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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G36/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de abril de 2004 d. Ley Marco de Modernización de la Gestión del Esta- do - Ley Nº 27658 de 29 de enero 2002. e. Reglamento de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM de 2 de mayo de 2002. f. Ley del Código de Ética de la Función Pública - Ley Nº 27815 de 12 de agosto de 2002. g. Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM de 22 de abril de 2003. TÍTULO SEGUNDO DEL PROCESO DE AUTENTICACIÓN CAPÍTULO I DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Artículo 5º .- AUTENTICACIÓN La autenticación es un acto administrativo 4 realizado perso- nalmente por un servidor o funcionario público 5 designado como fedatario que en el ejercicio de la atribución conferida comprueba,previo cotejo, si el contenido de la copia o copias de un documen- to corresponden con el original o copia certificada que se presen- ta, luego de lo cual estampa un sello y firma. Artículo 6º.- FEDATARIO Servidor o funcionario público designado por el Ministro del Interior o funcionario en quien se delegó esta atribución, que tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y lacopia o copias presentadas, la fidelidad del contenido de estas últimas para su empleo en los procedimientos o servi- cios administrativos y procesos técnicos de la entidad. También pueden, a pedido de los administrados, certifi- car firmas previa verificación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que seanecesario. CAPÍTULO II DE LA DESIGNACIÓN DE FEDATARIOS Artículo 7º.- DE LA COMPETENCIA PARA DESIG- NAR FEDATARIOS Los funcionarios que a continuación se señalan son competentes para designar a servidores o funcionarios delMinisterio del Interior como fedatarios: a. Director General de Gobierno Interior. b. Director General de la Policía Nacional del Perú. c. Director General de Migraciones y Naturalización.d. Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil. e. Director General de la Oficina de Personal. Artículo 8º.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DE- SIGNACIÓN DE FEDATARIOS EN LOS ÓRGANOS NOPOLICIALES. 8.1 Las Oficinas o Unidades responsables de la adminis- tración de personal en las Direcciones Generales de Gobier- no Interior, Migraciones y Naturalización, Control de Servi- cios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosi-vos de Uso Civil y la Oficina de Procesos de Personal de la Oficina de Personal realizan las acciones siguientes: a. Efectúan la selección de funcionarios y servidores que podrían ser designados fedatarios y solicitan a la Oficina dePersonal la información pertinente, cuando corresponda. b. Evalúan a los funcionarios y servidores selecciona- dos; para ello se utiliza la Hoja de Información Básica. Estacontendrá la información que a continuación se señala y se diseñará según el modelo que figura en el Anexo Nº 01 del presente Reglamento. (1) Datos generales: (apellidos y nombres, fecha de na- cimiento, tiempo de servicios al Estado y al Ministerio del Interior). (2) Cargo clasificado y función actual.(3) Estudios (profesionales o técnicos, capacitación). (4) Experiencia laboral (cargos desempeñados). (5) Comisiones especiales desempeñadas.(6) Méritos personales. c. Formulan un Informe, el mismo que es presentado o elevado a conocimiento y aprobación del respectivo Direc- tor General.d. Formulan el proyecto de Resolución Directoral, una vez que el respectivo Director General eligió al (a los) servidor(es) o funcionario(s) como fedatarios. e. Solicitan el dictamen de la Oficina de Asesoría Legal o unidad que hace sus veces o del servidor o funcionario que desempeña la función de asesoramiento legal. f. Aprobada la Resolución Directoral respectiva procede a la codificación y a la difusión de la misma. Se remite copia de la Resolución Directoral a los interesados, a la Secreta- ría General del Ministerio del Interior, Oficina de Control In-terno y al diario oficial El Peruano para su publicación. 8.2 Los Directores Generales realizan las actividades siguientes: a. Eligen a los servidores o funcionarios como fedata- rios. b. Designan a los fedatarios mediante Resolución Di- rectoral. Artículo 9º.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DE- SIGNACIÓN DE FEDATARIOS EN LA DIRECCIÓN GE- NERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERU. 9.1 El Estado Mayor General propone al Director Gene- ral de la Policía Nacional del Perú las unidades orgánicasdonde se designarán fedatarios. 9.2 El Director General de la Policía Nacional del Perú establece, mediante Resolución Directoral, las unidades or-gánicas seleccionadas como sede de fedatarios. 9.3 Los Oficiales Generales o Superiores PNP Directo- res de los Órganos de Apoyo y Ejecución con sede en Limaque han sido seleccionados como sede de fedatarios pro- ponen a la Dirección Ejecutiva de Desarrollo Humano anual- mente y, preferentemente en el primer trimestre del año,los Oficiales Subalternos PNP o personal civil candidatos a ser designados como fedatarios. 9.4 La Dirección Ejecutiva de Desarrollo Humano: a. Propone al Director General de la Policía Nacional del Perú el proyecto de Resolución Directoral mediante la cual se designa a los fedatarios (titular y alterno). b. Remite, una vez aprobada la Resolución, copia certi- ficada al Jefe de la Unidad donde van a desempeñar las funciones y atribuciones los fedatarios, a la Secretaría Ge- neral e Inspectoría General de la Policía Nacional del Perúy al diario oficial El Peruano. 9.5 Los Jefes de Estado Mayor de las Regiones Poli- ciales: a. Proponen anualmente al Jefe de la Región Policial correspondiente anualmente y, preferentemente en el pri- mer trimestre del año, los Oficiales Subalternos PNP o per-sonal civil candidatos a ser designados como fedatarios. b. Una vez codificada la Resolución se remite copia cer- tificada a la Secretaría General PNP, Inspectoría GeneralPNP, Inspectoría Regional e interesados. 9.6 El Jefe de Región Policial designa mediante Reso- lución a los fedatarios de su respectiva jurisdicción. CAPÍTULO III DE LOS FEDATARIOS Artículo 10º .- DEL NÚMERO DE FEDATARIOS a. Todos los órganos del Ministerio del Interior en los que se desarrollan procedimientos administrativos 6 deben contar con fedatarios. 4De conformidad al artículo 1º de la Le y del Procedimiento Administrativo General.: "Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas dederecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obliga-ciones o derecho de los administrados dentro de una situación concreta" 5De conformidad a los artículos 3º y 4º del Reglamento de la Ley de Carrera Adminis-trativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM de 15 de enero de 1990: Se entiende ..."por servidor público al ciudadano en ejercicio que presta servicios en entidades de la Administración Pública con nombramiento o contrato de autoridad com-petente, con las formalidades de Ley, en jornada legal sujeto a retribución remunerati-va permanente en períodos regulares"Se considera ..."funcionario público al ciudadano que es elegido o designado por auto- ridad competente, conforme al ordenamiento legal para desempeñar cargos del másalto nivel en los poderes públicos y los organismos con autonomía". 6De conformidad al artículo 1º de la Ley del Procedimiento Administrativo General "Seentiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitadosen las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efec-tos jurídicos individuales sobre intereses, obligaciones o derecho de los administrados".