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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G37/G30/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de abril de 2004 Ley del Procedimiento Administrativo General y artícu- lo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la nulidad de la Adjudicación Di- recta Pública Nº 002-2004-MDV cuyo objeto es la Adquisi-ción de Equipos de Cómputo para atender las necesida- des de las distintas áreas de la Municipalidad de Ventanilla y de la Biblioteca Municipal, por los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución; retrotrayéndose el referido proceso hasta la autorización de su convocatoria y aprobación de bases. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General, la pu- blicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Dia- rio Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguien-tes a su emisión de conformidad con el artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- Declarar la nulidad de la Resolución de Alcaldía Nº 103-2004/MDV-ALC por la que se designa a un Comité Especial encargado de la Adjudicación Directa Pública para Adquisición de Equipos de Cómputo 2004. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y ar- chívese. JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 07649 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANTIAGO DE CHUCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 194-2004-MPSCH Santiago de Chuco, 16 de abril del 2004. Visto, el Informe Nº 07-2004-MPSCH-UL, de fecha 15 de abril del 2004, a través del cual la Unidad de Logística solicita la aprobación del Plan Anual de Contrataciones yAdquisiciones del 2004; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el artículo 6º de su Reglamento, establece que cada Entidad elaboraráun Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que de- berá prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuestorequerido; Que, por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, se aprobó la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE-PRE,que regula el procedimiento de elaboración y contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Público; Que, en este contexto, en uso de las facultades que confiere la normatividad señalada en los considerandos anteriores; de conformidad con el Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, el artículo 20º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA MUNICI-PALIDAD PROVINCIAL DE SANTIAGO DE CHUCO, co- rrespondiente al Ejercicio Presupuestal del Año Fiscal 2004, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Re-solución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Muni- cipal que el Plan Anual sea remitido al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSU- CODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Mi-cro Empresa - PROMPYME, asimismo, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano den- tro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición. Artículo Tercero.- Poner a disposición del público el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Muni- cipalidad, en la Unidad de Logística, al costo de reproduc- ción. Regístrese, comuníquese y archívese. EBERTH ROJAS ALIPIO Alcalde 07718 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G2D/G74/G6F/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 118-2004-MDNCH Nuevo Chimbote, 15 de marzo del 2004 VISTO: El Informe Nº 001-2004-CELPNPVL-MDNCH del Comité Especial encargado de la Licitación Pública Nacional para la Adquisición de Productos del Programadel Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote es una institución de Derecho Público con autonomía econó- mica y administrativa como lo regula la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, la Constitución Política delPerú, en aplicación de los Artículos 191º, 192º y 193º, rela- cionados a los Gobiernos Locales, afianzando así el pro- ceso de descentralización, contribuyendo al desarrollo in-tegral de la Región, mediante la iniciativa del Régimen Municipal, por su independencia del resolver sobre asun- tos que son de su competencia; Que, de conformidad con el Artículo 4º, inciso c), del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Comité Especial es designado por la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda para conducir los procesosde selección hasta el consentimiento de la Buena Pro; Que, conforme a lo establecido en el informe técnico del producto objeto de la adquisición, éste no cubre la can-tidad energética especificada para una ración del vaso de leche establecida por la Directiva Nº 014 del Instituto Na- cional de Salud; Que, el informe del Comité Especial encargado de la Licitación Pública Nacional para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote se-ñala que no es posible continuar con el proceso de selec- ción por los fundamentos del informe técnico; Que, el Informe Nº 116-2004-MDNCH-OAJ establece que la nulidad de oficio del proceso de selección sólo pue- de ser declarada por el titular hasta antes de la suscripción del contrato, conforme al Art. 57º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones; Que, por los considerandos antes expuestos y de con- formidad al numeral 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, en concordancia con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFI- CIO de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2004-MDN- CH para la adquisición del producto del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Artículo Segundo.- RETROTRAER el proceso hasta el acto de convocatoria del presente proceso de selección.