2004-PRODUCE/DINSECOVI en todos sus extremos, unicamente para el titular del establecimiento industrial pesquero DON MORDAZA S.A.C. Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideracion interpuesto por PESQUERA EXALMAR S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 146-2003-PRODUCE/ DINSECOVI, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por el senor MORDAZA CAVENAGO MORDAZA para acogerse al pago con el 40% de descuento de la multa impuesta mediante Resolucion Comision de Sanciones Nº 150-98-PE-DINSECOVI. Declarar Fundado en Parte el Recurso de Reconsideracion interpuesto por PESCA PERU CHIMBOTE NORTE S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 183-2003PRODUCE/DINSECOVI, reduciendo la sancion impuesta a 3.96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Sancionar a la EMPRESA PESQUERA GAMMA S.A., con una multa ascendente a 3,75 Unidades Impositivas Tributarias por haber infringido lo dispuesto en el numeral 20 del articulo 8º del decreto Supremo Nº 002-99-PE sustituido por el numeral 21 del articulo 134º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca. Declarar INADMISIBLE el recurso de reconsideracion presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE TEQUE, contra la Resolucion Directoral Nº 1272003-PRODUCE/DINSECOVI por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto por CORPORACION PESQUERA SAN MORDAZA S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 1002003-PRODUCE/DINSECOVI, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion y en consecuencia dejese sin efecto lo establecido en el articulo 3º de la Resolucion impugnada, dandose por cumplida la obligacion de pago del 20% resultante del beneficio de pago con descuento otorgado por la misma. Y dejar sin efecto lo establecido en la Resolucion Comision de Sanciones Nº 084-2001-PE/CS. Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto por CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 334-2002PE/DINSECOVI, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion y en consecuencia, declarar PROCEDENTE su solicitud de acogimiento a lo establecido en el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 304-2001-PE. Y dar por cumplida la obligacion establecida en el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 334-2002-PE/DINSECOVI, en consideracion al pago efectuado por CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A. con fecha 11 de MORDAZA del 2002. Sancionar a la Empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., con una multa ascendente a 7,96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por haber infringido lo dispuesto en el numeral 3. del articulo 76º de la ley General de Pesca. Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por PESQUERA INDUSTRIAL MARITIMA S.A. para acogerse al descuento del 40% en el pago de la multa impuesta mediante Resolucion Comision de Sanciones Nº 371-99-PE/CS. Asi como declarar PROCEDENTE la solicitud de fraccionamiento de pago presentada por PESQUERA INDUSTRIAL MARITIMA S.A., con respecto al 60% restante del beneficio de reduccion de las multas otorgados en el articulo precedente, monto que asciende a 29.7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) . Sancionar de manera solidaria a los senores MORDAZA MORDAZA URCIA Y MORDAZA R. SILLON DE MORDAZA, armadores de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 3 de matricula Nº PL-18168-CM, con una multa ascendente a 1,83 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por haber infringido lo dispuesto en el numeral 2. del articulo 76º de la Ley General de Pesca al haber extraido el recurso Bagre recurso hidrobiologico no autorizado en su permiso de pesca otorgado.

R D Nº 016-2004-PRODUCE/DINSECOVI

18-Feb-04

R D Nº 017-2004-PRODUCE/DINSECOVI

18-Feb-04

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