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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (22/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G37/G30/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de abril de 2004 Que, las Municipalidades Provinciales ejercen funcio- nes exclusivas para normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de pasaje- ros en su jurisdicción de conformidad con el Artículo 81ºinciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000019 de fecha 30 de octubre de 2001, se aprobó el Reglamento del Servicio de Taxi Callao - Setaca en sus diversas modalidades, regulando su inscripción, autorización, re-novación del Certificado de Operación, ejerciendo la fis- calización y control del servicio de transporte especial de personas dentro de la Provincia Constitucional delCallao; Que, en materia de tránsito terrestre, las Municipali- dades Provinciales pueden emitir normas y disposicio-nes complementarias necesarias para la aplicación del Reglamento Nacional de Tránsito, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y su modificatoria Decreto Supremo Nº003-2003-MTC en su respectiva jurisdicción, de confor- midad con el Artículo 5º inciso 1) del mencionado cuer- po legal; Que, conforme a lo dispuesto en el Anexo 5 del Contrato de Concesión para la Construcción, Mejora, Conservación y Explotación del Aeropuerto Internacio-nal Jorge Chávez suscrito entre el Estado Peruano y Lima Airport Partners S.R.L., "existirá un acceso libre de todo pago desde la Fecha de Cierre, a fin de que losvehículos ingresen al terminal aeroportuario a recoger y dejar pasajeros y/o carga". Dicha vía libre o tercer carril constituye una vía para el uso del público en generalconforme a lo dispuesto en el Contrato de Concesión antes citado; Que, en dicha vía libre, la Municipalidad del Callao viene observando la presencia de unidades informales que brindan servicio de taxi así como a personas que ofrecen en forma ambulatoria dicho servicio, generandocon ello una serie de inconvenientes como congestión vehicular, asaltos y agresiones a pasajeros que proce- den de los vuelos nacionales e internacionales y a losusuarios del aeropuerto en general; Que, asimismo, según lo opinado por la Dirección Ge- neral de Transporte Urbano de la Municipalidad Provin-cial del Callao, la capacidad de la vía libre o tercer carril del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez debido al in- greso diario de unidades que soporta, saturan la mismano existiendo capacidad suficiente que facilite el esta- cionamiento de vehículos ya que ello originaría que la misma colapse; Que, es necesario defender y cautelar la seguridad personal y física de los usuarios del Aeropuerto Interna- cional Jorge Chávez, así como mantener y asegurar unordenamiento vehicular en la denominada vía libre o ter- cer carril del Aeropuerto, se requiere que ésta sea regu- lada para su uso racional, resultando necesario dictarmedidas que permitan a la autoridad municipal y a la Policía Nacional tener el control de su uso a fin de man- tener y garantizar un orden en dicha vía; Estando a las consideraciones expuestas, con visa- ción de la Dirección General de Transporte Urbano y a la Dirección General de Comercialización, y en ejerciciode las facultades que confiere al señor Alcalde el artícu- lo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Las Unidades Vehiculares que pres- ten el servicio de taxi en sus diversas modalidades debe- rán EXHIBIR al Ingresar al Aeropuerto Internacional JorgeChávez el correspondiente Certificado de Operaciones que habilite a dicha unidad para la prestación del servicio, caso contrario de detectarse ésta y otras infracciones, se apli-caran las sanciones de multa y medidas preventivas de internamiento del vehículo en el Depósito Municipal de Ve- hículos - DMV establecidas en el Reglamento del Serviciode Taxi - SETACA Ordenanza Municipal Nº 000019 de fe- cha 31/10/01 y el Decreto de Alcaldía Nº 000032 de fecha 09/12/03. Artículo Segundo.- El TERCER CARRIL o VÍA LIBRE, es un acceso libre de todo pago a fin que los vehículos tengan acceso al terminal aeroportuario a dejar o recogerpasajeros y/o carga de conformidad a lo establecido en el Contrato de Concesión suscrito entre el Estado Peruano y Lima Airport Partners S.R.L., permitiéndose únicamentepara el caso de transporte público, dejar pasajeros en loslugares establecidos y señalizados para tal fin en dicha vía. Artículo Tercero.- PROHÍBASE el estacionamiento de vehículos en el TERCER CARRIL o VÍA LIBRE, salvo laexcepción prevista en el artículo segundo, en caso de con- travención se aplicarán las sanciones previstas en el Re- glamento Nacional de Tránsito - D.S. Nº 033-2001-MTC ysu modificatoria D.S. Nº 003-2003-MTC. Artículo Cuarto.- Se encuentra PROHIBIDO bajo san- ción de multa, ofrecer el servicio de taxi en forma ambula-toria dentro del terminal del Aeropuerto Internacional Jor- ge Chávez, en su playa de estacionamiento vehicular y en la misma vía libre o tercer carril, según lo dispuesto en elDecreto de Alcaldía Nº 000012 de fecha 06/05/96 modifi- cado por Decreto de Alcaldía Nº 000008 de fecha 25/02/02 expedidos por la Municipalidad Provincial del Callao, quedeclara las instalaciones del Aeropuerto Internacional Jor- ge Chávez como zona rígida para el comercio ambulatorio. Artículo Quinto.- Encárguese el cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía a la Dirección General de Trans- porte Urbano, a la Dirección General de Comercialización, y a la Policía Nacional del Perú. POR TANTO. Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 07657 /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000014 Callao, 7 de abril de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales son Órga- nos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que las Municipalidades representan al vecinda-rio, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y ar- mónico de su circunscripción; otorgándole entre otros as-pectos, competencias específicas y compartidas en mate- ria de Tránsito, vialidad y transporte público; Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181 y el Reglamento Nacional de Tránsito apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC reco- nocen a la Municipalidad Provincial como autoridad de trán-sito en su respectiva jurisdicción, quien asume competen- cias de carácter normativo, de gestión y de fiscalización para la mejor aplicación de dicho Reglamento dentro de surespectivo ámbito territorial; Que, el Reglamento Nacional de Tránsito contempla en sus disposiciones la aplicación de medidas preventivasaplicables a todo vehículo automotor que el efectivo poli- cial asignado al control del tránsito puede aplicar en los casos que corresponda, ante la comisión de infraccionesque detecte; Que, se viene apreciando en la práctica la comisión de diversas infracciones al Reglamento Nacional de Tránsitoque deben conllevar la aplicación de la medida preventiva de remoción del vehículo, definido por los artículos 299º y 330º inciso 2) del Reglamento Nacional de Tránsito D.S. Nº033-2001-MTC y sus modificatorias; y que el efectivo poli- cial asignado al control del tránsito no puede ejecutar en los casos de ausencia del conductor, con el agravante deque en muchos casos para la tipificación de la figura de vehículo abandonado que conlleve la medida de interna-