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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de abril de 2004 los factores es la falta de preparación de los postores para elaborar expedientes técnicos y económicos deacuerdo a las bases del proceso de selección; Que, ante esta circunstancia la Dirección Regional Nor Oriente San Martín manifiesta que es necesario de-clarar en Situación de Urgencia la contratación del Su- ministro de Alimentos Preparados para internos y perso- nal INPE que labora las 24 x 48 horas para los Estable-cimientos Penitenciarios Huancas Chachapoyas, BaguaGrande, Moyobamba, Juanjuí, Tarapoto, Iquitos, AnexoIquitos y Yurimaguas; por el período de sesenta (60) díascalendario, hasta por la suma de S/. 432,660.00 Nuevos Soles (Cuatrocientos Treinta y Dos Mil Seis Cientos se- senta Ochenta con 00/100 Nuevos Soles), importe queservirá para cubrir los gastos de alimentos preparadosmientras se realicen los procesos de selección corres-pondientes, ya que los internos de los mencionados Es-tablecimientos Penitenciarios requieren de ellos porque su desabastecimiento compromete directamente los ser- vicios esenciales que presta el Instituto Nacional Peni-tenciario, teniendo en cuenta que el suministro de ali-mentos no puede ser suspendido porque su ausenciapuede ocasionar grave deterioro en la salud de la pobla-ción penal, así como actos de violencia, reclamos y pro- testas de éstos que comprometerían directa e inminen- temente, tanto la seguridad de los internos como de losCentros Penitenciarios; debiéndose tener presente quela situación expuesta se encuentra prevista en el incisoc) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, según el artículo 21º de acotado dispositivo le- gal, se considera Situación de Urgencia cuando la au-sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bieno servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las opera- ciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; porlo que dicha situación faculta a la Entidad a la adquisi-ción o contratación de los bienes, servicios u obras sólopor el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesariopara llevar a cabo el proceso de selección que corres- ponda; debiendo adquirirse bajo la modalidad de Adju- dicación de Menor Cuantía, adoptando todas las provi-dencias que permitan asegurar la moralidad, imparciali-dad, transparencia y economía en el proceso de adjudi-cación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma le-gal; Que, mediante los artículos 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y elnumeral 2) del artículo 108º del acotado Reglamento,modificado por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, se encuentran señalados los procedimien- tos para los procesos de selección exonerados, debien- do la Dirección Regional Lima sujetarse estrictamente ala norma indicada para la compra de lo indispensable afin de paliar la urgencia; sin perjuicio de que se realicenlos procesos de selección correspondientes para lasadquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Nor Oriente San Martín y a lo opinado por la Oficina Generalde Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones delas Oficinas Generales de Administración y Asesoría Ju-rídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificato-rias, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en usode las facultades conferidas mediante Resolución Su- prema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Urgencia la adquisición de Suministros de Alimentos Preparados por el período de sesenta (60) días calendario, para los Establecimientos Penitenciarios de Huancas Chachapo-yas, Bagua Grande, Moyobamba, Juanjuí, Tarapoto, Iqui-tos, Anexo Iquitos y Yurimaguas de la Dirección Regio-nal Nor Oriente San Martín, a partir de la fecha de la presente Resolución, mientras se lleva a cabo la Segun-da Convocatoria de selección programada y por los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- EXONERAR a la Dirección Regional Nor Oriente San Martín, del requisito de Licitación Pública para la adquisición de Alimentos Preparados a que serefiere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Dirección Regional Nor Oriente San Martín, para la adquisición de Suminis-tros de Alimentos Preparados para los internos y perso- nal INPE que labora 24 x 48 horas en los Establecimien- to Penitenciarios de la Unidad Ejecutora 0011: DirecciónRegional Nor Oriente San Martín, hasta por el importetotal de S/. 432,660.00 Nuevos Soles (CuatrocientosTreinta y Dos Mil Seis Cientos sesenta Ochenta con00/100 Nuevos Soles), por el período de sesenta (60) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamien- to Recursos Ordinarios; mientras dure la Situación deUrgencia prevista en el artículo precedente deben de ad-quirir los alimentos preparados mediante procesos deadjudicación de Menor Cuantía bajo responsabilidad,según corresponda, con estricta observancia a las dis- posiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, adoptan-do todas las providencias que permitan asegurar la trans- parencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER la comunicación a la Con- traloría General de la República, dentro de los diez (10)días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- REMITIR copia de la presente Resolu- ción a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA PresidenteInstituto Nacional Penitenciario 07852 INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6E/G73/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G52/G58/G2D/G34/G30/G30/G20/G53/G63/G61/G6E/G6D/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G75/G71/G75/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G74/GED/G66/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G4A/G6F/G73/GE9/G20/G4F/G6C/G61/G79/G61/G20/G42/G61/G6C/G61/G6E/G64/G72/G61/G22 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº DE-068-2004 Callao, 15 de abril de 2004 VISTOS: Oficio Nº DOA-114-2004 de fecha 15.4.2004 Memorando Nº OAJ-173-2004 de fecha 15.4.2004Memorando Nº OPP-138-2004 de fecha 6.4.2004Memorando Nº DIPDT-03-053-2004 de fecha 25.3.2004 CONSIDERANDO: Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, estudia el ambiente y la biodiversidad marina, realiza investiga-ciones científicas de los recursos del mar y las aguascontinentales, investigaciones oceanográficas, limnológi-cas y de la calidad del ambiente acuático, promueve eldesarrollo de la investigación científica y tecnológica entre otras actividades, utilizando para ello el Buque Cien- tífico de Investigación de su propiedad "José Olaya Ba-landra"; Que, durante los Cruceros de Evaluación Hidroacús- tica de Recursos Pelágicos y Cruceros de Investigaciónde Recursos Demersales, se detectó que los sensores Scanmar del Sistema RX-400 Scanmar, instalados a bor-