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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (24/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de abril de 2004 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G65/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G61/GF1/G6F/G73/G20/G31/G39/G39/G38/G2D/G32/G30/G30/G33/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G2D/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0001-2004-MDPH Punta Hermosa, 30 de marzo del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta Hermosa en Sesión Ordinaria de fecha 27 de febrero del 2004, aprobó por una- nimidad el Informe Nº 070-2004-OR/MDPH, presentado porel Responsable de la Oficina de Rentas, por el cual propo- ne aprobar el Proyecto de Ordenanza que Otorga la Am- nistía Tributaria y Administrativa; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Esta- do, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro de este contexto, la Ley Nº 27972, Ley Or- gánica de Municipalidades, concordante con el Art. 74º de la Constitución Política del Estado, establecen que los Go- biernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modi-ficar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y li- cencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99- EF, señala expresamente que los Gobiernos Locales po- drán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, existiendo el pedido de numerosos contribuyen- tes que desean obtener Beneficios Tributarios, que les per- mita regularizar sus adeudos tributarios de años anterio- res, lo que es entendible y a su vez expresar el reconoci- miento del Concejo a los contribuyentes que cumplen opor- tunamente con cancelar sus obligaciones pendientes y sien- do política de la actual gestión municipal otorgar a sus con- tribuyentes las mayores facilidades para que cumplan con el pago de los tributos pendientes, se hace oportuno esta- blecer un beneficio tributario (Amnistía) a fin de reducir los índices de morosidad e incumplimiento de pago; Que, habiéndose otorgado mediante Ordenanza Nº 38-2004- MDPH, la Amnistía Tributaria inicialmente hasta el 31 de marzo del año en curso, el responsable de la Oficina de Rentas de esta Municipalidad mediante Informe Nº 126-04-OR-MDPH, solicita la dación del Decreto de Alcaldía correspondiente para la Prórroga de la Ordenanza antes mencionada, hasta el quince (15) de mayo del presente, asimismo el Informe da cuenta que como hasta la fecha no se han repartido las cuponeras de pagos correspon- dientes al ejercicio fiscal 2004, también mediante Decreto de Al- caldía prorróguese el vencimiento de la Primera (1ª) Cuota hasta el quince (15) de mayo de los corrientes; Estando a lo expuesto conforme a las facultades confe- ridas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, yde conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 029-2004-CDPH, se sanciona la siguiente: DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar hasta el 15 de mayo del 2004, la Amnistía Tributaria que vence el treinta y uno de marzo3.3 PREDIOS CON USO DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERV. EN GENERAL, FUNDACIONES, ASOC. Y OTROS CON ACTIVIDAD DESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRALDESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRALDESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRALDESPERDICIOS (K g) TASA TRIMESTRAL 6,566.89 2,298.41 10,999.66 3,849.88 11,246.85 3,936.40 49,007.48 17,152.62 6,777.48 2,372.12 10,022.97 3,508.04 10,149.99 3,552.50 39,393.94 13,787.88 7,273.63 2,545.77 9,798.97 3,429.64 11,922.13 4,172.75 44,473.94 15,565.88 9,450.06 3,307.52 8,363.34 2,927.17 11,145.18 3,900.81 44,473.94 15,565.88 10,274.09 3,595.93 7,778.26 2,722.39 18,023.68 6,308.29 67,080.21 23,478.07 6,803.14 2,381.10 6,270.80 2,194.78 8,733.42 3,056.70 45,911.75 16,069.11 7,408.72 2,593.05 8,727.94 3,054.78 34,689.88 12,141.46 34,632.15 12,121.25 6,796.36 2,378.73 6,658.09 2,330.33 21,457.62 7,510.17 13,475.01 4,716.25 10,605.36 3,711.88 19,705.87 6,897.06 16,678.58 5,837.50 35,364.86 12,377.70 7,037.86 2,463.25 12,296.11 4,303.64 13,070.37 4,574.63 54,051.57 18,918.05 7,243.39 2,535.19 17,553.33 6,143.67 15,006.98 5,252.44 58,272.62 20,395.42 7,268.37 2,543.93 11,167.98 3,908.79 9,402.55 3,290.89 16,216.31 5,675.71 7,111.88 2,489.16 11,174.86 3,911.20 13,009.26 4,553.24 10,772.20 3,770.27 7,418.12 2,596.34 11,094.97 3,883.24 16,993.29 5,947.65 40,637.29 14,223.05 8,864.35 3,102.52 11,149.88 3,902.46 17,854.66 6,249.13 153,016.89 53,555.91 8,670.76 3,034.77 8,579.68 3,002.89 18,869.55 6,604.34 45,726.32 16,004.21 6,685.12 2,339.79 9,087.14 3,180.50 27,568.89 9,649.11 21,669.29 7,584.25 9,917.52 3,471.13 9,087.14 3,180.50 28,015.02 9,805.26 42,291.66 14,802.08 7,350.92 2,572.82 9,581.11 3,353.39 22,682.12 7,938.74 114,269.35 39,994.27 7,663.54 2,682.24 7,580.82 2,653.29 28,490.60 9,971.71 9,234.95 3,232.23 7,781.05 2,723.37 minándose el costo en el que incurre la Municipalidad, in- cluyendo adicionalmente el costo del barrido y limpieza de la vía pública, transferencia, transporte y disposición finalde residuos sólidos, así como operativos de limpieza de techos y desrratización. Con fechas 18 y 22 de enero de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza 143, la cual esta- bleció la determinación de los montos de arbitrios de lim- pieza pública, parques y jardines y serenazgo para el año2004. Resulta conveniente precisar las tasas que se encuen- tran contenidas en el Anexo de la Ordenanza Nº 143. 07839EXPOSICIÓN DE MOTIVOS De acuerdo al Artículo 194º de la Constitución Política, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las Munici- palidades gozan de autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el Artículo 74º de la Constitución otorga po- testad tributaria a los gobiernos locales para crear, modifi-car, suprimir o exonerar arbitrios dentro de los límites esta- blecidos por ley, potestad que es reconocida por el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades. A través del estudio de campo realizado se cuantifica- ron los desperdicios que se desechan en el distrito, deter-