Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2004 (23/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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do del BIC MORDAZA MORDAZA Balandra, se encuentran inoperativos siendo las fallas tecnicamente, irreparables por lo que es necesario su cambio total; Que, es necesario adquirir los sensores: - Sensor Trawl Sounder Modelo TS-150 - Sensor de Profundidad Depth Sensor HC4-D1200 - Sensor Distance - HC4-A110 Que, la Direccion de Investigaciones en Pesca y Desarrollo Tecnologico, solicita la adquisicion de los bienes senalados, indicando que son necesarios para la operatividad del Sistema RX-400 Scanmar, el mismo que para el caso de los Cruceros de Evaluacion de Recursos Pelagicos reporta: - Profundidad de la red. - Abertura vertical entre relinga superior e inferior. - Ingreso de cardumenes a la red. - Distancia entre puertas y/o punta de alas. Y, para el caso de los Cruceros de Investigacion de Recursos Demersales es utilizado para: - Contar con la configuracion y valoracion del area barrida por la red. - Validar un area barrida en el MORDAZA de una evaluacion de biomasa. - Estimar directamente la distancia entre punta de alas lo cual permite interpretar tasas de captura y estimacion de biomasa del recurso demersal. Que, los sensores que conforman el Sistema RX-400 Scanmar, instalados en el BIC MORDAZA MORDAZA Balandra, no se encuentran en el MORDAZA local y deben ser importados; Que, el Informe Tecnico, senala que, los sensores no admiten sustitutos de otras MORDAZA ni modelos, ya que en la MORDAZA del buque se encuentra instalado un receptor de senal de los mismos, cuya comunicacion entre el sensor y el transductor estan codificados. Asimismo, senala que el unico representante del fabricante autorizado en el Peru de los sensores SCANMAR, es la empresa ISETEK S.A.; Que, la necesidad de contar con los citados sensores para el Sistema RX-400 Scanmar del BIC MORDAZA MORDAZA Balandra, no puede ser satisfecha con otros bienes analogos, por lo que no hay sustitutos convenientes en el MORDAZA, siendo la empresa ISETEK S.A. la que tiene el privilegio de ser el unico representante del fabricante, por lo tanto ostenta la exclusividad de la venta de los bienes de la MORDAZA del Sistema RX-400 Scanmar; Que, mediante Memorandum Nº OAJ-173-2004, senala que se cumplen con las condiciones que senala la ley para proceder a aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion como: el hecho que la necesidad (adquisicion de los sensores solo pueda ser satisfecha por el titular del privilegio (exclusividad de la venta del sensores SCANMAR); que los mismos no tienen sustitutos convenientes capaces de llenar el objetivo buscado; y que existe la imposibilidad de hecho a convocar a MORDAZA de seleccion, toda vez que se presentaria un solo ofertante; Que, conforme al certificado expedido por la empresa fabricante SCANMAR de Noruega, es la empresa ISETEK S.A., la unica representante autorizada en el Peru, dotada de las facultades relacionadas con la venta de los sensores y suministro de repuestos originales Scanmar cuya MORDAZA es el sistema RX-400 instalado en el BIC Olaya; Que, el valor referencial de la adquisicion de los repuestos asciende a la suma de S/. 158,000.00 (Ciento Cincuentiocho mil y 00/100 Nuevos Soles) aproximadamente incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Memorandum Nº OPP-138-2004, de fecha 6.4.2004, el Director de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion, informa que existe disponibilidad presupuestaria en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, senala que estan exonerados de procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudi-

cacion Directa, inciso f) Bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, senala que se requiere obligatoriamente un Informe tecnico-legal previo a la emision de la resolucion o acuerdo que aprueba la exoneracion de los procesos de seleccion, los que seran emitidos por las areas tecnica y de asesoria juridica de la entidad; Que, la adquisicion de los bienes debera efectuarse a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme se senala en el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular, del Pliego de la entidad, previo informe tecnico-legal, y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA de dicha Resolucion y el Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, de conformidad con el inciso f) del articulo 19º y articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el articulo 113º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con el visto MORDAZA de la Oficina de Administracion, Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion y Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la adquisicion de los sensores del Sistema RX-400 Scanmar del Buque Cientifico de Investigacion "Jose MORDAZA Balandra" de propiedad del IMARPE, por el valor referencial de S/. 158,000.00 (Ciento Cincuentiocho mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas. Articulo 2º.- Designar como organo encargado de realizar la contratacion exonerada a la Unidad de Logistica e Infraestructura. Articulo 3º.- La adquisicion que se efectue en virtud de la presente Resolucion Directoral se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Articulo 4º.- La presente adquisicion se financiara a traves de Recursos Ordinarios. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision, asi como se remitira MORDAZA a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 07787

SUNARP
Aprueban modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la MORDAZA Registral Nº X - Sede MORDAZA para el Ejercicio Presupuestal 2004
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS MORDAZA REGISTRAL Nº X - SEDE MORDAZA RESOLUCION JEFATURAL Nº 123-2004-Z.R.NºX/SC

MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2004

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