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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de abril de 2004 Cantidad Total : hasta 2,025 galones Precio Unitario : S/. 11.34Valor referencial : S/. 22,963.50 Plazo de la adquisición : hasta un máximo de 45 días, contados des- de el 7 de mayo de 2004 Fuente de financiamiento: 07 "Foncomún" 08 "Otros Impuestos Municipales" Órgano encargadode la adquisición : Comité Especial designado por el Titular del Pliego mediante Resolución de Alcal- día Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Comité Especial encargado del Proceso de Selección por Exoneración -Declaratoria de Urgencia, a adoptar las acciones admi- nistrativas correspondientes para la contratación del servi- cio mencionado. Artículo Cuarto.- ORDENAR su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Munici- pal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Adminis- tración de Recursos y Oficina de Planeamiento, Presupues- to e Informática, el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 07902 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G73/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G56/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G56/G69/G63/G74/G6F/G72/G69/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-04-MDLV La Victoria, 21 de abril de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO:Que, por Ordenanza Nº 007-03/MDLV del 30 de sep- tiembre del 2003 se dispuso constituir Juntas Vecinalesen el distrito de La Victoria mediante Convocatoria Pú- blica al Proceso de Elección y/o Renovación de las Jun- tas Directivas de las Juntas Vecinales con una perio-dicidad de dos (2) años y por Decreto de Alcaldía se aprobara la reglamentación correspondiente al Proceso Electoral; Que, por Ordenanza Nº 016-04/MDLV del 17 de enero del 2004, se aprobó el Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales de La Victoria, determinándose ensu Primera Disposición Transitoria y Final que las 46 zo- nas a que se refiere el artículo 6º de la citada Ordenanza y el Cronograma del Proceso Eleccionario, serán estableci-dos por Decreto de Alcaldía; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 018-04/MDLV del 23 de febrero del 2004, se estableció las 46 zonas en la juris-dicción del distrito de La Victoria a efecto de llevar a cabo el Proceso Electoral de las Juntas Vecinales Comunales; Que, correspondiendo por tanto estructurar el crono- grama del Proceso Eleccionario de las Juntas Vecinales Comunales de La Victoria; Estando a las consideraciones expuestas, con la facul- tad otorgada, con las visaciones conforme de la Dirección de Bienestar Social y la Dirección de Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones a que se refiere el artículo 20ºinciso 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipali- dades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el siguiente Cronograma de ELECCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMU- NALES DE LA VICTORIA:CRONOGRAMA DE ELECCIÓN - CONVOCATORIA A ELECCIONES 22 ABRIL - DIFUSIÓN DE ELECCIONES 22 ABRIL-7 MAYO - INSCRIPCIÓN DE LOS CANDIDATOS 23 ABRIL-7 MAYO - PUBLICACIÓN DE CANDIDATOS INSCRITOS 8-10 MAYO- IMPUGNACIÓN 10 MAYO - PUBLICACIÓN DE CANDIDATOS HÁBILES 11-12 MAYO ELECCIONES VECINALES: 23 DE MAYO - PUBLICACIÓN DE RESULTADOS 24-25 MAYO - IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS 26 MAYO- RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIÓN 27 MAYO - PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS ELECTOS 28 MAYO - JURAMENTACIÓN DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS 31 MAYO Artículo Segundo.- De conformidad con el artículo 29º de la Ordenanza Nº 016-04/MDLV del 17 de enero del 2004,el Proceso Electoral se iniciará a las 09.00 horas y finaliza- rá a las 15.00 horas del día programado, y conforme lo señala la Quinta Disposición Transitoria y Final de la mis-ma Norma, la Propaganda Electoral será hasta 24 horas antes del día de la elección. Artículo Tercero.- Los locales de votación para la elec- ción de las Juntas Vecinales Comunales serán los siguientes: LOCALES DE VOTACIÓN - ZONAS 1-2-3-4-5, C.E.I.M. GOTITAS DE AMOR , AV. 28 DE JULIO Nº 1740. - ZONAS 6-7-30, LOCAL MUNICIPAL , SEBASTIÁN BARRANCA Nº 290. - ZONAS 8-13-23-24-25-26-27-28-29, C.E. ISABEL LA CATÓLICA , ISABEL LA CATÓLICA Nº 872. - ZONAS 9-10-11-12, BIBLIOTECA INCA GARCILA- SO DE LA VEGA , PARQUE PORVENIR. - ZONAS 14-15-16-17-18-19-20-21-22, C.E. PEDRO A. LABARTHE , AV. MÉXICO Nº 2048. - ZONAS 31-32-34-35, LOCAL MUNICIPAL , PARQUE UNIÓN PANAMERICANA. - ZONAS 33-36-37-38-39, C.E. VIRGEN DEL CAR- MEN, MOYOBAMBA Nº 331. - ZONAS 40-41-42, C.E. TÚPAC AMARU , AV. DEL AIRE Nº 600. - ZONAS 43-44-45-46, C.E. VÍCTOR ANDRÉS BE- LAÚNDE , SAN EUGENIO Nº 600. Artículo Cuarto.- La Dirección de Bienestar Social queda encargada de su debido cumplimiento y supervisaráel Proceso Electoral de Elección y/o Renovación de Jun- tas Directivas, sujetándose estrictamente a los lineamientos establecidos en la Ordenanza Nº 016-04/MDLV del 17 deenero del 2004 y Decreto de Alcaldía Nº 018-04/MDLV del 23 de febrero del 2004. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 07847 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G32/G39/G20/G71/G75/G65 /G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C /G49/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46._/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73 ORDENANZA Nº 150 Miraflores, 20 de abril de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fe- cha; y,