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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (25/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de abril de 2004 Que, de acuerdo al Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobadopor el Titular del Pliego o la máxima autoridad adminis- trativa según corresponda, dentro de los treinta días naturales siguientes de aprobado el presupuesto institu-cional en concordancia con el monto asignado conforme a las Leyes Presupuestales de la República para el ejer- cicio anual a ejecutarse, debiendo publicarse la resolu-ción que aprueba el referido Plan dentro de los días há- biles siguientes de su expedición en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Directiva Nº 002-2001-CONSUCODE/PRE, aprobado por la Resolución Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, regula el procedimiento de elaboración e informaciónque debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de las Entidades del Sector Público sujetas a la normativa sobre Contrataciones y Adquisiciones delEstado y la remisión de dicha información al Consejo Su- perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CON- SUCODE; Que, en consecuencia es necesario a aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del GOBIERNO REGIONAL TUMBES, correspondiente al ejercicio presu-puestal 2004; Estando a lo informado; contando con la visación de la Oficina Regional de Administración; Oficina Re-gional de Asesoría Jurídica; Gerencia Regional de Pla- neamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territo- rial; Gerencia Regional de Infraestructura y GerenciaGeneral Regional del GOBIERNO REGIONAL TUM- BES; En uso de las atribuciones conferidas al despacho por Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones del GOBIERNO REGIONAL TUMBES, para el ejercicio Presupuestal 2004, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que copia de la presente resolución sea remitida al Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y la Co-misión de Promoción de la pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2004, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez días há- biles siguientes de su expedición. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente resolu- ción a las Oficinas competentes del GOBIERNO REGIO- NAL TUMBES, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ROSA YRIS MEDINA FEIJOO Presidente Regional 07845 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G2C/G20/G64/G65 /G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F /G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G75/G2D/G64/G61/G73/G20/G70/G65/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73 ORDENANZA Nº 191-MDB Barranco, 22 de abril del 2004EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Memorándum Nº 144-2004-GAFT/MDB de la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria respectoa la prórroga del plazo para el pago de la primera cuota del impuesto predial, primera, segunda y tercera cuota de los arbitrios municipales, en la sesión extraordinaria de la fe- cha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, esta- blece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podráser prorrogado con carácter general por la administración tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 190-MDB, se prorroga- ron las fechas de vencimiento para el pago de la primera cuota del impuesto predial y primera, segunda y tercera cuota de los arbitrios municipales, así como también elbeneficio especial para contribuyentes con deudas pendien- tes en arbitrios, impuesto predial y multas administrativas de los años 1999 al 2003; Que, a fin de brindar facilidades a los contribuyentes para que regularicen el cumplimiento de sus deudas, se hace necesario establecer la prórroga del vencimiento dela primera cuota del impuesto predial, primera, segunda, tercera y cuarta cuota de los arbitrios municipales, asimis- mo, de la Prórroga del Beneficio Especial para Contribu-yentes con deudas pendientes en Arbitrios, Impuesto Pre- dial y Multas Administrativas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º nu- meral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el voto unánime de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 14 de mayo del 2004, la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del impuesto predial. Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 14 de mayo del 2004, la fecha de vencimiento para el pago de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota de los arbi-trios municipales. Artículo Tercero.- Prorrogar hasta el 14 de mayo del 2004, el Beneficio Especial para Contribuyentes condeudas pendientes en Arbitrios, Impuesto Predial y Multas Administrativas de los años 1999 al 2003, esta- blecido mediante las Ordenanzas Nº 177-MDB y Nº 183-MDB. Artículo Cuarto.- Modificar el artículo primero de la Ordenanza Nº 177-MDB, modificada por OrdenanzaNº 183-MDB, el mismo que quedará redactado como sigue: "Artículo Primero.- Establézcase en la Jurisdicción del distrito de Barranco el Beneficio Especial, a favor de los Contribuyentes que tuvieran deudas pendientesde los años 1999 al 2003 respecto a Arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciuda- dana e Impuesto Predial. El presente beneficio alcanza también a los admi- nistrados que tuvieran pendiente de pago multas admi- nistrativas generadas hasta el 31 de marzo del 2004. Este beneficio tendrá vigencia a partir del lunes 26 de enero hasta el 14 de mayo del 2004. A través de la presente Ordenanza se dispone con carácter general, la condonación de los intereses mo- ratorios al 100% para los que pagan al contado toda la deuda correspondiente a los años 1999 al 2003 y al50% para quienes fraccionen el pago de la deuda co- rrespondiente a los años 1999 al 2003. Asimismo, se establece un descuento del 70% para los que pagaran al contado las multas administrativas impuestas hasta el 31 de marzo del 2004, y del 40% para los que pagaran en forma fraccionada. Los contribuyentes cuyas deudas se encuentren en estado de cobranza coactiva, se acogerán al presente beneficio siempre que cancelen las costas y gastos ad-ministrativos que hayan generado dichas medidas. No se acogerán al beneficio establecido en la pre- sente Ordenanza, los contribuyentes cuyas deudas seencuentren en estado de cobranza coactiva y hayan sido pasibles de medida cautelar."