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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de abril de 2004 demás normas reglamentarias, modificatorias, complementa- rios o conexas, que vulneran los derechos de las empresas demandantes y ordena a la demandada, reponiendo las cosas al estado anterior a la amenaza o violación de los derechosconstitucionales de los demandantes, que otorguen las autori- zaciones y licencias correspondientes a los accionantes en su negocio de tragamonedas en esta ciudad, permitiendo quepuedan desarrollarse en todo el territorio nacional, resolución que quedó firme; Que, en ejecución de Sentencia, el Juzgado Especializado en lo Civil del Módulo Básico de Justicia de Andahuaylas, mo- difica y amplía los términos y alcances de la Sentencia recaída en el Expediente Nº 2001-0165-0302-JP-CI-02, mediante Re-solución Nº 43 de fecha 6 de febrero de 2003, la misma que en fecha 14 de mayo de 2003, es confirmada por Resolución Nº 58, expedida por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante deAndahuaylas - Chincheros, lo cual contraviene el principio y derecho constitucional al debido proceso, deviniendo en una resolución judicial dictada fuera de un proceso regular; Que, por tanto, resulta procedente impugnar judicial- mente las aludidas Resoluciones Judiciales, mediante ac- ción de garantía; Que, por Ley Nº 27790 se creó el Ministerio de Comer- cio Exterior y Turismo, el cual asumió competencia en ma- teria turística, que comprende la actividad de juegos decasino y máquina tragamonedas; extinguiéndose el Minis- terio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI; Que, en consecuencia, es necesario autorizar a la Pro- curadora Pública a cargo de los asuntos judiciales del MIN- CETUR, para que inicie las acciones legales que corres-ponden en defensa de los intereses de la institución; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora ad hoc a cargo de los asuntos judiciales en materia de Juegos de Casinosy Máquinas Tragamonedas, del MINCETUR, interponga las acciones judiciales que resulten pertinentes contra las Resoluciones Judiciales señaladas en la parte considera-tiva de la presente Resolución, por ocasionar agravio al Estado. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como de los antecedentes del caso a la Procuradora ad hoc del MINCETUR, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07963 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G5A/G4F/G46._/G52/G41/G54/G41/G43/G4E/G41/G20/G61/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G2D/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G22/G4D/G61/G63/G72/G6F/G72/G72/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G53/G75/G72/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G43/GF3/G72/G64/G6F/G62/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-2004-MINCETUR/DM Lima, 22 de abril de 2004 Visto el Oficio Nº 435-2004-GG-ZOFRATACNA, del Gerente General del Comité de Administración de la Zona Franca de Tacna - ZOFRATACNA. CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 31 de marzo de 2004, el Cón- sul General del Perú, en Córdoba, Argentina, conjuntamente con el Presidente del Grupo empresarial “Caminos del Sol”, han extendido una invitación al Presidente de la ZOFRATAC-NA, para que asista acompañado de un funcionario de la enti- dad, y participe en el evento “MACRORREGIÓN SUR DEL PERÚ EN CÓRDOBA”, a realizarse en la ciudad de Córdoba,Argentina, entre los días 27 y 30 de abril en curso; Que, el desarrollo de dicho evento es de interés para la ZOFRATACNA y la macrorregión sur del país, toda vez queen la ciudad de Córdoba, se ha creado una Zona Francacon la que es posible implementar importantes lazos co- merciales por cuanto dicha ciudad se constituye en un in- teresante puente hacia todo el Continente Sudamericano, principalmente al mercado argentino, uruguayo y paragua-yo; Que, en tal razón, la ZOFRATACNA ha solicitado que se autorice la participación de sus representantes en di-cho evento, quienes tienen programado exponer ante las autoridades provinciales y del ámbito empresarial, la ofer- ta exportable de la Región Tacna así como las oportunida-des de inversión, los proyectos agroindustriales en carte- ra, las necesidades de intercambio tecnológico, las opor- tunidades de turismo receptivo y las facilidades que ofrecela Zona Franca de Tacna, como plataforma de servicios al comercio exterior; Que, tal participación permitirá a ZOFRATACNA, conti- nuar sus acciones de promoción, iniciadas en octubre de 2003, al haber integrado la Comisión Preparatoria Técnica del “Primer Encuentro Empresarial Córdoba - Tacna”, en laciudad de Córdoba, Argentina, dentro de su objetivo de atraer nuevas inversiones, consolidando el vínculo comer- cial ya existente con dicha ciudad, el cual se traduce en laoperatividad de un itinerario aéreo regular que viene unien- do ambas ciudades durante los últimos 6 años; Que, los organizadores del evento asumirán los gastos de transporte aéreo; Que, la ZOFRATACNA es un organismo público des- centralizado del Sector Comercio Exterior y Turismo, con-forme a la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; En aplicación de la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Visto el Acuerdo del Directorio del Comité de Adminis- tración de la ZOFRATACNA, adoptado en su Sesión Ordi- naria Nº 474, del 5 de abril de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Manuel Anto- nio Biondi Cosío, Presidente del Directorio del Comité de Administración, y del señor Antonio Gil Rejas, Gerente de Promoción, de la ZOFRATACNA, a la ciudad de Córdoba,Argentina, del 26 de abril al 1 de mayo de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo 1º de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Comité de Administración dela ZOFRATACNA, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Manuel Antonio Biondi CosíoViáticos US$ 1200,00 Señor Antonio Gil Rejas Viáticos US$ 1200,00 Artículo 3º.- Dentro de los 15 días calendario, siguien- tes a la realización del viaje, los funcionarios autorizadosmediante el artículo 1º de la presente Resolución Minis- terial, presentarán un informe al Directorio de su Institu- ción, sobre las acciones realizadas y los logros obtenidosen la reunión a la que asistirán y la respectiva rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, no li- bera o exonera del pago de impuestos o derechos aduane- ros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07962 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G2D /G6C/G6C/G6F/G20/G54/G75/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 139-2004-MINCETUR/DM Lima, 23 de abril de 2004