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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de abril de 2004 DIOS, precisando las competencias que la Ley estable- ce, al ámbito de las atribuciones de sus miembros, eldesarrollo de las sesiones y el funcionamiento de las Co-misiones de Trabajo. TÍTULO II DEL CONSEJO REGIONAL Artículo 2º.- El Consejo Regional es el órgano nor- mativo y fiscalizador del Gobierno Regional y ejerce ju-risdicción sobre toda la Región Madre de Dios en losasuntos de su competencia. Está integrado por el Presi-dente Regional, el Vicepresidente y los Consejeros. Artículo 3º.- El Consejo Regional ejerce sus atribu- ciones de conformidad con las disposiciones señaladas en el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Re-gionales y demás disposiciones legales pertinentes. DEL PRESIDENTE Artículo 4º.- El Presidente Regional, es el titular y representante legal del pliego del Gobierno Regional deMadre de Dios, ejerce sus atribuciones de acuerdo a lo previsto en el artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales, Ley Nº 27867, y demás disposicioneslegales concordantes. DEL VICEPRESIDENTE Artículo 5º.- El Vicepresidente reemplaza al Presi- dente Regional en los que establece el artículo 23º de laLey Orgánica de Gobiernos Regionales. El Vicepresiden- te asiste a las sesiones con derecho a voz y voto. DE LOS CONSEJEROS Artículo 6º.- Los Consejeros Regionales son repre- sentantes de la población, electos por voluntad popularque ejercen función pública y gozan de las prerrogativasy preeminencias que establece la Ley. Artículo 7º.- Son derechos de los Consejeros Regio- nales: Los establecidos por el artículo 16º de la Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales; además: a) Proponer proyectos de Ordenanzas, Acuerdos Re- gionales y otras normas generales y específicas en con-cordancia con las leyes vigentes. b) Ejercer función de vigilancia y fiscalización de los actos de la Administración Regional. c) Integrar las Comisiones Ordinarias, Investigadoras y Especiales del Consejo Regional y las Comisiones Mix-tas que determine el Consejo Regional. d) Solicitar directamente a los Gerentes y Funciona- rios los informes de gestión y la presentación de los ins- trumentos fuentes para su fiscalización; los que deberánser remitidos dentro de los tres (3) días hábiles más eltérmino de la distancia en cuanto a las provincias. Dedarse el caso que el Gerente o los funcionarios no cum-plan con proporcionar la información solicitada, éste será convocado al Consejo Regional para que explique los motivos de su omisión e informe al Consejo sobre lo so-licitado. e) Realizar labores específicas de su competencia que le encargue el Consejo Regional. f) Canalizar solicitudes y expectativas de la sociedad civil organizada, siempre dentro del marco de sus com- petencias. g) Solicitar la presencia de los gerentes y/o funciona- rios regionales para que expongan ante el Consejo Re-gional las acciones administrativas relacionados con susector. h) Pedir que el Consejo Regional adopte acuerdos, para que a su vez el Presidente Regional adopte lasmedidas correctivas sobre determinados actos adminis-trativos y sobre la conducta de los gerentes y/o funcio-narios del Gobierno Regional relacionados con su fun-ción. i) Otros que le señale el Consejo Regional o determi- ne la ley. j) Autorizar al Presidente Regional en caso de viaje fuera del país.Artículo 8 º.- Son obligaciones de los Consejeros Re- gionales, además de las establecidas en el Artículo 16ºde la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: a) Participar en las sesiones del Consejo Regional y en las sesiones de las Comisiones a las que pertenez- can. b) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y las demás normas que rigen el funcionamiento del Go-bierno Regional. c) Atender las denuncias y quejas debidamente sus- tentadas y documentadas de la población, canalizándo- las adecuadamente. d) Denunciar ante el Consejo Regional y/o Ministerio Público, todo acto de corrupción y/o inmoralidad que de-tecten o tengan conocimiento en el desempeño de sulabor fiscalizadora. Artículo 9º .- La función de vigilancia y fiscalización es irrestricta y se extiende al cumplimiento de las nor-mas en la jurisdicción, así como los actos internos y ex-ternos de la Administración Regional. Es obligación de la Administración Regional y de las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas so- bre los cuales el Gobierno Regional ejerce funciones de control y supervisión, prestar apoyo e información a losConsejeros para el adecuado cumplimiento de esta fun-ción. Estas últimas deberán, bajo responsabilidad, brin-dar a los Consejeros acceso a sus locales y a informa-ción para el adecuado cumplimiento de esta función. Cuando en el ejercicio de la función pública de vigi- lancia y fiscalización, un Consejero detecte incumplimien-to o infracción de normas, pondrá este hecho en conoci-miento del Presidente Regional, remitiendo copia a larepartición correspondiente para que se disponga las ac-ciones y/o sanciones que corresponda. Artículo 10º .- Para el mejor ejercicio de la facultad de iniciativa normativa y seguimiento de la ejecución delas políticas del Gobierno Regional, los Consejeros ten-drán un área específica de trabajo determinada por elConsejo Regional, sin que ello limite las atribuciones quele confiere la Ley. Las áreas de las Comisiones afines serán la base para las comisiones de trabajo. TÍTULO III DE LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL Artículo 11º .- El Consejo Regional contará con una Secretaría, que es la encargada de las acciones de apo-yo, asesoramiento y publicación de los Acuerdos y Or- denanzas del mismo, en los temas de su competencia. Artículo 12º .- La Secretaría del Consejo Regional es- tará a cargo de un funcionario designado mediante Re-solución por el Presidente Regional del cual dependeráfuncionalmente. Artículo 13º .- El Secretario del Consejo Regional tie- ne las siguientes funciones: a) Planificar, organizar y coordinar las actividades del Consejo Regional e informar de ello a sus Integrantes. b) Coordinar la formulación de la agenda de las se- siones del Consejo Regional y asistirlos en el desarro- llo de las mismas. c) Citar a las sesiones por encargo del Presidente Regional. d) Certificar las autógrafas y actuar de fedatario de las ordenanzas y acuerdos del Consejo Regional. e) Asistir a las sesiones de Consejo Regional y a pe- dido del Presidente asistir a cualquier reunión de coordi- nación con los estamentos del Gobierno Regional, ela-borando los respectivos proyectos de ordenanzas yacuerdos regionales. f) Supervisar la redacción de las Actas de las sesio- nes del Consejo Regional y entregar copias de las mis- mas a los consejeros con 24 horas de anticipación del inicio de la sesión inmediata, igualmente copia de losproyectos de ordenanzas, acuerdos y mociones, cuyo co-nocimiento previo sea necesario para participar en lassesiones. g) Mantener el registro y efectuar la, notificación, pu- blicación, distribución, archivo y/o trámite de las orde-