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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de abril de 2004 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G33 ORDENANZA Nº 152 Miraflores, 20 de abril de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión de la fecha; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Artículo 194º de la Constitución Po- lítica, concordado con el Artículo II del Título Preliminar dela Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el Artículo 74º de la Constitución otor- ga potestad tributaria a los gobiernos locales para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios dentro de los lími-tes establecidos por ley, potestad que es reconocida por el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través del estudio de campo realizado, se cuan- tificaron los desperdicios que se desechan en el distrito, determinándose el costo en el que incurre la Municipali- dad, incluyendo adicionalmente el costo del barrido y lim-pieza de la vía pública, transferencia, transporte y disposi- ción final de residuos sólidos, así como operativos de lim- pieza de techos y desrratización;Que, con fechas 18 y 22 de enero de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 143, la cual es-tableció la determinación de los montos de arbitrios de limpie- za pública, parques y jardines y serenazgo para el año 2004; Que, resulta conveniente realizar una precisión de las tasas que se encuentran contenidas en el Anexo de la Or- denanza Nº 143; Que, mediante Informe Nº 37-2004-OAT-MM, la Geren- cia de Rentas de la Municipalidad de Miraflores expresa su conformidad respecto de lo indicado; En uso de las facultades establecidas en la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado lo siguiente; ORDENANZA PRECISA ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 143 Artículo Único.- Precisar las tasas que se encuentran contenidas en el Anexo de la Ordenanza Nº 143, según cuadro que obra adjunto a la presente y que forma parte de la misma. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumpli- miento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde Precisan Anexo de la Ordenanza Nº 143 3. TASAS ESPECIALES - PROPIETARIOS 100% 3.1 PREDIO CON USO CASA HABITACION Y T.S.C. DESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRALDESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRALDESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRAL 1,803.02 631.06 2,761.92 966.67 4,534.86 1,587.202,017.72 706.20 2,830.99 990.85 5,313.41 1,859.69 3,021.18 1,057.41 2,016.71 705.85 6,108.40 2,137.94 3,181.17 1,113.41 6,248.91 2,187.12 6,459.69 2,260.892,077.12 726.99 2,348.25 821.891,989.70 696.40 4,049.95 1,417.48 3.2 PREDIOS CON USO DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERV. EN GENERAL, FUNDACIONES, ASOC. Y OTROS SIN ACTIVIDAD DESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRALDESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRALDESPERDICIOS (Kg)TASA TRIMESTRAL 6,597.93 2,309.28 11,886.69 4 ,160.34 21,810.59 7,633.71 7,815.56 2,735.45 15,889.15 5 ,561.20 20,327.52 7,114.63 7,162.93 2,507.03 6,598.42 2, 309.45 29,742.66 10,409.93 7,317.65 2,561.18 5,046.18 1, 766.16 12,373.40 4,330.69 10,875.69 3,806.49 7,996.85 2,798.90 15,785.11 5,524.79 6,798.79 2,379.58 11,014.80 3 ,855.18 21,450.33 7,507.62 7,481.06 2,618.37 5,889.78 2, 061.42 13,049.73 4,567.41 9,486.99 3,320.45 21,004.86 7, 351.70 71,627.75 25,069.71 10,149.62 3,552.37 54,626.92 19,119.42 5,046.18 1,766.16 5,412.99 1,894.55 17,128.02 5, 994.81 49,064.65 17,172.63 9,376.30 3,281.71 20,102.85 7, 036.00 52,727.75 18,454.71